Enfoques teóricos en el estudio de la administración y reforma a la justicia en Colombia - Núm. 10, Junio 2010 - Revista Via Inveniendi et Iudicandi - Libros y Revistas - VLEX 215757073

Enfoques teóricos en el estudio de la administración y reforma a la justicia en Colombia

AutorRosembert Ariza Santamaría; Ginna Marcela Rivera Rodríguez
CargoDocente Investigador Universidad Santo Tomás y Universidad Nacional de Colombia y Estudiante Maestría en Estudios Políticos IEPRI Universidad Nacional de Colombia

Sabemos de la importancia que tiene para los investigadores explicar y comprender asuntos como el origen, contenido, ejes conceptuales, efectos y resultados de las reformas, pero también de lo fundamental que ello resulta para presentes y futuros procesos de discusión y decisión de política pública (en todo su ciclo) en el tema.

Al respecto, valga aclarar que la lectura interpretativa de la que se dará cuenta en las próximas líneas, combinará un doble ejercicio de rastreo que comprende: Una breve presentación de los postulados teóricos generales y los elementos conceptuales que dan contenido a cada corriente teórica según lo expuesto por los autores revisados, así como la sistematización, en clave de síntesis, de las propuestas planteadas desde las corrientes teóricas frente al tema de reforma judicial.

Los diversos estudios revisados han pretendido responder a interrogantes sobre el rol de las instituciones en la administración de justicia, la relación de esta última con el desarrollo económico de los países, el papel de los actores que se han hecho y pueden hacerse partícipes del proceso de cambio, entre otras tantas. Sin embargo, tal y como se evidenciará a continuación las respuestas enunciadas frente a tales interrogantes han sido múltiples y variadas, razón por la cual constituyen el hilo conductor de identificación de las distintas corrientes, como sigue:

García, Rodríguez y Uprimny (2006:18) afirman que desde el punto de vista teórico, las posiciones sobre las instituciones en el ámbito de la justicia pueden dividirse en instrumentalistas y constructivistas. La primera orientación, que domina en la ciencia económica, concibe la posibilidad de utilizar las instituciones como instrumento de intervención y acción social, es decir, tiende a ver las instituciones como tareas técnicas encaminadas a moldear la práctica jurídica, económica o política -por ejemplo, para promover el desarrollo económico o el Estado de derecho-, independientemente del contexto social en el que dichas instituciones están llamadas a operar. (García, et al, 2006:19)

Algunas respuestas que esta postura da a preguntas como las mencionadas anteriormente, son: Según Becker (1976), citado por los autores (García, et al, 2006:19), los actores sociales son vistos como agentes racionales que se comportan al modo de quienes participan en el mercado. A su vez, las condiciones de estabilidad institucional, resultan fundamentales por un lado, para garantizar derechos, especialmente, los de propiedad, y por el otro para asegurar la eficiencia del mercado, necesaria para generar desarrollo en las naciones.

Respecto a la segunda orientación teórica, en contraposición a la primera, autores de diversas ciencias sociales han formulado una aproximación teórica que para Berger y Luckman (1966), citados por los autores (García, et al, 2006:20) es:

Una corriente sociológica que, en oposición al instrumentalismo, considera que los sujetos y las instituciones son realidades que resultan del contexto social y cultural en el que operan y que, por lo tanto, no pueden ser manipuladas o intervenidas con facilidad desde afuera mediante procedimientos de ingeniería social como los propuestos por los enfoques instrumentalistas.

La interpretación propuesta desde esta postura para el análisis de las instituciones, permite verlas en una estrecha conexión con las prácticas sociales, a partir de lo cual se infiere que las reformas institucionales lejos de ser problemas técnicos independientes del contexto en el que operan, tienen orígenes y efectos profundamente dependientes de dicho contexto. (García, et al, 2006:20)

Sumadas a estas dos primeras orientaciones desde el punto de vista teórico, García, Rodríguez y Uprimny (2006:20-21), sostienen que en el conjunto de respuestas a los interrogantes planteados sobre la justicia, es posible reconocer un punto de vista valorativo o político, porque el que tales respuestas pueden ser agrupadas en visiones libertarias y en perspectivas igualitarias. En el primer grupo, existe una concepción sobre el mercado como instrumento fundamental de coordinación social y la creencia en que las instituciones en general, y el derecho en particular, deben permitir que éste cumpla con dicha función, sin obstáculos. En el segundo, se defiende la idea de que el mercado no puede ser un instrumento equitativo de regulación social sin que previamente se hayan garantizado ciertas condiciones mínimas de igualdad entre los actores que de él participan. Por ello esta visión defiende un rol más protagónico del Estado en la vida social y un concepto amplio sobre las instituciones sociales que no las reduzca a ser garantes del orden público, la propiedad privada y la seguridad de los contratos, sino que sean fuertes para incluir también la protección de otras libertades civiles, como el acceso igualitario a la justicia, a los derechos sociales, económicos y culturales.

Al cruzar los dos ejes mencionados, el teórico y el valorativo, los autores (García, et al, 2006: 23) plantean el siguiente mapa que refleja cuatro aproximaciones distintas a las instituciones, a la justicia y a la reforma judicial:

Dimensión valorativa

Liberal individualista

Igualitaria

Neoinstitucionalismo; movimiento de derecho y economía (p. ej. Programas recientes de reforma judicial)

Desarrollismo (p. ej. primera ola de programas de derecho y desarrollo)

Instrumentalista

Dimensión teórica

Posmodernismo (p. ej. Estudios de conciencia jurídica)

Institucionalismo social (p. ej. Constitucionalismo social)

Constructivista

La combinación de las opciones dentro de las dos dimensiones (valorativa y teórica) da como resultado la identificación de cuatro posturas, tal y como se presenta en la tabla, sin embargo, los autores hacen énfasis en las siguientes:

  1. Una visión instrumentalista de las instituciones y una preferencia valorativa por los derechos de libertad (propiedad y libertad comercial) constituye el núcleo del neoinstitucionalismo económico.

  2. Una visión constructivista sobre las instituciones y una opción valorativa igualitaria sobre los derechos y la inclusión social conforman el foco de interés del institucionalismo social.

Sobre ésta último, como propuesta teórica y valorativa de García, Rodríguez y Uprimny es posible mencionar que dentro de su núcleo de propuestas se considera que una agenda de reforma equitativa e incluyente debe dar un lugar central al diseño institucional, o si se quiere, que es posible lograr cambios sociales a través de las transformaciones institucionales. Por ello se trata de tomar en serio a las instituciones y de hacerlo a partir de una perspectiva de filosofía moral y de políticas públicas que le den tanta importancia a la libertad como a la igualdad, a la eficacia como a la inclusión social. (García, et al, 2006: 25-26)

Por su parte, el mismo Mauricio García (2006) en su reflexión sobre justicia, mercado y democracia presenta los postulados fundamentales del movimiento de derecho y economía y del neoinstitucionalismo económico mencionados con anterioridad, como dos corrientes teóricas económicas que interesan...

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