Asamblea general de accionistas - Dirección y administración - De la sociedad anónima - De las sociedades comerciales - Decreto 410 de 1975, por el cual se expide el Código de Comercio - Código de Comercio. Comentarios - Concordancias - Doctrina - Jurisprudencia - Libros y Revistas - VLEX 396732166

Asamblea general de accionistas

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas378-391

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ARTICULO 419. CONSTITUCIÓN DE ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS. La asamblea general la constituirán los accionistas reunidos con el quórum y en las condiciones previstas en los estatutos.

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CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· Código de Comercio: Arts. 181, 110 y 379.

· *Decreto 2555 de 2010: Art. 3.1.9.3.2 y Arts. 5.1.1.1.1 y ss.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· OFICIO 220-041652 DE 25 DE JUNIO DE 2008. SUPERSOCIEDADES.

Sociedades anónimas unipersonales constituidas de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 1014 de 2006 y con el artículo 1 del Decreto 4463 de 2006.

ARTICULO 420. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS. La asamblea general de accionistas ejercerá las funciones siguientes:

1) Disponer qué reservas deben hacerse además de las legales;

2) Fijar el monto del dividendo, así como la forma y plazos en que se pagará;

3) Ordenar las acciones que correspondan contra los administradores, funcionarios directivos o el revisor fiscal;

4) Elegir y remover libremente a los funcionarios cuya designación le corresponda;

5) Disponer que determinada emisión de acciones ordinarias sea colocada sin sujeción al derecho de preferencia, para lo cual se requerirá el voto favorable de no menos del setenta por ciento de las acciones presentes en la reunión.

6) Adoptar las medidas que exigiere el interés de la sociedad, y

7) Las demás que le señalen la ley o los estatutos, y las que no correspondan a otro órgano.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· Código de Comercio: Art. 187.

· *Ley 1258 de 2008: Art. 17.

· *Ley 222 de 1995: Arts. 20 y 68.

· *Decreto 2555 de 2010: Arts. 5.1.1.1.1 y ss.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· OFICIO 220-038620 DE 27 DE JUNIO DE 2010. SUPERSOCIEDADES.

REPRESENTACIÓN LEGAL - Renuncia del cargo y no reunión del máximo órgano social.

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· CONCEPTO 220-183383 DE 29 DE DICIEMBRE DE 2009. SUPERSOCIEDADES.

Disolución y liquidación de una sociedad que se encuentra en proceso de extinción de dominio.

· OFICIO 220-077926 DE 28 DE MAYO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. Junta directiva, convocatoria y funcionamiento cuando por la no aceptación o la renuncia la misma no se encuentra conformada por todos los miembros exigidos en los estatutos.

· OFICIO 220-071400 DE 6 DE MAYO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. Medidas administrativas. Pago de Utilidades.

· OFICIO 220-070720 DE 4 DE MAYO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. Sociedad por acciones simplificada - Ley 1258 de 2008.

· OFICIO 220-054599 DE 19 DE MARZO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. Decisión sobre la disolución de las sociedades comerciales.

· OFICIO 220-042944 DE 24 DE FEBRERO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. Las mayorías decisorias en una sociedad anónima se determinan sobre la totalidad de las acciones debidamente representadas en la reunión.

· OFICIO 220-041637 DE 19 DE FEBRERO DE 2009. SUPERSOCIEDADES.

JUNTA DIRECTIVA - Renuncia de un miembro principal y su respectivo suplente.

· CONCEPTO 220-25048 DE 27 DE MAYO DE 2004. SUPERSOCIEDADES. Revocatoria de las decisiones del máximo órgano social.

· CONCEPTO 220-31368 DE 15 DE MAYO DE 2003. SUPERSOCIEDADES. Quórum y mayorías asamblea general de accionistas sociedades anónimas cerradas.

· CONCEPTO 220-26306 DE 29 DE ABRIL DE 2003. SUPERSOCIEDADES. Decretado el pago del dividendo, es liberalidad del accionista modificar la forma de su cancelación.

· CONCEPTO 220-23118 DE 10 DE ABRIL DE 2003. SUPERSOCIEDADES. Derechos del accionista minoritario.

· CONCEPTO 220-23805 DE 21 DE MAYO DE 2002. SUPERSOCIEDADES. De la autorización para emitir acciones ordinarias en reserva. Cambio de destinación de una reserva estatutaria.

