Arqueología de las historias de la Teoría del Estado y del poder - Núm. 29, Enero 2009 - Revista Iusta - Libros y Revistas - VLEX 71429839

Arqueología de las historias de la Teoría del Estado y del poder

AutorPaulo Ilich Bacca Benavides
CargoProfesor de la Universidad Santo Tomás, docente auxiliar de la Universidad Nacional de Colombia e investigador adscrito a la Unidad de Investigaciones Jurídicas Gerardo Molina (UNIJUS).
Páginas134-153

Agradezco los sugerentes comentarios de la profesora Luz María Sánchez Duque y del profesor Leopoldo Múnera Ruiz.

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Introducción

El presente artículo constituye una suerte de acercamiento crítico a algunas de las perspectivas más sobresalientes de la teoría del Estado y del poder. Esta aproximación parte de los paradigmas clásicos de la teoría del Estado y se pregunta, desde una perspectiva historiográfica, por las rupturas y las continuidades que moldearon la disciplina de estudio en el transcurso del siglo XX. El itinerario del escrito se encuentra dividido en dos excursos teóricos que sustentan la discusión: en el primero aparecerán las teorías del Estado de Kelsen, Weber y Marx, es decir, los paradigmas de la legalidad, la legitimidad y la dominación.

En el segundo aflorará la socio génesis del Estado en el mundo occidental a partir de la narración de Norbert Elias, aproximación que en buena medida puede ser considerada como una epistemología historiográfica para sustentar los postulados que derivan del primer excurso argumentativo; he ahí la razón que justifica que este segundo apartado, partiendo de Elias, se dirija a los sugerentes argumentos de Michel Foucault, los cuales servirán de sustento para cuestionar algunos de los supuestos más emblemáticos de la teoría política, que sirve de sustento al triunfante modelo del Estado de derecho, a saber: aquellos de la soberanía, la guerra, la coacción y el monopolio fiscal.

Del primer excurso surgirán tres metáforas que al calor de la voz de Borges y de la paráfrasis de Kafka, ubicarán a los paradigmas de la teoría del Estado del siglo XX como apéndices de la teoría literaria. La evidencia del segundo excurso tiene que ver con la relación entre política, historia y verdad, correspondencia a partir de la cual se plantea una crítica radical a la construcción estatal de subjetividades sociales "naturalmente" excluyentes. En este punto se le solicita al lector leer el apartado Monopolizar las resistencias, como una suerte de conclusión propositiva; este cierre se construye a partir de la teoría feminista del Estado, que reivindica la alteridad femenina como una posición vital de resistencia frente a la segregación profesada por buena parte de las teorías políticas, pero que al tiempo, reivindica las alianzas con los múltiples sectores de la sociedad acorralados por el statu quo. Se trata entonces de una arqueología que le pregunta a la teoría del Estado por los que están de más, por ende, aquéllos que están de menos.

Primer excurso: legalidad, legitimidad y dominación: la historia de tres metáforas en la teoría del estado y del poder

En el célebre epílogo a Otras inquisiciones, Jorge Luis Borges, afirmó que la metafísica es una rama de la literatura fantástica. A principios del siglo XX, Page 135 Franz Kafka, quizás sin proponérselo, se adelantó a Borges y planteó una ramificación literaria en la metafísica: la teoría del Estado y del poder del siglo que pasó, se convertía en rama de la literatura kafkiana. Al parecer se trataba de una cuestión de tiempo, pues hacia 1979, a sus ochenta años, Borges afirmaba en la Universidad de Belgrano que el tiempo sigue siendo para él el problema esencial de la metafísica.

En el mismo año que Kafka nació, murió Marx. Él se adelantó a la teoría1, faltaba aún algún tiempo para que naciera el género literario2. En Praga no sólo nació el creador del género, sino también el alum- brador de la potencia del Estado3. A sus ochenta y seis años, en Berkeley, este último parecía estar más cerca de Borges que de su tan célebre Teoría Pura del Derecho, de eso parece dar cuenta un verso -no tan aclamado- de su poema Carpe Diem: "[...] Por ello no debes preocuparte/ Siempre es hoy, nunca es mañana;/ El tiempo es ilusión [...]" (Kelsen).

Sin embargo, la potencia no es autómata y requiere de un motor que la dinamice; la máquina burocrática de "El Proceso" kafkiano se traduce a la teoría en la obra de Max Weber4. En su contexto enunciativo se puede entender por qué Gregorio Samsa, el personaje central de La Metamorfosis, se muestra indiferente ante la calamitosa situación de amanecer convertido en un insecto. Samsa revela su desasosiego en el hecho de que perdería el tren que tenía que tomar para ir al trabajo, en efecto, el tiempo de la máquina burocrática se caracteriza por ser cronológico y lineal, y su símbolo más representativo es, sin lugar a dudas, el reloj: perder tiempo es otra forma de perder dinero5.

Los tropos que se han venido enunciando serán abordados en los dos apartados siguientes, como historias particulares, de forma tal, a Kelsen le corresponderá narrar la historia de un exceso repetitivo, a Weber la historia de una agencia con sucursales múltiples y a Marx la de la industria de la "realidad". Las tres historias particulares son ramas de una historia fantástica de vasto aliento, cuyo nombre es literatura kafkiana. En Kafka, aunque se haga de forma transversal, aparecerán tres metáforas -una por cada historia. La legalidad surgirá en aquello que nunca llega, la legitimidad en la personificación de la legalidad y la dominación en la metamorfosis de la personificación. Posterior- mente, de forma breve, se analizarán los dispositivos que hacen posibles las metáforas, por lo tanto, Kelsen, Weber y el marxismo tendrán la posibilidad de dialogar y de plantear una última metáfora del tiempo, que al igual que en este primer excurso empezará en Borges y terminará en Kafka.

Estado y derecho: historia de una tautología

Detrás de todas las filosofías, incluidas las filosofías del derecho, se pueden rastrear horizontes políticos que las sustentan y las caracterizan teóricamente. El caso de Kelsen representa un sumario especial, Page 136 pues si bien es cierto que su obra ofrece los elementos para inferir dichos horizontes, ella también se encarga al mismo tiempo de diferenciar con ímpetu los márgenes entre la teoría del derecho y la teoría política. Para Kelsen, la teoría del Estado -entendida como teoría política- impide analizar al Estado uniformemente; para lograr dicho objetivo, Kelsen propone estudiar el Estado desde una perspectiva estrictamente jurídica. También considera que la teoría del Estado tradicional se equivocó cuando separó el mundo del derecho -entendido como norma- del mundo de la comunidad política -entendida como Estado- (Kelsen, 1969).

En su teoría pura del derecho, Kelsen (2003) enuncia su programa de teoría del Estado como una rama de su teoría jurídica. La producción de normas es una tarea específica del Estado, siempre y cuando éste sea comprendido como una especificidad de la universalidad del derecho6. Oponer Estado y derecho en Kelsen sería tanto como disolver la lógica binaria amigo-enemigo en Schmitt. Si llegara a existir división sería interna al derecho y, por lo tanto, estaría dentro del mismo Derecho:

Cualquier acto de cualquier órgano puede ser considerado como meramente parcial, en cuanto sólo en virtud de su conexión sistemática con otros contribuye a que se realice la única función que merece el calificativo de total, a saber: la del Estado en cuanto orden jurídico [...] Por de pronto debe establecerse que un Estado no sujeto a derecho es impensable. Puesto que el Estado sólo existe en actos estatales, es decir, en actos realizados por hombres que se atribuyen al Estado como persona jurídica (Kelsen, 1969/2003, pp. 234-315).

El orden jurídico del Estado o éste como orden jurídico, se encarga de diferenciar los sistemas normativos, estableciendo las coordenadas que los integran al gran Leviatán. La sociedad puede extenderse y parcializarse y, a la vez, el Estado dilatar o expandir su potencia, la cual ha de unificar todos los ordenamientos sociales. La sociedad puede quedar sin hombres y, en ese evento, el orden jurídico pervivir, pues es éste el que determina la conducta humana y no esta última al Estado. Kelsen logra intersubjetivar el orden jurídico desde adentro, es decir, determinar la conducta humana por los canales del Estado:

El Estado es el orden de la conducta humana que llamamos orden jurídico, el orden hacía el cual se orientan ciertas acciones del hombre, o la idea a la cual los individuos ciñen su comportamiento. Si la conducta humana orientada hacia este orden forma el objeto de la sociología, entonces dicho objeto no es el Estado. No hay un concepto sociológico del Estado además del jurídico (Kelsen, 1969, p. 224).

El poder deviene sustancia de Estado, los supuestos hobbesianos se actualizan y la potencia del monstruo renace. En Kelsen la teoría del poder queda subsumida en la teoría del derecho, por lo tanto, el horizonte político de su modelo de Estado sólo tiene posibilidad de surgir a través del Derecho positivo; la norma no sólo organiza el ámbito social, su canon, sino que, a su vez, también organiza el poder7. La primera metáfora kafkiana queda al descubierto: el Estado tiene las órdenes supremas del derecho, pero en "El Proceso" dichos mandatos se esconden en instancias superiores a las que difícilmente se tiene acceso.

Estado y legitimidad: historia de la oficina

Actualizar la validez jurídica del marco teórico kelseniano parece ser el gran dilema de la teoría del Estado en Max Weber. En primer lugar, la teoría Page 137 es construida a partir de varias perspectivas: como una suerte de historiografía del Estado, dirigida a indagar por la genealogía del Estado...

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