Delitos contra la existencia y seguridad del estado - Parte especial. De los delitos en particular - Ley 599 de 2000 (julio 24) - Código Penal y de Procedimiento Penal concordado - Libros y Revistas - VLEX 513229706

Delitos contra la existencia y seguridad del estado

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas304-308

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CAPÍTULO I De los delitos de traición a la patria

ARTÍCULO 455. MENOSCABO DE LA INTEGRIDAD NACIONAL. (A partir del 1 de enero de 2005, la pena prevista en el presente artículo fue aumentada por disposición del artículo 14 de la Ley 890 de 2004 ). El que realice actos que tiendan a menoscabar la integridad territorial de Colombia, a someterla en todo o en parte al dominio extranjero, a afectar su naturaleza de Estado soberano, o a fraccionar la unidad nacional, incurrirá en prisión de trescientos veinte (320) a quinientos cuarenta (540) meses.

NOTA DE VIGENCIA: La pena prevista para el presente artículo antes de la modficación introducida por la Ley 890 de 2004, era la siguiente:

Prisión de veinte (20) a treinta (30) años.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).

· Código Penal: Art. 16.

· *Ley 1621 de 2013: Por medio de la cual se expiden normas para fortalecer el Marco Jurídico que permite a los organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia cumplir con su misión constitucional y legal, y se dictan otras disposiciones.

· Constitución Política de Colombia: Arts. 2, 95, 97 y 101.

ARTÍCULO 456. HOSTILIDAD MILITAR. (A partir del 1 de enero de 2005, la pena prevista en el presente artículo fue aumentada por disposición

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del artículo 14 de la Ley 890 de 2004 ). El colombiano, aunque haya renunciado a la calidad de nacional, o el extranjero que deba obediencia al Estado Colombiano, que intervenga en actos de hostilidad militar o en conlictos armados contra la patria, incurrirá en prisión de ciento sesenta (160) a trescientos sesenta (360) meses.

Si como consecuencia de la intervención, se pone en peligro la seguridad del Estado o sufren perjuicio sus bienes o las fuerzas armadas, la pena se aumentará hasta en una tercera parte.

NOTA DE VIGENCIA: La pena prevista para el presente artículo antes de la modficación introducida por la Ley 890 de 2004, era la siguiente:

Prisión de diez (10) a veinte (20) años.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).

· *Ley 43 de 1993: Por medio de la cual se establecen las normas relativas a la adquisición, renuncia, pérdida y recuperación de la nacionalidad colombiana; se desarrolla el numeral séptimo del artículo 40 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.

· Constitución Política de Colombia: Arts. 9, 96, 97, 101, 102 y 216.

ARTÍCULO 457. TRAICIÓN DIPLOMÁTICA. (A partir del 1 de enero de 2005, la pena prevista en el presente artículo fue aumentada por disposición del artículo 14 de la Ley 890 de 2004 ). El que encargado por el Gobierno Colombiano de gestionar algún asunto de Estado con gobierno extranjero o con persona o con grupo de otro país o con organismo internacional, actúe en perjuicio de los intereses de la República, incurrirá en prisión de ochenta (80) a doscientos setenta (270) meses.

Si se produjere el perjuicio, la pena se aumentará hasta en una tercera parte.

NOTA DE VIGENCIA: La pena prevista para el presente artículo antes de la modficación introducida por la Ley 890 de 2004, era la siguiente:

Prisión de cinco (5) a quince (15) años.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).

· Código Penal: Art. 16.

· *Ley 251 de 1995: Por medio de la cual se aprueba la "Convención para el Arreglo Pacíico de los Conlictos Internacionales", hecha en La Haya el 18 de octubre de 1907.

· *Ley 169 de 1994: "Por medio de la cual se aprueba la Convención sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los Agentes Diplomáticos", suscrita en Nueva York el 14 de diciembre de 1973.

· *Ley 6 de 1972: Por la cual se aprueba la "Convención de Viena sobre...

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