Determinación del impuesto al valor agregado - Primera parte. Impuesto al valor agregado Impuesto nacional al consumo - Cartilla impuesto al valor agregado 2015 - Libros y Revistas - VLEX 576091434

Determinación del impuesto al valor agregado

AutorJorge Hernán Zuluaga Potes
Páginas63-73

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1. Contabilización con devoluciones en compras y en ventas

“La Sociedad Productora Nacional”, tiene las siguientes transacciones en el tercer bimestre del Año 2015:
1. Compra materia prima por valor de $5.000.000.oo
2. Devoluciones en compras $1.500.000.oo
3. Venta de mercancías por valor de $8.000.000.oo
4. Devoluciones en ventas $1.000.000.oo.

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Este ejercicio se plantea para visualizar la dinámica de la cuenta 2408 “IVA POR PAGAR”, mostrando su manejo cuando la cuenta tiene movimiento por compras, ventas, y devoluciones en las mismas operaciones. Para una mejor compresión, se manejan las operaciones sin los mecanismos de retención en la fuente.

2. Contabilización con retención de IVA

La empresa “El Cacique” vende $27.000.000 de materiales para la elaboración de zapatos a la empresa “El Zapatón”.

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Contabilización para el comprador

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Contabilización para el vendedor

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El comprador actúa como agente retenedor, el cual debe contabilizar el IVA como pasivo en la cuenta 2367, y posteriormente declararlo y pagarlo en la declaración de retención en la fuente.

El vendedor es el sujeto pasivo de la retención, para él se origina un anticipo del impuesto sobre las ventas, que debe contabilizar en la cuenta 135517 IVA retenido, y posteriormente puede tratarlo en la declaración del impuesto sobre las ventas como un menor valor del saldo a pagar o un mayor valor del saldo a favor.

3. Contabilización retención en la fuente del IVA del régimen común al régimen simplificado

“La Comercializadora Real”, compra mercancías al Señor Jairo Rodríguez por valor de $3.000.000.oo

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Para los responsables del régimen simpliicado existe la prohibición expresa de cobrar el impuesto sobre las ventas en sus operaciones. En el caso del mecanismo de retención en la fuente, el numeral 4 del artículo 437-2 del Estatuto Tributario, estableció expresamente como agentes retenedores a los responsables del régimen común cuando efectúen compras a los responsables del régimen simpliicado. El IVA retenido podrá ser considerado por el responsable del régimen común como un impuesto descontable en su declaración del IVA.

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4. Retención en la fuente de IVA en compras de un responsable del régimen común productor de algunos bienes excluidos, a un responsable del régimen simplificado; y el destino de estas compras con los bienes excluidos

“La Comercializadora Real” compra mercancías al Señor Jairo Rodríguez por valor de $3.000.000.oo

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El impuesto causado, en este caso, deberá ser considerado por el productor como un mayor valor del costo, ya que es un no responsable del impuesto.

5. IVA en ventas en consignación

La “Compañía El Explorador”, entrega 100 unidades en consignación a $ 200.000 c/u a la empresa Distribuidora X, este vende 70 unidades a $250.000.oo c/u.

Determinación de la base gravable:

70 Unidades a $ 250.000.oo c/u = $17.500.000.oo
Contabilización de la operación cuando el consignatario vende la mercancía.

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Contabilización de la operación cuando el consignatario le reporta al consignante.

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Impuesto a pagar por el consignatario = $560.000.oo Impuesto a pagar por el consignante = $2.240.000.oo Impuesto descontable consignatario = $2.240.000.oo Impuesto total generado en la operación = $2.800.000.oo Impuesto retenido = $ 420.000.oo

Nota: la contabilización se desarrolla de manera separada para una mejor ilustración.
1. El consignatario efectúa la contabilización de la venta, registrando el valor que le corresponde como intermediario en la cuenta 413512 (Venta a cambio de una retribución). El valor que le corresponde al tercero lo registra en la cuenta 2815 (Ingresos recibidos para terceros).

  1. En la generación y contabilización del IVA el comprador es agente retenedor y efectúa la retención en ventas del 50%, $1.400.000.oo, girando los restantes $1.400.000.oo al consignatario.

  2. Entrega del valor de la mercancía que le corresponde al consignante.
    4. Entrega del IVA generado que le corresponde al consignante ($2.240.000.oo) y el valor correspondiente a la retención en la fuente de IVA ($1.680.000.oo), girando el valor neto ($560.000.oo).

6. Ventas en comisión

La “Sociedad WWW” entrega a “La sociedad El Intermediario” mercancías en consignación, y ija un precio a estas de $ 75.000.000, y una comisión por venta de 5%.

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