La evolución de la delincuencia de menores en Francia: entre criminalización, judicialización y guetización - Núm. 14-1, Enero 2012 - Estudios Socio-Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 478180134

La evolución de la delincuencia de menores en Francia: entre criminalización, judicialización y guetización

AutorLaurent Mucchielli
CargoDoctor de la Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales (EHESS)
Páginas59-93

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Introducción

La delincuencia juvenil, su supuesto aumento, su creciente violencia reputada y su aparente rejuvenecimiento se impusieron como temas centrales

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en el debate público y en la agenda política desde principios de los años noventa, tanto en Francia como en la mayoría de los demás países europeos,1 al punto de constituir un gran temor colectivo que puede a veces suscitar verdaderos "pánicos morales", cuando los medios de comunicación, los políticos y los grupos de presión utilizan sus discursos y sus acciones para denunciar las costumbres de los jóvenes (principalmente los que provienen de medios populares) y tratar de "civilizarlos".2

Junto a estas instrumentalizaciones políticas y mediáticas, esta idea de cambio y de aumento de delincuencia juvenil encuentra igualmente un prejuicio favorable en la población en general, de la cual alimenta cómodamente el "sentimiento de inseguridad". Esto es particularmente importante en las personas de edad, cuyo peso, en el conjunto de la población, crece regularmente. Pero, en el sentido más amplio, existe la gran tentación, por parte de nuestros conciudadanos (e incluso, reconozcámoslo, en el medio universitario y científico), de interpretar cualquier evolución en el sentido negativo de una peligrosidad potencial, hasta de una decadencia moral.

Los discursos sobre las películas que ven los jóvenes, los juegos de video que les interesan o, más aún, la música que escuchan dan buen ejemplo de ello. Finalmente, los medios de comunicación difunden regularmente cifras -en Francia se trata generalmente de estadísticas de la Policía- que ilustran esta evolución, cifras que en la mayoría de los casos funcionan como argumentos de autoridad.

Sin embargo, es posible mostrar que estas ideas de argumentación sobre la delincuencia y la violencia en los comportamientos de la juventud constituyen un conjunto de "prenociones", como bien decía Émile Durkheim, es decir, juicios que tienen razones sociales, pero que no por ello constituyen una demostración científica. Para lograr tal demostración, sigamos al célebre sociólogo reclamando, primero que todo, un esfuerzo de definición del hecho social que nos interesa aquí, lo que nos permitirá de entrada reformular en términos científicos las preguntas generadas por el sentido común.

La delincuencia está constituida por el conjunto de transgresiones definidas por el derecho penal, conocidas y enjuiciadas por los actores del control social. Esta definición da lugar inmediatamente a tres problemas. El primero es que el derecho evoluciona permanentemente: ciertos comportamientos dejan de ser incriminados, mientras que otros comienzan a serlo. Este último proceso (la

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incriminación) se había vuelto casi permanente a principios de la década de los noventa. En materia de delincuencia juvenil,3 la delincuencia poten-cialmente caracterizable no deja, por definición, de aumentar.

El segundo problema tiene que ver con la efectividad de los enjuiciamientos. Una transgresión que los actores del control social constatan, pero deciden, por diversas razones, no judicializar oficialmente, no constituye una delincuencia. No obstante, veremos también que, a pesar de que desde principios de los años noventa los actores del control social se han visto fuertemente conminados políticamente a acentuar las demandas penales, casi que por definición la delincuencia juvenil no ha dejado de incrementarse.

Finalmente, un tercer problema reside en el hecho de que estos actores tengan o no conocimiento de las transgresiones que sobrevienen durante el curso de la vida social. Dicho de otra manera, no se podría analizar la evolución de la delincuencia juvenil independientemente de la evolución de su incriminación y de la de los procesos de remisiones hacia el sistema penal, procesos relacionados con el funcionamiento de las diferentes agencias de control social (los servicios de Policía y Gendarmería, los transportadores, las instituciones educativas, algunos servicios sociales, pero también los agentes de vigilancia privada).

Por último, lo que llamamos aquí actores de control social no son únicamente los profesionales, sino también el conjunto de ciudadanos, quienes, confrontados a una desviación juvenil, pueden decidir o no acudir a las autoridades, es decir, judicializar el problema.

