Los actos materiales de acuerdo a los cuales la administración suscribe contratos, son puntuales y una vez ejecutados, se habla de un contrato estatal con sus consecuencias - Núm. 2016, Enero 2016 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 654709385

Los actos materiales de acuerdo a los cuales la administración suscribe contratos, son puntuales y una vez ejecutados, se habla de un contrato estatal con sus consecuencias

AutorDerecho Justo

La Corporación determinó que un Municipio no puede realizar todas las acciones materiales que indican la celebración de un contrato estatal, y tras un tiempo, negar la suscripción del mismo con el contratista alegando que nunca se trató de una adjudicación de contrato, sin contravenir con este comportamiento las normas de la contratación estatal.

El Consejo de Estado argumentó su postura indicando que, mediante las comunicaciones entre la alcaldía, se puede establecer que se trató de un acto administrativo de carácter contractual, en tanto proviene de la Autoridad competente y tuvo por objeto comunicarle al destinatario su decisión de seleccionarlo para contratar con él sus servicios profesionales de representación en 200 procesos judiciales, identificados por el tema de la controversia.

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