De la fuerza pública - De la rama ejecutiva - Constitución Política de Colombia - Constitución Política de Colombia - Libros y Revistas - VLEX 513924966

De la fuerza pública

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas168-174

Page 168

ARTÍCULO 216. La fuerza pública estará integrada en forma exclusiva por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

Todos los colombianos están obligados a tomar las armas cuando las necesidades públicas lo exijan para defender la independencia nacional y las instituciones públicas.

La Ley determinará las condiciones que en todo tiempo eximen del servicio militar y las prerrogativas por la prestación del mismo.

CONCORDANCIAS:

· Constitución Política de Colombia: Arts. 1 al 3, 5, 9, 18, 95 al 97, 125, 189, 212 al 214, 217 y 219 al 222.

· Ley 1476 de 2011 : Por la cual se expide el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública.

Page 169

· Ley 1471 de 2011 : Por medio de la cual se dictan normas relacionadas con la rehabilitación integral de los miembros de la Fuerza Pública, alumnos de las escuelas de formación de las Fuerzas Militares y sus equivalentes en la Policía Nacional, personal civil del Ministerio de Defensa Nacional y de las Fuerzas Militares y personal no uniformado de la Policía Nacional.

· Ley 1407 de 2010 : Por la cual se expide el Código Penal Militar.

· Ley 694 de 2001 : Por medio de la cual se expiden normas para facilitar la deinición de la situación militar.

· Ley 684 de 2001 : Por la cual se expiden normas sobre la organización y funcionamiento de la seguridad y defensa nacional y se dictan otras disposiciones.

· Ley 683 de 2001: Por la cual se establecen unos beneicios a favor de los veteranos sobrevivientes de la Guerra de Corea y el Conlicto con el Perú y se dictan otras disposiciones.

· Ley 447 de 1998 : Por la cual se establece pensión vitalicia y otros beneicios a favor de parientes de personas fallecidas durante la prestación del servicio militar obligatorio y se dictan otras disposiciones.

· Ley 264 de 1996 : Por medio de la cual se conceden algunos beneicios a los reservistas del Ejército, Armada Nacional, Fuerzas de Policía y de la Fuerza Aérea Colombiana.

· Ley 48 de 1993 : Por la cual se reglamenta el servicio de Reclutamiento y Movilización.

JURISPRUDENCIA:

· SENTENCIA T-113 DE 20 DE FEBRERO DE 2009. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DRA. CLARA ELENA REALES GUTIÉRREZ. La política pública del Ejército Nacional en materia de reclutamiento de indígenas.

· SENTENCIA T-813 DE 4 DE JULIO DE 2000. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO . Expulsión de alférez de la escuela de cadetes por concebir un hijo estando como alumno.

· SENTENCIA C-022 DE 23 DE ENERO DE 1996. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. CARLOS GAVIRIA DÍAZ. Reconocimiento del 10% de puntos en el ICFES para bachilleres que presten el servicio militar.

· SENTENCIA T-451 DE 20 DE OCTUBRE DE 1994. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. JORGE ARANGO MEJÍA. El sólo hecho del matrimonio posterior al reclutamiento, no constituye causal eximente de la prestación del servicio.

· SENTENCIA C-406 DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 1994. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. JORGE ARANGO MEJÍA. Servicio militar, constitucionalidad de la ley 48 de 93.

ARTÍCULO 217. La Nación tendrá para su defensa unas Fuerzas Militares permanentes constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.

Page 170

Las Fuerzas Militares tendrán como inalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional.

La Ley determinará el sistema de reemplazos en las Fuerzas Militares, así como los ascensos, derechos y obligaciones de sus miembros y el régimen especial de carrera, prestacional y disciplinario, que les es propio.

CONCORDANCIAS:

· Constitución Política de Colombia: Arts. 1 al 4, 9, 95, 102, 102, 125, 150, 189, 173, 219 y 220.

· Ley 1699 de 2013 : Por medio de la cual se establecen unos beneicios para los discapacitados, viudas, huérfanos o padres de los miembros de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones.

· Ley 1476 de 2011 : Por la cual se expide el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública.

· Ley 1471 de 2011 : Por medio de la cual se dictan normas relacionadas con la rehabilitación integral de los miembros de la Fuerza Pública, alumnos de las escuelas de formación de las Fuerzas Militares y sus equivalentes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR