Auditoría a la Cartera de Crédito - Auditoría del sector solidario. Normas de aseguramiento de la información (NAI) - 1ra edición - Libros y Revistas - VLEX 57970347

Auditoría a la Cartera de Crédito

AutorHernán Cardozo Cuenca
Páginas117-160

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Generalidades

La Cartera de Crédito del sector solidario son aquellos préstamos otorgados y desembolsados por la Entidad a los asociados bajo las distintas modalidades autorizadas y en desarrollo del giro especializado de cada una de estas, es decir, existen cooperativas de aportes y crédito, de ahorro y crédito y los fondos de empleados que a pesar de no ejercer la actividad financiera tienen la actividad del servicio de crédito con sus asociados.

En la estructura de la cartera de crédito de acuerdo con el Plan de cuentas expedido por la Supersolidaria, se ha considerado la clasificación, la calificación de acuerdo con el nivel de riesgo según las categorías, el tipo de garantía, la modalidad del crédito, la forma de recaudo o amortización y el régimen de provisiones.

No obstante las instrucciones impartidas en cada una de las cuentas en que se ha estructurado la cartera de créditos, cuando se presente una contingencia de pérdida probable, independientemente de los factores de la calificación por nivel de riesgo de acuerdo con las categorías o la edad por vencimientos señalados en el numeral. 5 del Capítulo II de la Circular Básica Contable y FinancieraPage 118Circular Externa No. 0013 de 2003, será necesario recalificarla y constituir la provisión por parte de la respectiva entidad, sin perjuicio de la facultad que tiene el órgano Estatal para ordenar provisiones, previa evaluación de un activo determinado.

Criterios para el otorgamiento de créditos

Las entidades del sector solidario sujetas a la supervisión por parte de la Supersolidaria, deberán observar como mínimo y, obligatoriamente, los siguientes criterios para el otorgamiento de créditos:

Capacidad de pago, así como ingresos y egresos del deudor. Cuando se solicite la financiación de un proyecto con fines comerciales o empresariales, el flujo de caja del mismo. En consecuencia, los planes de amortización deberán consultar estos elementos.

Solvencia del deudor, a través de variables como el nivel de endeudamiento y la calidad y composición de los activos, pasivos, patrimonio y contingencias del deudor y/o del proyecto.

Liquidez, valor, cobertura e idoneidad de las garantías.

Información comercial proveniente de centrales de riesgo y demás fuentes que disponga la entidad vigilada. No obstante, a criterio del órgano competente, podrán exceptuarse de la consulta a las centrales de riesgo las operaciones activas de crédito:

- Todas aquellas cuyo monto sea inferior a unos salarios mínimos legales mensuales vigentes, según el literal a) del numeral 1.4.4. Circular Básica Contable.

- Aquellos cuyo monto sea inferior a unos salarios mínimos legales mensuales vigentes, exclusivamente para los créditos cuyo recaudo se realice por libranza, o para aquellas de monto igual o inferior a los aportes sociales del solicitante no afectados en operaciones crediticias. Para este último caso, siempre que la entidad no registre pérdidas acumuladas, ni pérdidas en el ejercicio en curso.

Para el otorgamiento de créditos garantizados con hipoteca se deberá obtener y analizar la información referente al deudor y a la garantía, con base en una metodología técnica idónea que permita proyectar la evolución previsible tanto del precio del inmueble, como de los ingresos del deudor, de manera que razonablemente pueda concluirse que el crédito durante toda la vida, podrá ser puntualmente atendido y estará suficientemente garantizado.

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Todas las referencias que en el proceso de otorgamiento se hagan al deudor, se deben entender igualmente realizadas al codeudor o codeudores que estén vinculados a la respectiva operación de crédito.

Las entidades solidarias establecerán las políticas de crédito y cartera en reglamentos expedidos por el consejo de administración o la junta directiva, según el caso. Así mismo, estos órganos definirán los estamentos competentes para la aprobación de créditos, reestructuraciones y demás decisiones inherentes al manejo de la cartera de créditos, fijando para cada uno de ellos las atribuciones, de acuerdo con la ley y los estatutos.

Con base en la muestra de asociados clientes por créditos otorgados, se incluyen algunas preguntas que ayudará al auditor en la tarea de determinar si existen procedimientos inadecuados de identificación, de conocimiento del asociado cliente:

[VER CUESTIONARIO EN PDF ADJUNTO]

No hay que olvidar que el reglamento de crédito de cualquier entidad, debe estar confeccionado de acuerdo con los parámetros establecidos en el Capítulo II de la Circular Básica Contable y financiera, y además debe contener:

• El beneficiario que tenga derecho de acuerdo con la antigüedad y otras consideraciones.

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• La facultad y atribuciones de la gerencia

• La facultad y atribuciones del Comité de Crédito

• La facultad y atribuciones del Consejo de administración y/o Junta Directiva cuando las cuantías superan un número especial de salarios mínimos legales mensuales

• Las prórrogas

• Las reestructuraciones y refinanciaciones

• El cupo individual de crédito del asociado

• El codeudor o codeudores

• Las líneas o modalidades de crédito existentes con todas las especificaciones

• La tasa de interés corriente y de mora

• Las garantías, y

• Las sanciones por incumplimiento.

Cuestionario de verificación en el otorgamiento del crédito

[VER...

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