Enfoque y conclusiones NIIFS en colombia - Enfoque a las Normas Internacionales de Contabilidad en Colombia NIIFs - Libros y Revistas - VLEX 393925478

Enfoque y conclusiones NIIFS en colombia

AutorLuis Raúl Uribe Medina
Páginas193-223

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Enfoque y Conclusiones NIIFs en Colombia 193

CAPÍTULO

7 ENFOQUE Y CONCLUSIONES NIIFs

EN COLOMBIA

LAS NORMAS INTERNACIONALES
DE INFORMACIÓN FINANCIERA – NIIF EN COLOMBIA.

A partir de la Ley 1314 de 2009, Colombia entró en el proceso de regulación de las Normas internacionales de información financiera – NIIF y de aseguramiento de la información, se señalan las autoridades competentes para la aprobación, se define el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento. Además, mediante esta Ley se reestructura la Junta Central de Contadores y el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, dejándolos bajo la dirección completa del Gobierno.

El Presidente de la República podrá intervenir la economía, para expedir Normas de información financiera y de aseguramiento de la información, en la perspectiva de facilitar la toma de decisiones económicas por parte del Estado, los propietarios, los funcionarios de mando y los empleados de las empresas, los inversionistas actuales y potenciales y otras partes interesadas, favoreciendo la productividad, la competitividad y el desarrollo armónico de la actividad empresarial de las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras.

La acción del Estado se dirige hacia la convergencia de las Normas Contables Colombianas actuales, con estándares de aceptación mundial, acogiendo las mejores prácticas de regulación contable internacional, para poner en linea la economía colombiana con las directrices de la globalización, el pensamiento único y los intereses de los Países desarrollados.

Por otra parte, se ha definido que los Ministerios de Hacienda y crédito público y de comercio, industria y turismo son las autoridades de regulación y el

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Consejo Técnico de la Contaduría Pública es la autoridad de normalización de contabilidad y aseguramiento de la información. Las dos anteriores autoridades funcionan bajo la dirección del Presidente de la República para asegurar el control pleno de todos los procesos de regulación contable internacional.

La autoridad normalizadora se encarga de proponer a la autoridad de regulación los estándares de Contabilidad y aseguramiento de información y orientar a los interesados para su implantación en el territorio nacional.

A partir del 1 de enero del 2010 y dentro de los 6 meses siguientes, con base en el artículo 13 de la Ley 1314 de 2009, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, presentará un primer Plan de trabajo al Ministerio de Comercio, Industria y turismo - MCIT para ser divulgado y ejecutado dentro de los 24 meses siguientes a la entrega del Plan, presentando a la autoridad reguladora las propuestas que considere pertinentes.

EJES TEMÁTICOS DEL PRIMER PLAN DE TRABAJO DEL CTCP, presentado en Junio 30 de 2010:

a. Organización y funcionamiento administrativo.

b. Convergencia a estándares internacionales de Contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información

c. Difusión de las normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información.

d. Capacitación.

Este plan fue presentado a la opinión pública, pero a decir del mismo CTCP ha tenido poca retroalimentación de la Comunidad contable colombiana.

De acuerdo con la Ley 1314 y para efectos comparativos, a 31 de diciembre del año 2012, debe prepararse un Balance inicial con base en las NIIF. En esta fecha se hace una conversión para iniciar la etapa de transición a partir del 1 de enero de 2013 y poder presentar el Balance de apertura a 31 de diciembre del 2013. De manera que a primero de enero de 2014 podamos estar aplicando plenamente las Normas internacionales de información financiera y de aseguramiento de la información que haya definido el Estado colombiano.

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Por ejemplo, si los Estados financieros bajo recomendación del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, preparados con base en las NIIF, tienen fecha de 31 de diciembre de 2013, entonces, estos deben ser comparativos con los Estados financieros a 31 de diciembre de 2012, también preparados bajo las NIIF, con el objeto de poder iniciar el 2014 la aplicación plena de los resultados de la convergencia, en materia de contabilidad y aseguramiento de la información.

En este momento estamos esperando que el Gobierno defina los entes emisores internacionales de información financiera que serán tomados como fuente para realizar la convergencia y los criterios de aplicación de las Normas en las organizaciones. Si por ejemplo, se aplicarán a las empresas que cotizan en Bolsa o a todas las empresas que estén obligadas a llevar contabilidad.

