Confirmaciones externas - Pruebas selectivas en la auditoría - 2da edición - Libros y Revistas - VLEX 58159014

Confirmaciones externas

AutorRodrigo Estupiñán Gaitán
Páginas197-206

Page 197

Norma internacional de auditoría 505
Introducción
  1. El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre el uso por parte del auditor de las confirmaciones extremas como un medio para obtener evidencia de auditoría.

  2. El auditor deberá determinar si el uso de confirmaciones externas es necesario para obtener suficiente evidencia apropiada de auditoría para soportar ciertas afirmaciones de los estados financieros. Al tomar esta determinación, el auditor deberá considerar la importancia relativa, el nivel evaluado de riesgo inherente y de control, y cómo reducirá la evidencia de otros procedimientos de auditoría planeados el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo para las afirmaciones aplicables de los estados financieros.

  3. La Norma Internacional de Auditoría 500, Evidencia de Auditoría declara que la confianza en la evidencia de auditoría es influenciada por su fuente y naturaleza. Indica que, en general, la evidencia de auditoría de fuentes externas es más confiable que la evidencia de auditoría generada internamente, y que la evidencia de auditoría por escrito es más confiable que la evidencia de auditoría en forma oral. En consecuencia, la evidencia de auditoría en forma de respuestas por escrito recibidas directamente por el auditor a las solicitudes de confirmación de terceras partes que no están relacionadas con la entidad que es auditada, cuando se considera en forma individual o acumulativa con la evidencia de auditoría de otros procedimientos, pueden ayudar a reducir a un nivel aceptablemente bajo el riesgo de auditoría para las afirmaciones relacionadas.

  4. La confirmación externa es el proceso de obtener y evaluar evidencia de auditoría a través de una comunicación directa de una tercera parte, en respuesta a una solicitud de información sobre una partida particular que afecta las afirmacionesPage 198hechas por la administración en los estados financieros. Al decidir a qué grado usar las confirmaciones externas, El auditor considerará las características del entorno en que opera la entidad que esta siendo auditada y la práctica de los potenciales participantes en el manejo de peticiones de confirmación directa.

  5. Con frecuencia se usan las confirmaciones externas en relación con los saldos de cuentas y sus componentes, pero no necesitan restringirse a estas partidas. Por ejemplo, el auditor puede pedir confirmación externa de los términos de convenios o transacciones que tenga una entidad con terceras partes. La solicitud de confirmación se diseña para averiguar si se han hecho modificaciones al convenio, y si es así, cuáles son los detalles relevantes. Otros ejemplos de situaciones donde pueden usarse las confirmaciones externas incluyen las siguientes:

    • Saldos bancarios y otra información de banqueros.

    • Saldos de cuentas por cobrar.

    • Existencias poseídas por terceras partes en almacenes de depósito para procesamiento o en consignación.

    • Títulos de propiedad en posesión de abogados o financieros para su salvaguarda o como valores.

    • Inversiones compradas a corredores pero no entregadas a la fecha del balance.

    • Préstamos de prestadores.

    • Saldos de cuentas por pagar.

  6. La confianza en la evidencia obtenida por confirmaciones externas depende, entre otros factores, de que el auditor aplique los procedimientos apropiados al diseñar la solicitud de confirmación externa, de que lleve a cabo los procedimientos de confirmación externa y de que evalúe los resultados de los procedimientos de confirmación externa. Los factores que afectan la confianza en las confirmaciones incluyen el control que el auditor ejerce sobre las solicitudes y respuestas de confirmación, las características de los consultados y cualesquiera restricciones incluidas en la respuesta o impuestas por la administración.

    Relación de los procedimientos de confirmación externa con la evaluación del auditor del riesgo inherente y el riesgo de control

  7. La Norma Internacional de Auditoría 400, Evaluaciones del Riesgo y Control Interno analiza el riesgo de auditoría y la relación entre sus componentes: riesgo inherente, riesgo de control, y riesgo de detección. Plantea el proceso para evaluar el riesgo inherente y de control que determine la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos sustantivos para reducir el riesgo de detección y, por tanto, el riesgo de auditoría a un nivel aceptable.

  8. La Norma Internacional de Auditoría 400 también indica que la naturaleza y alcance de la evidencia que debe obtenerse de la realización de procedimientos sustantivos varía, dependiendo de la evaluación del riesgo inherente, junto con el riesgo dePage 199control, y que los niveles evaluados de riesgo inherente y de control, no pueden ser suficientemente bajos como para eliminar la necesidad de llevar a cabo algún procedimiento sustantivo. Estos procedimientos sustantivos pueden incluir el uso de confirmaciones externas para afirmaciones específicas de los estados financieros.

  9. El párrafo 47 de la Norma Internacional de Auditoría 400 indica que mientras más alta sea la evaluación del riesgo inherente y de control, mayor evidencia de auditoría necesita obtener el auditor sobre la realización de los procedimientos sustantivos. En consecuencia, al aumentar el nivel evaluado de riesgo inherente y de control, el auditor planea procedimientos sustantivos para obtener más evidencia, o evidencia más persuasiva, sobre una afirmación de los estados financieros. En estas situaciones, el uso de procedimientos de confirmación puede ser efectivo para proporcionar suficiente evidencia apropiada de auditoría.

  10. Mientras más bajo sea el nivel evaluado de riesgo inherente y de control, menos seguridad necesita el auditor de los procedimientos sustantivos para formarse una conclusión sobre una afirmación de los estados financieros. Por ejemplo, una entidad puede tener un préstamo que está devolviendo de acuerdo a un calendario convenido, cuyos términos ha confirmado el auditor en años anteriores. Si el otro trabajo realizado por el auditor (incluyendo las pruebas de control que fueran necesarias) indica que los términos del préstamo no han cambiado y han conducido a evaluar como bajo el nivel de riesgo inherente y de control sobre el saldo vigente del préstamo, el auditor podría limitar los procedimientos sustantivos a la prueba de detalles de los pagos...

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