Hacia la aplicación del control difuso de convencionalidad en Colombia - Núm. 40, Enero 2014 - Revista del Instituto Colombiano de Derecho Procesal - Libros y Revistas - VLEX 631564548

Hacia la aplicación del control difuso de convencionalidad en Colombia

AutorJorge Andrés Mora Méndez
Páginas157-177
Jorge Andrés MorA Méndez
issn 2346 - 3473 • pp. 157-177 • Edición año 2014 • Bogotá, D.C. - Colombia 
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Jorge Andrés Mora Méndez**
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El presente escrito tiene como objetivo explicar la forma como el
control de convencionalidad ordenado por la Corte Interamericana
de Derechos Humanos puede ser aplicado en Colombia a petición
de parte a través de un pretensión u excepción en un conicto de
cualquier naturaleza o como consecuencia de la facultades ociosas
del juez. El método utilizado será el deductivo-analítico pretendiendo
hacer una propuesta de la aplicación del control difuso de convencio-
nalidad que permita garantizar el debido proceso para las partes en
juicio y legitimar el rol del juez en el debate procesal. Finalmente se
concluye que es necesaria la aplicación del control difuso de conven-
cionalidad por las autoridades judiciales y administrativas con el n
Fecha Recibido: abril 11 de 2014 • Fecha Aceptado: junio 24 de 2014
* El presente artículo de reexión es un avance del proceso de tesis de maestría en derecho
procesal de la Universidad Nacional del Rosario Argentina fuente directa la ponencia
presentada en el II Congreso Internacional de Derecho Procesal garantista y constitucional
desarrollado en la Ciudad de Medellín durante los días 12 al 16 de mayo del año 2014.
** Abogado, lósofo y especialista en Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica de la Universidad
Libre de Colombia, candidato a Magister en Derecho Procesal de la Universidad Nacional
del Rosario Argentina, con estudios de docencia universitaria, pedagogía constitucional y
pedagogía en derechos humanos de la Escuela de Formación para Docentes Universitarios
de la Universidad Libre, docente de derecho procesal de la Universidad Libre seccional
Bogotá, profesor visitante de la Universidad Nacional de Trujillo, Perú y de la especialización
en derecho procesal de la Universidad de Buenos Aires Argentina, Asistente Editorial de la
Revista Verba Iuris del Instituto de Posgrados de la Universidad Libre, conferencista nacional
e internacional y abogado adscrito a la rma Legal Assitance Group.
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Revista del Instituto Colombiano de Derecho Procesal • No. 
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de evitar futuras sanciones por violar las obligaciones consagradas en
Palabras clave: Control de convencionalidad, pretensión, excepción,
control difuso, bloque de constitucionalidad, precedente judicial.
A
is goal develops explain how the control of compliance ordered
by the Inter-American Court of Human Rights in Colombia can be
applied ex parte through an exception in a claim or dispute of any
nature or as a result of the informal powers judge. e method used
is deductive-analytical pretending to make a proposal for the appli-
cation of fuzzy control of conventionality which ensure due process
for the parties at trial and legitimize the role of the judge during the
hearing. Finally it is concluded that the application of fuzzy control
of compliance by the judicial and administrative authorities in order
to avoid future penalties for violating the obligations enshrined in the
American Convention on Human Rights is necessary.
Key words: Control of compliance, claim, exception, constitutional
block, judicial precedent.
I
Desde la óptica la losofía política el proceso puede ser considerado como la
mejor herramienta para la legitimación de un Estado, pues solamente a través
de él la sociedad respalda los procesos democráticos como consecuencia de la
sensación de justicia y equidad que genera un debate procesal transparente y
garante de los principios constitucionales y convencionales. Es precisamente
esta percepción la que inspira las líneas que se escriben y no la de ver en el
proceso un escenario de ritualismos y formalidades que tanto daño le ha hecho
al derecho procesal como rama jurídica autónoma e independiente.
Aclarado lo anterior, debe tenerse en cuenta que el mundo jurídico de
la actualidad presencia algunos fenómenos que lo diferencian de otros que
han tenido lugar en tiempos anteriores, tales como la internacionalización
del derecho, los continuos trasplantes jurídicos, el diálogo entre el derecho
anglosajón y el continental, la aparición de teorías de la argumentación en la
fundamentación de decisiones judiciales, el replanteamiento de la fuentes
primarias y secundarias del derecho, entre otros aspectos, que sorpresivamente
concurren al interior del debate procesal que surge ante cualquier juez de la
república sin importar la naturaleza del conicto intersubjetivo de intereses.

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