· CONCEPTO 220-27203 DE 30 DE JUNIO DE 2001. SUPERSOCIEDADES. Junta Directiva - Elección y Remoción.

· CONCEPTO 220-51733 DE 22 DE DICIEMBRE DE 2001. SUPERSOCIEDADES. La ausencia temporal del secretario designado en los estatutos, no impide la celebración de las reuniones del órgano social o a Junta Directiva.

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ARTICULO 421. MAYORÍA EN ASAMBLEA PARA APROBACIÓN DE REFORMAS ESTATUTARIAS. Salvo que en la ley o en los estatutos se fijare un quórum decisorio superior, las reformas estatutarias las aprobará la asamblea mediante el voto favorable de un número plural de accionistas que represente cuando menos el setenta por ciento de las acciones representadas en la reunión.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· *Ley 222 de 1995: Arts. 20 y 68.

· *Decreto 2555 de 2010: Arts. 5.1.1.1.1 y ss.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· CONCEPTO 220-17953 DE 3 DE ABRIL DE 2007. SUPERSOCIEDADES. Alcances del artículo 68 de la Ley 222 de 1995.

· CONCEPTO 220-42832 DE 30 DE MAYO DE 1999. SUPERSOCIEDADES. Aplicación de las mayorías decisorias previstas en los estatutos o en las normas legales anteriores a la vigencia del artículo 68 Ley 222/95.

· CONCEPTO 220-50244 DE 30 DE AGOSTO DE 1998. SUPERSOCIEDADES. Presuntas Irregularidades en una reunión de asamblea general de accionistas.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· SENTENCIA C-188 DE 27 DE FEBRERO DE 2008. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA. De la regulación del quórum y las mayorías decisorias.

ARTICULO 422. REUNIONES ORDINARIAS DE LA ASAMBLEA GENERAL

- REGLAS. Las reuniones ordinarias de la asamblea se efectuarán por lo menos una vez al año, en las fechas señaladas en los estatutos y, en silencio de éstos, dentro de los tres meses siguientes al vencimiento de cada ejercicio, para examinar la situación de la sociedad, designar los administradores y demás funcionarios de su elección, determinar las directrices económicas de la compañía, considerar las cuentas y balances del último ejercicio, resolver sobre la distribución de utilidades y acordar todas las providencias tendientes a asegurar el cumplimiento del objeto social.

Si no fuere convocada, la asamblea se reunirá por derecho propio el primer día hábil del mes de abril, a las 10 a.m., en las oficinas del domicilio principal donde funcione la administración de la sociedad.

Los administradores permitirán el ejercicio del derecho de inspección a los accionistas o a sus representantes durante los quince días anteriores a la reunión.

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CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· Código de Comercio: Arts. 181 al 186, 225 y 429.

· *Ley 222 de 1995: Art. 13.

· *Decreto 2555 de 2010: Arts. 5.1.1.1.1 y ss.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· OFICIO 220-139034 DE 21 DE NOVIEMBRE DE 2010. SUPERSOCIEDADES.

Derecho de Inspección.

· CONCEPTO 220-080670 DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2010. SUPERSOCIEDADES.

No convocatoria a reuniones ordinarias del máximo órgano social - Normas legales.

· CONCEPTO 220-065558 DE 26 DE AGOSTO DE 2010. SUPERSOCIEDADES.

Forma de computar los días en una convocatoria.

· CONCEPTO 220-044597 DE 19 DE JULIO DE 2010. SUPERSOCIEDADES.

Consecuencias del embargo de las cuotas sociales y efectos respecto de la liquidación de la compañía.

· OFICIO 220-034440 DE 3 DE JUNIO DE 2010. SUPERSOCIEDADES.

Terminación de la Empresa Unipersonal.

· CONCEPTO 220-174179 DE 4 DE DICIEMBRE DE 2009. SUPERSOCIEDADES.

Los estados financieros deben aprobarse cada año. Sanciones por su inobservancia.

· OFICIO 220-071699 DE 8 DE MAYO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. Reunión para la aprobación de los estados financieros.

· OFICIO 220-054220 DE 18 DE MARZO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. Efectos de la Transacción.

· OFICIO 220-035800 DE 16 DE MAYO DE 2008. SUPERSOCIEDADES. Reuniones extraordinarias por el tiempo pero ordinarias por el temario.

· CONCEPTO 220-19970 DE 28...

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