Anexos - Cartilla Retención en la Fuente - Libros y Revistas - VLEX 439772762

Anexos

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Guillermo Cortes Guzman
Páginas217-292
Anexos 217
VARIACION ANUAL UVT
Año $ UVT RESOLUCIÓN
NUMERO FECHA
2006  LEY 1111 Diciembre 27 de 2006
2007  15652 Diciembre 28 de 2006
2008  15013 Diciembre 6 de 2007
2009  1063 Diciembre 3 de 2008
2010  12115 Noviembre 10 de 2009
2011  12066 Noviembre 19 de 2010
2012  11963 Noviembre 17 de 2011
2013  000138 Noviembre 21 de 2012
RESOLUCION 139 DE NOVIEMBRE 21 DE 2012
Por la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, adopta la
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EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 3 y 6 del
PARTE 3
ANEXOS
Cartilla Retención en la Fuente 2013218
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE, mediante Resolución
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CIIU Revisión 4 adaptada para Colombia.
Que para mantener y garantizar la comparabilidad, calidad e integración de la información
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Uniforme de todas las Actividades Económicas adaptada para Colombia CIIU Revisión 4, a
la cual deben sujetarse tanto los Entes Privados como los Públicos.
Que en el artículo 2 de la citada resolución el DANE establece: “…El Código de Actividad
Económica establecido en la CIIU Rev. 4 A.C., deberá utilizarse de manera obligatoria por
todas las entidades de carácter privado o público que produzcan información estadística
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Que para efectos del control y determinación de los impuestos y demás obligaciones
tributarias, aduaneras y cambiarias administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas

CIIU Rev. 4 A.C
Que se ha dado cumplimiento a los artículos 3 y 8 de la *Ley 1437 de 2011, en desarrollo
de los principios de transparencia y publicidad, al recibir de los Directivos y Funcionarios
de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y ciudadanía en general; sugerencias,
opiniones y propuestas, sobre el texto del presente acto administrativo.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.         
Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN para efectos del control y determinación de los
impuestos y demás obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias:
CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME, REVISIÓN 4
ADAPTADA PARA COLOMBIA CIIU Rev. 4 A.C.
SECCIÓN A. AGRICULTURA, GANADERÍA, CAZA, SILVICULTURA Y PESCA
(DIVISIONES 01 A 03)
DIVISIÓN 01. AGRICULTURA, GANADERÍA, CAZA Y ACTIVIDADES DE SERVICIOS
CONEXAS.
011 Cultivos agrícolas transitorios.
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0112 Cultivo de arroz.
0113 Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos.
0114 Cultivo de tabaco.
Anexos 219
0115 Cultivo de plantas textiles.
0119 Otros cultivos transitorios n.c.p.
012 Cultivos agrícolas permanentes.
0121 Cultivo de frutas tropicales y subtropicales.
0122 Cultivo de plátano y banano.
0123 Cultivo de café.
0124 Cultivo de caña de azúcar.
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0127 Cultivo de plantas con las que se preparan bebidas.
0128 Cultivo de especias y de plantas aromáticas y medicinales.
0129 Otros cultivos permanentes n.c.p.
013 Propagación de plantas (actividades de los viveros, excepto viveros
forestales).
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014 Ganadería.
0141 Cría de ganado bovino y bufalino.
0142 Cría de caballos y otros equinos.
0143 Cría de ovejas y cabras.
0144 Cría de ganado porcino.
0145 Cría de aves de corral.
0149 Cría de otros animales n.c.p.
015 Explotación mixta (agrícola y pecuaria).
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016 Actividades de apoyo a la agricultura y la ganadería, y actividades posteriores
a la cosecha.
0161 Actividades de apoyo a la agricultura.
0162 Actividades de apoyo a la ganadería.
0163 Actividades posteriores a la cosecha.
0164 Tratamiento de semillas para propagación.
017 Caza ordinaria y mediante trampas y actividades de servicios conexas.
0170 Caza ordinaria y mediante trampas y actividades de servicios conexas.
DIVISIÓN 02. SILVICULTURA Y EXTRACCIÓN DE MADERA.
021 Silvicultura y otras actividades forestales.
0210 Silvicultura y otras actividades forestales.
022 Extracción de madera.
0220 Extracción de madera.

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