¿Cuál es el manejo contable de las retenciones practicadas? - Retención del impuesto de industria y comercio en el Municipio de Neiva - Impuesto de industria comercio y avisos - Cartilla impuestos de industria, comercio y avisos ICA Neiva. Predial unificado - Libros y Revistas - VLEX 455365934

¿Cuál es el manejo contable de las retenciones practicadas?

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Cargo del AutorAbogado, especializado en derecho tributario y financiero
Páginas126-126
Cartilla Impuesto de Industria, Comercio y Avisos ICA126
(085) ¿En donde debo presentar las retenciones si soy agente de retención?
El artículo 7º del Decreto Municipal 418 de 199843 , en concordancia con la Resolución
2746 del 17 de diciembre de 2007, determina que la presentación y pago de la declaración
bimestral de retención del impuesto de industria y comercio, se hará en los formularios
oficiales diseñados para el efecto y podrá efectuarse en los siguientes lugares:
- En los bancos y/o corporaciones con los cuales el municipio suscriba convenio de recaudo.
No obstante, el secretario podrá autorizar el recibo y pago de las retenciones en la fuente
ICA, en las cajas de la Tesorería del Municipio de Neiva, cuando se requiera.
(086) ¿Cuál es el manejo contable de las retenciones practicadas?.
Para efectos del control al cumplimiento de las obligaciones tributarias, los agentes
retenedores deberán llevar además de los soportes generales que exigen las normas
tributarias y contables, una cuenta contable denominada “RETENCION DEL IMPUESTO
DE INDUSTRIA Y COMERCIO POR PAGAR” la cual deberá reflejar el movimiento de las
retenciones efectuadas. (Art. 77-15, Decreto 096 de 1996 en concordancia con lo
establecido en Acuerdo 038 de 1998).
(087) ¿Quién debe expedir y con que periodicidad los certificados de retención?.
El artículo 11 del Decreto Municipal 418 de 1998, determina que los agentes de retención
deberán expedir anualmente un certificado por las retenciones del impuesto de industria y
comercio efectuadas en el año inmediatamente anterior, antes del 31 de marzo de cada año,
el cual contendrá los siguientes datos:
- Año gravable
- Apellidos y nombre o razón social y NIT del retenedor.
- Dirección del agente retenedor.
- Apellidos y nombre o razón social y NIT de la persona o entidad a quien se le practicó
la retención.
- Monto total y concepto del pago sujeto a retención.
- Cuantía de la retención efectuada por concepto del impuesto de industria y comercio.
43 Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo Municipal 038 de 1998 a través del cual se estableció el mecanismo de la
retención en la fuente al impuesto de industria y comercio y se dictan otras disposiciones.

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