Para terminar, podemos agregar que el conjunto comúnmente llamado "delincuencia juvenil", o bien "delincuencia de menores", no tiene en realidad ninguna homogeneidad desde el punto de vista fenomenal. ¿Qué tienen en común (aparte de su carácter jurídicamente reprensible) un homicidio, una violación, una riña, un raponazo, un grafiti, un insulto a un funcionario o el hecho de conducir un carro sin licencia de conducción? Comprendemos entonces que a la pregunta "La delincuencia juvenil está aumentado, ¿sí o no?" no se puede dar una respuesta incorrecta.

Estos comportamientos no tienen necesariamente los mismos autores, las mismas víctimas, las mismas circunstancias, ni los mismos factores explicativos. El rigor metodológico nos impone pues de nuevo entrar mínimamente en el detalle de los comportamientos que se quieren estudiar, y hacer a priori la hipótesis de una diversidad de explicaciones que se darán. En resumen, tenemos que admitir una complejidad.

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Según un esquema de análisis sociológico esbozado en otro momento sobre el tema de las violencias interpersonales en general (Mucchielli, 2008), voy a esforzarme por sintetizar la forma como, a mi modo de ver, debe ser pensado el tema de la evolución de la delincuencia juvenil.4 El primer aparte estará dedicado a un panorama de los datos estadísticos disponibles, así como a una presentación de un estudio reciente que aporta muchos elementos sobre la temática. El segundo abordará el tema de la criminalización y judicialización crecientes de las desviaciones juveniles. El tercer segmento hará el análisis más complejo, introduciendo un proceso de guetización y, por ende, un principio de diferenciación socioespacial en el análisis de los fenómenos que aquí nos ocupan.

1. Un panorama sobre los datos estadísticos disponibles

Los datos estadísticos disponibles son de tres tipos:

1) Primero que todo, se trata de datos administrativos, policiales y judiciales, que desafortunadamente son los únicos disponibles en la duración media. Naturalmente, el análisis de estas estadísticas administrativas se impone teniendo conocimiento, sin embargo, de sus límites relacionados con su modo de producción y con el hecho de que dependen directamente de la evolución jurídica y de los procesos de remisión a la justicia penal. Las estadísticas policiales, publicadas desde principios de los años setenta, indican el número de menores acusados por la Policía y la Gendarmería, y no constituyen una medida de número de hechos realmente cometidos en la sociedad, ni siquiera de todos los hechos de los que las fuerzas del orden tuvieron conocimiento. De hecho, para que una persona sea acusada, la infracción constatada debe haber sido elucidada, cosa que está lejos de ser realidad en la mayoría de los casos, principalmente en materia de robos. De modo que no se puede evaluar la participación de los menores en la delincuencia según esta fuente. En efecto, se ignora cuál es la participación de los menores en la mayoría de los hechos no elucidados y no hay nada que muestre que esta es equivalente a la de los hechos elucidados (Aubusson de Cavarlay, 1997, 2009). En cuanto a las estadísticas judiciales, estas han sufrido muchos cambios desde el abandono de la Cuenta general de justicia criminal a mediados de

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los años setenta. Hoy, estas ofrecen algunas relaciones de la actividad de las fiscalías desde principios de los años noventa. Igualmente, publican, desde 1984, gracias al pasado judicial, una relación de las personas condenadas, que constituye una fuente interesante para agregar y comparar con la estadística de la Policía. Esta relación no da cuenta del conjunto de los casos manejados por la justicia, sino de las condenas registradas en el pasado judicial únicamente, y con un margen de incertidumbre importante.5 Se excluyen en particular las medidas llamadas "alternativas a las judicializaciones", que se desarrollan masivamente desde los años noventa.

Por otro lado, esta estadística se encuentra muy directa y regularmente afectada, por una parte, por las modificaciones que ha sufrido el derecho penal de menores, y, por otra, por las leyes de amnistía. No por esto presenta un interés menor, por varias razones: aquí se sigue la evolución de la participación en los hechos, a priori, más grave y más instruida, y tiene pues como resultado una condena. Aquí, las calificaciones penales pueden ser diferentes de las de la estadística de la Policía; dicha...

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