Las Universidades y las empresas están pendientes del proceso de Convergencia que defina el gobierno para comenzar a socializar los resultados. No obstante, parece que era de haberse iniciado hace rato el aprendizaje de las NIIF, por considerar que el IASB es el aparato de mayor reconocimiento mundial sobre este tema y en cuanto a la escalabilidad de las empresas, se entiende que debería socializarse la modalidad plena de las NIIF para después resolver el problema de la dosificación por niveles, mientras se van normalizando los procesos, en toda la economía.

En general, se aprecia un ambiente supremamente lento en la asimilación de las Normas internacionales de información financiera - NIIF y de aseguramiento de información por parte de las empresas y de las Universidades, lo cual hace prever que seguramente vamos a llegar al 2014 con enormes dificultades.

Desde el año 2009, cuando se aprobó la Ley 13 14, se sabe que Colombia decidió acomodarse a la estandarización internacional sobre Normas contables y de aseguramiento, de manera que de allá para acá, el problema no es si estamos de acuerdo con la estandarización o no, sino como vamos a desarrollar el trabajo de conversión o de aplicación de esas Normas en nuestro medio.

Con el objeto de integrar la Comunidad contable nacional al proceso de Convergencia de las Normas internacionales de información financiera - NIIF, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, está llamando a conformar Comités de apoyo al desarrollo del Plan de trabajo que ha sido presentado oportunamente. Creo que esta iniciativa resulta apropiada para lograr la vinculación de un buen número de Profesionales contables que desean colaborar con causas trascendentales de la Contaduría Pública.

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Todas las entidades afectadas por las Normas internacionales de información financiera – NIIF y de aseguramiento de información, deben acelerar los procesos de aprendizaje para lograr que en el tiempo de aquí al año 2014 podamos cumplir con los objetivos de la Ley 1314.

Las Universidades que tienen el Programa de Contaduría Pública deben iniciar los procesos metodológicos y técnicos requeridos para asegurar una transición curricular de éxito en el tiempo previsto. Lo primero que hay que resolver es el problema de la reforma curricular y de la capacitación docente y de los egresados porque todos ellos han sido formados con otro Modelo de contabilidad. Son las Universidades y no otros entes educativos los responsables de resolver este problema por tratarse de un hecho que afecta la educación superior. No es como se ha dicho que el SENA va a Certificar a los Profesionales de la Contaduría Pública en Normas internacionales de información financiera – NIIF y de aseguramiento de información. Esta desafortunada noticia ha generado reacciones, en los Contadores Públicos, de todo el País, por considerar que el SENA no es la instancia razonable que deba asumir la responsabilidad de actualizar a los Profesionales de la Contaduría Pública, en materia de actualización en Normas internacionales de información financiera y de aseguramiento de la información. Es que el SENA no está autorizado para formar Contadores Públicos, sino personal en competencias laborales de nivel Técnico y Tecnológico.

En relación con los estudiantes, las Universidades deben ir enseñando simultáneamente Normas internacionales de información financiera - NIIF y de aseguramiento de la información, junto con el tradicional decreto 2649 de 1993, hasta el año 2014, cuando se implantarán plenamente las Normas internacionales de contabilidad que resulten del proceso de Convergencia que está trabajando el Estado.

Las Universidades deben asumir con responsabilidad esta transición porque de no ser así, las personas que se gradúen en el año 2013 van a entrar al 2014 con enormes dificultades para su desempeño laboral.

Otra instancia que puede colaborar en este proceso de capacitación de los Contadores Públicos en NIIF y aseguramiento de información es la Gremial y aquí viene a relucir una de nuestras Carencias y Anhelos: LA UNIDAD GREMIAL DE LOS CONTADORES PUBLICOS.

El CTCP publicó en Diciembre 22 de 2010, dentro de los seis meses que le ordena la ley 134, para discusión publica el segundo documento o plan de trabajo que denominó:

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PROPUESTA PARA EL DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO DEL

CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA (CTCP) Y EL ENTENDIMIENTO COMÚN DEL PROCESO DE CONVERGENCIA DE LAS NORMAS DE CONTABILIDAD, DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y DE ASEGURAMIENTO DE LA INFORMACIÓN, CON

ESTÁNDARES INTERNACIONALES.

Introducción.

Por mandato de la Ley 1314, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) es la autoridad colombiana de normalización técnica de las normas contables, de información financiera y de aseguramiento de información en el ámbito de sus competencias.

En ese sentido, el CTCP debe elaborar las propuestas con base en las cuales, bajo la dirección del Presidente de la República, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y de Comercio, Industria y Turismo (MCIT), obrando conjuntamente, expedirán principios, normas...

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