Factor subjetivo en la extinción de dominio por utilización de bienes en la comisión de actividades ilícitas - Núm. 2-2015, Julio 2015 - Conflicto & Sociedad - Libros y Revistas - VLEX 648110697

Factor subjetivo en la extinción de dominio por utilización de bienes en la comisión de actividades ilícitas

AutorOmar Huertas Díaz - Iván Ricardo Morales Chinome - José Saúl Trujillo González
CargoAbogado, Profesor Asociado - Magíster en Derecho con profundización en Sociología y Política Criminal de la Universidad Nacional de Colombia - Abogado de la Universidad de Santo Tomás
Páginas33-45
33
Factor subjetivo en la extinción de dominio por utilización de bienes en la comisión de actividades ilícitas
Conicto & Sociedad Vol. 3, N°2, julio - diciembre de 2015, pp. 33-46 - ISSN 2322-6900 - UNISABANETA - Sabaneta
Art 2
Factor subjetivo en la extinción
de dominio por utilización de bienes
en la comisión de actividades ilícitas*
Por: Omar Huertas Díaz**
Iván Ricardo Morales Chinome***
José Saúl Trujillo González****
Recibido: octubre 19 de 2015
Aprobado: noviembre 9 de 2015
* Este artículo es resultado de la investigación realizada en colaboración entre el Grupo de Investigación “Escuela de Derecho Penal
Nullum Crimen Sine Lege UN”, nanciado por la Universidad Nacional de Colombia, Proyecto “Perspectiva Criminológica del Sistema
Penitenciario y Carcelario”, Convocatoria 31 de 2014, actualmente registrado con el Código COL0078909 en Colciencias, reconocido,
clasicado en D., y el Grupo POLEMOS de la Corporación Universitaria Unisabaneta – UNISABANETA., registro COLCIENCIAS
COL0111291.
** Abogado, Profesor Asociado, Especialista en Derecho Penal, Líder de Grupo de Investigación. Candidato a Doctor en Derecho, Univer-
sidad Nacional de Colombia, Ph.D © en Ciencias de la Educación, Universidad Simón Bolívar. Mg. en Derecho Penal Universidad Libre,
Máster en Derechos Humanos, Estado de Derecho y Democracia en Iberoamérica Universidad de Alcalá, España. Mg. en Educación
Universidad Pedagógica Nacional. Socio de la Fundación Internacional de Ciencias Penales FICP. Miembro de honor de la Fundación de
Victimología. Miembro Honorario Asociación Colombiana de Criminología.
Correo electrónico: ohuertasd@unal.edu.co
*** Magíster en Derec ho con prof undiz ació n en S ociol ogía y Polít ica C rimin al de la Uni versi dad N acion al de Colom bia. Abog ado de la Un iver-
sidad Nacional de Colombia. Investigador Observatorio de Política Criminal en Colombia e investigador Grupo de Investigación Escuela
de Derecho Penal Nullum crimen sine lege UN de la Universidad Nacional de Colombia.
Correo electrónico: irmoralesc@unal.edu.co
**** Abogado de la Universidad de Santo Tomás. L.LM Derecho Público Económico Universität Konstanz y Doctorando en Derecho
Público Universität Konstanz República Federal de Alemania. Líder del Gr upo de Investigación POLEMOS (COL0111291) de la
Corporación Universitaria de Sabaneta – UNISABANETA.
Correo electrónico: jose.trujillo@unisabaneta.edu.co
Resumen
La extinción de dominio es una acción constitucional, judicial, autónoma y real que declara la
pérdida del derecho de dominio en favor del Estado sin contraprestación ni compensación en favor
de su titular. Esta acción procede cuando los bienes han sido adquiridos mediante enriquecimiento
ilícito, en perjuicio del tesoro público o con grave deterioro de la moral social o cuando han sido
objeto de un delito o han sido utilizados para la comisión de actividades ilícitas. En este último su-
puesto se debe demostrar la utilización del bien con nes ilícitos (factor objetivo), y la aquiescencia
o la falta de cuidado y vigilancia por parte del titular del bien (factor subjetivo). Sin embargo, las
normas aplicables no establecen los requisitos de este factor, situación que ha provocado su nece-
saria creación por parte de la jurisprudencia.
Palabras clave: Buena fe, Derecho de dominio, Derecho penal, Extinción de dominio, Juris-
dicción penal.

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