Fiscalización minera - Actualidad y desafíos del derecho minero colombiano - Libros y Revistas - VLEX 650405541

Fiscalización minera

AutorLeonardo Güiza Suárez - Cristhian David Rodríguez Barajas - Sara Sofía Moreno - Eduardo Del Valle Mora - César A. Ipenza Peralta
Páginas309-330
309
XII. Fiscalización minera
1. Introducción
La scalización minera constituye una de las funciones principales a cargo
de la autoridad Minera y es una herramienta fundamental para la correcta
administración del recurso minero. Sin embargo, muchas veces esta labor
se diculta por la geografía, las condiciones de seguridad en ciertas zonas,
la falta de presupuesto adecuado y la ausencia de personal calicado para
llevarla a cabo.
Paralelo a lo anterior, los titulares mineros tampoco han contribuido
a facilitar la gestión. Si bien es obligación del titular minero contar con
toda su información actualizada, en la práctica no suele ocurrir. La falta de
costumbre hacia la scalización ha contribuido a una falta de organización
por parte del titular minero en torno a la información con la que cuenta, y
el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del título minero.
Dado lo anterior, a través de este capítulo, se establecerán las compe-
tencias y procedimientos de la autoridad minera en torno al ejercicio de
scalización y vigilancia de los títulos mineros otorgados en el país.
Uno de los puntos que genera preocupación en materia de scalización
es la poca capacidad institucional para llevar acabo esta labor de manera
rigurosa, ante el considerable aumento de solicitudes para celebrar contratos
de concesión en territorio colombiano. Además, cabe resaltar que debido
a las dicultades de la autoridades para ejercer un control directo sobre el
cumplimiento de las obligaciones del titular minero y la veracidad de sus
reportes, por lo general basta con la buena fe del titular manifestada en los
informes y reportes documentales que presente a las autoridades corres-
pondientes.
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2. Concepto
La scalización minera es una herramienta que le permite a las autoridades
monitorear y vigilar el cumplimiento de las normas y obligaciones contraídas
a través de un título minero, que son fundamento para la adecuada explo-
ración y explotación de los recursos naturales no renovables.
El proceso busca integrar tanto la evaluación documental, como las
visitas de campo, revisando, dependiendo de la etapa en la que se encuen-
tre el titular minero, los aspectos técnicos, jurídicos, ambientales, sociales,
económicos y de seguridad e higiene minera. La scalización es el meca-
nismo que le permite a la autoridad minera corroborar el contenido de la
información aportada por el titular minero en los diferentes documentos
(, /, Declaracin y Pago de Regalías, entre otros), cruzar dicha
información con la realidad reejada en el campo y de esta manera deter-
minar el verdadero estado de cumplimiento de las obligaciones. A manera
de ejemplo, no es solo obligación radicar un  en el plazo indicado por
la ley, sino que este debe reejar y ser concordante con los compromisos
adquiridos por el titular minero, ya sea en la etapa de exploración, de cons-
trucción y montaje, o de explotación. Suele ocurrir que el titular minero
incorpora la información existente a la fecha del  respecto del avance
de sus actividades en cualquiera de las etapas, sin tener en cuenta que dicha
información debe ser concordante con los compromisos exploratorios, de
construcción o de explotación ofrecidos durante la etapa de formulación de
la propuesta del título minero, o contenidos en el  o . Cuando esto
ocurre, el  necesariamente va a reejar una desviación entre lo compro-
metido y lo efectivamente realizado, olvidando el titular minero que la no
realización de los trabajos y obras establecidos en el Código Minero, o su
suspensin no autorizada por más de seis (6) meses continuos, constituye
una causal de caducidad del título minero.
La realización de una visita de scalización constituye entonces un
momento crucial y determinante para el titular minero, que debe ser pre-
parada con anticipación, con metodología y organización, de manera que
la visita de campo constituya simplemente un trámite más de vericación.
Y tal organización es posible en tanto que la autoridad minera acostumbra
antecederla de una comunicación jando su fecha y hora, sin perjuicio de
que la autoridad minera puede realizarla de manera sorpresiva. Un titular
minero preparado tiene la oportunidad de corregir las desviaciones existen-

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