¿Cuál es el hecho generador del impuesto de avisos y tableros? - Impuesto complementario de avisos y tableros - Impuesto. Industria, comercio y avisos - Cartilla ICA de Villavicencio. Impuestos de industria, comercio y predial unificado - Libros y Revistas - VLEX 454821678

¿Cuál es el hecho generador del impuesto de avisos y tableros?

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Páginas139-140
Preguntas y Respuestas 139
Periodo gravable
Nombre o razón social de la persona o entidad a quien se le practicó la retención.
Cédula o NlT de la persona o entidad a quien se le practicó la retención.
Base sometida a la retención.
Valor retenido.
(102) En el manejo de las retenciones del Impuesto de Industria y comercio en
Villavicencio, aplican las mismas reglas que en el manejo del IVA.
Si, en principio, las normas de administración, declaración, liquidación y pago de las
retenciones aplicables al impuesto a las Ventas, de conformidad con lo que disponga el
Estatuto Tributario Nacional, serán aplicables a las retenciones del Impuesto de Industria
y Comercio y a los contribuyentes de este impuesto, salvo que existan regulaciones
especiales determinadas para el Impuesto en la Ciudad de Villavicencio y que estas
contraríen las disposiciones nacionales, en cuyo caso operarán las regulaciones especiales
para esta ciudad. (Artículo 89 del Acuerdo 030 de 2008).
IMPUESTO COMPLEMENTARIO DE AVISOS Y TABLEROS
(103) ¿Cuál es el hecho generador del impuesto de avisos y tableros?.
El impuesto complementario de avisos y tableros, se genera por la colocación de vallas,
avisos, tableros y emblemas en la vía pública, en lugares públicos o privados visibles
desde el espacio público, así mismo se genera por la colocación de avisos en cualquier
clase de vehículos.(Artículo 108, Acuerdo 030 de 2008).
JURISPRUDENCIA: Impuesto de Avisos y tableros.
(...)Artículo 5 de la ley 9 de 1989
Entiéndase por espacio público el conjunto de inmuebles públicos y elementos arquitectónicos
y naturales de los inmuebles privados, destinados por su naturaleza, por su uso o afectación, a
la satisfacción de necesidades urbanas colectivas que trascienden, por tanto, los limites de los
interese individuales de los habitantes.
De conformidad con la norma transcrita forman parte del espacio publico “... los elementos
arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados..”
...los avisos de la contribuyente, aunque ubicados dentro de los predios de su propiedad privada,
están utilizando el espacio público para anunciar el nombre comercial de la empresa, los cuales
son observados por público desde la autopista que conduce de Villavicencio a Yumbo. (Consejo.
de Estado Sentencia de Julio 14 de 1995, Exp 7093) (Otras C de E. Sentencia del 31 de marzo de
1995, exp. 5746, Sentencia del 12 de mayo de 1995 Exp. 5549).

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