Ingresos - Título I. Renta - Libro primero - Estatuto tributario 2016 - Libros y Revistas - VLEX 599044018

Ingresos

AutorÁlvaro Jiménez Lozano
Páginas42-71
ÁLVARO JIMÉNEZ LOZANO
42
Nota

Nota      . Deducción de pagos efectuados al

Ley 1556 de 2012, por la cual se fomenta el territorio nacional como escenario
          

TÍTULO I
RENTA
CAPÍTULO I
INGRESOS
Artículo 26. Los ingresos son base de la renta líquida.
La renta líquida gravable se determina así: de la suma de todos los ingresos ordinarios y
extraordinarios realizados en el año o período gravable, que sean susceptibles de producir
un incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción, y que no hayan sido
expresamente exceptuados, se restan las devoluciones, rebajas y descuentos, con lo cual
se obtienen los ingresos netos. De los ingresos netos se restan, cuando sea el caso, los
costos realizados imputables a tales ingresos, con lo cual se obtiene la renta bruta. De la
renta bruta se restan las deducciones realizadas, con lo cual se obtiene la renta líquida.
Salvo las excepciones legales, la renta líquida es renta gravable y a ella se aplican las
tarifas señaladas en la ley.
Normas concordantes de este Estatuto. Artículo 24. Ingresos de fuente nacional.
Artículo 25. Ingresos que no se consideran de fuente nacional. Artículo 27
del ingreso. Artículo 28. Causación del ingreso. Artículo 58
Artículo 99      
. Determinación de la renta líquida. Artículo 299. Ingresos constitutivos de
ganancia ocasional. Artículo 300  
dos años o más. . Utilidades originadas en la liquidación de sociedades.
Artículo 302. Ganancias provenientes de herencias, legados y donaciones. Artículo
304. Gravamen a los premios en dinero y en especie. Artículo 305. Gravamen en
Artículo 786. Circunstancias especiales que deben
ser probadas por el contribuyente. Ingresos no constitutivos de renta.
Decreto 0187 de 1975, por el cual se dictan disposiciones reglamentarias en
materia del impuesto sobre la renta y complementarios. . Concepto de
ingreso que puede producir incremento patrimonial.
Decreto 2649 de 1993, por el cual se reglamenta la contabilidad en general y se
expiden los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en
Colombia. Artículo 39. Costos. Artículo 40. Gastos.
       
Empleo. . Apoyos económicos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional.
Nota: Véase artículo 56 
  Decreto 2440 de 2005,
  y 0788 de 2002 y se
 
interés social subsidiable.
Nota: Véase     . Impuesto sobre la Renta y
    
. Impuesto sobre la Renta y Complementarios Impuesto
a las ventas. Descriptores Ingreso Gravable Servicios Gravados.
ESTATUTO TRIBUTARIO 43
Artículo 27. Realización del ingreso.
Se entienden realizados los ingresos cuando se reciben efectivamente en dinero o en
especie, en forma que equivalga legalmente a un pago, o cuando el derecho a exigirlos
se extingue por cualquier otro modo legal distinto al pago, como en el caso de las
compensaciones o confusiones. Por consiguiente, los ingresos recibidos por anticipado,
que correspondan a rentas no causadas, sólo se gravan en el año o período gravable en
que se causen.
Código Civil. . Concepto de compensación. . Concepto de
confusión.
Se exceptúan de la norma anterior:
a) Los ingresos obtenidos por los contribuyentes que llevan contabilidad por el sistema
de causación. Estos contribuyentes deben denunciar los ingresos causados en el año
o período gravable, salvo lo establecido en este Estatuto para el caso de negocios con
sistemas regulares de ventas a plazos o por instalamentos.
Decreto 2649 de 1993, por el cual se reglamenta la contabilidad en general y se
expiden los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en
Colombia. Artículo 48. Contabilidad de causación o por acumulación.
Nota       ,
Sección Cuarta.
Nota:     

b) Los ingresos por concepto de dividendos o participaciones en utilidades, se entienden
realizados por los respectivos accionistas, socios, comuneros, asociados, suscriptores
o similares, cuando les hayan sido abonados en cuenta en calidad de exigibles. En
el caso del numeral cuarto del artículo 30 de este Estatuto, se entenderá que dichos
dividendos o participaciones en utilidades se causan al momento de la transferencia
de las utilidades al exterior, y
Decreto 3026 de 2013, por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto
Tributario.          
          
dividendos o participaciones en utilidades atribuidas a sucursales de sociedades

c) Los ingresos provenientes de la enajenación de bienes inmuebles, se entienden reali-
zados en la fecha de la escritura pública correspondiente, salvo que el contribuyente
opte por acogerse al sistema de ventas a plazos.
[]
Nota: El parágrafo del artículo 27 fue derogado por el artículo 78 de la  
2006.
Normas concordantes de este Estatuto. Artículo 24. Ingresos de fuente nacional.
Artículo 25. Ingresos que no se consideran de fuente nacional. Artículo 27
del ingreso. Artículo 28. Causación del ingreso. Artículo 58
. Determinación de la renta líquida. Artículo 299. Ingresos constitutivos de
ganancia ocasional. Artículo 300  
dos años o más. . Utilidades originadas en la liquidación de sociedades.
Artículo 302. Ganancias provenientes de herencias, legados y donaciones. Artículo
304. Gravamen a los premios en dinero y en especie. Artículo 305. Gravamen en
Artículo 786. Circunstancias especiales que deben
ser probadas por el contribuyente. Ingresos no constitutivos de renta.
Decreto 0187 de 1975, por el cual se dictan disposiciones reglamentarias en
materia del impuesto sobre la renta y complementarios. . Concepto de
ingreso que puede producir incremento patrimonial.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR