Glosario - Segunda Parte. La auditoría interna, los controles internos, riesgos y gobierno corporativo - Administración de riesgos E.R.M. y la auditoría interna - 2da edición - Libros y Revistas - VLEX 57887080

Glosario

AutorThe Institute of Internal Auditors (IIA)
Páginas329-333

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• Actividad de Auditoría Interna. Un departamento, división, equipo de consultores, u otro/s practicante/s que proporciona/n servicios independientes y objetivos de aseguramiento y consulta, concebidos para agregar valor y mejorar las operaciones de una organización. La actividad de auditoría interna ayuda a una organización a cumplir sus objetivos aportando un enfoque sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar la eficacia de los procesos de gestión de riesgos, control y gobierno.

• Añadir / Agregar Valor. El valor se genera mediante la mejora de oportunidades para alcanzar los objetivos de la organización, la identificación de mejoras operativas, y/o la reducción de la exposición al riesgo, tanto con servicios de aseguramiento como de consultoría.

• Apetito de riesgo. El nivel de riesgo que es aceptable para la Junta o la Dirección. Este puede ser establecido en relación a la organización como un todo para diferentes grupos de riesgo o en un nivel de riesgo individual.

• Debe. En las Normas, el uso de la palabra debe significa obligación.

• Código de Ética. El Código de Ética del Instituto de Auditores Internos (The Institute of Internal Auditors - IIA) es una serie de Principios significativos para la profesión y el ejercicio de la auditoría interna, y de Reglas de Conducta que describen el comportamiento que se espera de los auditores internos. El Código de Ética se aplica tanto a las personas como a las entidades que suministran servicios de auditoría interna. El propósito del Código de Ética es promover una cultura ética en la profesión global de auditoría interna.

• Conflicto de Intereses. Se refiere a cualquier relación que vaya o parezca ir en contra del mejor interés de la organización. Un conflicto de intereses puede menoscabar la capacidad de una persona para desempeñar sus obligaciones y responsabilidad de manera objetiva.

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• Consejo (Consejo de Administración / Consejo Directivo / Junta Directiva /Directorio). El término Consejo se refiere al cuerpo de gobierno de una organización, tal como el consejo de administración, el consejo de supervisión, el responsable de un organismo o cuerpo legislativo, el comité o miembros de la dirección de una organización sin ánimo de lucro, o cualquier otro órgano de gobierno designado por la organización, a quien pueda reportar funcionalmente el director ejecutivo de auditoría.

• Control. Cualquier medida que tome la dirección, el Consejo y otras partes, para gestionar los riesgos y aumentar la probabilidad de alcanzar los objetivos y metas establecidos. La dirección planifica, organiza y dirige la realización de las...

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