Del Vicepresidente - La Rama Ejecutiva - Constitución política de Colombia - 1ra edición - Libros y Revistas - VLEX 400735414

Del Vicepresidente

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5. Rendir a las cámaras los informes que éstas soliciten sobre
negocios que no demanden reserva.
6. Prestar eficaz apoyo a las cámaras cuando ellas lo solici-
ten, poniendo a su disposición la Fuerza Publica, si fuere
necesario.
Artículo 201.- Corresponde al Gobierno, en relación con
la Rama Judicial:
1. Prestar a los funcionarios judiciales, con arreglo a las le-
yes, los auxilios necesarios para hacer efectivas sus pro-
videncias.
2. Conceder indultos por delitos políticos, con arreglo a la
ley, e informar al Congreso sobre el ejercicio de esta fa-
cultad. En ningún caso estos indultos podrán comprender
la responsabilidad que tengan los favorecidos respecto de
los particulares.
CAPITULO 3
Del Vicepresidente
Artículo 202.- El Vicepresidente de la República será ele-
gido por votación popular el mismo día y en la misma fórmu-
la con el Presidente de la República.
Los candidatos para la segunda votación, si la hubiere,
deberán ser en cada fórmula quienes la integraron en la pri-
mera.
El Vicepresidente tendrá el mismo período del Presidente
y lo reemplazará en sus faltas temporales o absolutas, aun en
el caso de que éstas se presenten antes de su posesión.
En las faltas temporales del Presidente de la República
bastará con que el Vicepresidente tome posesión del cargo en
la primera oportunidad, para que pueda ejercerlo cuantas ve-

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