Contabilización del impuesto sobre las ventas
Autor | Uriel Guillermo Angulo Guiza |
Páginas | 86-93 |
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Como habíamos dicho, el responsable de este impuesto sólo paga el impuesto equivalente al valor que le agrega al producto; no paga el impuesto sobre el valor de todo el producto. El IVA no lo paga el productor, ni el comerciante. El IVA lo paga el consumidor final. Veamos un ejemplo:
La empresa ABC SAS compra un reloj por $100.000 más IVA del 16%, es decir, que paga un IVA de $16.000
Luego, vende el mismo reloj por $150.000 más IVA. Luego, la empresa ABC le agrego un valor de $50.000 (lo había comprado en $100.000), y al venderlo cobrara un IVA de 16% de 150.000 = $24.000
En esta doble transacción la empresa ABC SAS ha pagado $16.000 de IVA y ha cobrado $24.000, al finalizar el período, la empresa le dirá a la DIAN: cobré $24.000 de IVA y pagué $16.000, así que solo le pagaré (a la DIAN) la diferencia, esto es (24.000 - 16.000) $8.000, que corresponde a 16% de $50.000 que fue el valor que la empresa le agregó al producto.
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En resumen:
Valor de compra del reloj: $100.000
Valor de venta del reloj: $150.000
Valor que le agregó al reloj:
$50.000 [150.000 - 100.000]
IVA al valor agregado: $8.000 = [50.000 * 16%]
Por esta razón el IVA se conoce como impuesto al valor agregado, ya que el productor y el comerciante solo pagan el IVA correspondiente al valor que le agregaron a lo que vendieron o fabricaron y quien efectivamente paga el impuesto del IVA en su totalidad es el consumidor final.
El IVA generado es el valor del IVA facturado, cuando vendemos y debemos cobrarle al comprador, (se genera un pasivo impuesto sobre las ventas por pagar) y consignarle a la DIAN. Cuando vendemos, debemos cobrar al cliente el valor de la mercancía vendida, más el valor del IVA.
Ejemplo: El 14 de junio Distrihogar vende a crédito a la empresa XYZ por $15’000.000, más 16% de IVA.
IVA GENERADO: (VENDEDOR)
RECUERDE:
Siempre que vendemos debemos debitar el valor de la venta más el IVA, en la cuenta de clientes (o caja, si vendimos de contado) y como se cobró un IVA, este dinero no es de la empresa sino de la DIAN, por eso creamos la cuenta del pasivo impuesto a las ventas por pagar (crédito).
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RECUERDE:
El IVA cancelado en la adquisición de bienes y servicios es DESCONTABLE...
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