¿Cuál código de actividad debe incluir en mi declaración Tributaria, el previsto en el CIIU-R4-AC-DC o el antiguo existente en el Estatuto Tributario Distrital?
Autor | Harold Ferney Parra Ortiz |
Cargo del Autor | Abogado, especialista en derecho tributario de la Universidad de Salamanca, dedicado al campo tributario del nivel territorial y nacional, Asesor jurídico Tributario, Socio de impuestos de la firma Parra Asociados Abogados |
Páginas | 48-49 |
Cartilla Impuesto de Industria, Comercio y Avisos ICA48
de 9 de noviembre de 2006, proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en cuanto
negó la suspensión provisional de los efectos del acto acusado. Y en su lugar, dispondrá acceder a
la medida precautelar solicitada.
(…)
(058) ¿Cual es la sanción vigente por no informar la actividad económica en el año
2016?
La sanción vigente por no informar la actividad económica principal o informar una diferente
a la que le corresponde es la suma de ciento quince mil pesos ($115.000) (año 2016) (5
smdv) (Art. 27, Acuerdo 27 de 2001.)
(059) ¿Qué es el CIIU-R4-AC-DC? (Resolución SDH-000079 del 11 de marzo de 2013)
Es la confi guración tributaria especial de las actividades económicas en el Distrito (Industria,
Comercio, Servicios y Actividad Financiera), manteniendo el carácter estadístico de la
Clasifi cación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) de las actividades económicas Revisión
4 (Rev. 4) adaptada para Colombia (A.C.), por el Departamento Administrativo Nacional de
Estadística (DANE) adaptadas de acuerdo a las actividades propias gravadas por el Impuesto
de Industria y Comercio en Bogotá D.C.
(060) ¿Cuál código de actividad debe incluir en mi declaración Tributaria, el previsto
en el CIIU-R4-AC-DC o el antiguo existente en el Estatuto Tributario Distrital?
El código a incluir al momento de la presentación de las declaraciones debe ser el previsto
en las tablas CIIU-R4-A.C.-D.C., cuyas tarifas a aplicar guardan correspondencia exacta
con las normas generales, ya que su diseño se encuentra planifi cado y enmarcado en las
directrices generales de tarifas que prevé el artículo 53 del Decreto Distrital 352 de 2002 y
demás normas concordantes.
DOCTRINA (D.D.I.)
• Concepto 1205 del 12 de febrero de 2011. Actividad de Transporte de Valores.
• Concepto 1182 del 31 de octubre de 2008. Tarifa aplicable a la realización de actividades de
producción, realización y emisión de programas de televisión.
• Concepto 1181 del 30 de octubre de 2008. Tarifa en la actividad de edición y publicación de libros.
• Concepto 1113 del 4 de octubre de 2005.Código de actividad Venta de tarjetas de telefonía Prepago.
• Concepto 930 del 4 de septiembre de 2001. Código de actividad, agencia de publicidad.
• Concepto 917 del 16 de julio de 2001. Código de Actividad, servicios de mensajería especializada.
• Concepto 915 del 22 de junio de 2001. Código de actividad, servicio de Maquila de Hierro y Acero.
• Concepto 897 del 5 de marzo de 2001. Códigos de actividad, Servicios de transporte de carga en la
ciudad de Bogotá y fuera?, Servicios de transporte de pasajeros?, Arriendo de bienes inmuebles?,
Servicios de mantenimiento de reparaciones locativas?, Servicios de mantenimiento y reparación
de equipo de ofi cina?, Personas naturales que son profesionales independientes?
• Concepto 830 del 3 de enero de 2000. Código De actividad Suministros informáticos.
• Concepto 826 del 1º de diciembre de 1999. Código Actividad Compra venta bienes inmuebles.
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