Inmunidad jurisdiccional - Los Estados y sus relaciones internacionales - Código de Derecho Internacional Público (Tomo I) - Libros y Revistas - VLEX 647774813

Inmunidad jurisdiccional

AutorHernando Sánchez-Sánchez
Páginas259-270
CONVENCIÓN DE LAS NACIONES
UNIDAS SOBRE LAS INMUNIDADES
JURISDICCIONALES DE LOS
ESTADOS Y DE SUS BIENES
New York, 2 de diciembre de 2004
Los Estados Partes en la presente Convención,
Considerando que las inmunidades jurisdiccio-
nales de los Estados y de sus bienes constituyen
un principio generalmente aceptado en el de-
recho internacional consuetudinario,
Teniendo presentes los principios de derecho
internacional consagrados en la Carta de las
Considerando que una convención interna-
cional sobre las inmunidades jurisdiccionales
de los Estados y de sus bienes fortalecería la
preeminencia del derecho y la seguridad jurí-
dica, particularmente en las relaciones de los
Estados con las personas naturales o jurídicas,
y contribuiría a codicar y desarrollar el dere-
cho internacional y a armonizar la práctica en
este ámbito,
Teniendo en cuenta la evolución de la práctica
de los Estados respecto de las inmunidades
jurisdiccionales de los Estados y de sus bienes,
Armando que las normas del derecho inter-
nacional consuetudinario seguirán rigiendo
las cuestiones que no estén reguladas por lo
dispuesto en la presente Convención,
Han convenido en lo siguiente:
Parte I
Introducción
Artículo 1
Alcance de la presente Convención
La presente Convención se aplica a la inmu-
nidad de la jurisdicción de un Estado y de sus
bienes ante los tribunales de otro Estado.
Artículo 2
Términos empleados
1. Para los efectos de la presente Convención:
a) Se entiende por “tribunal” cualquier órgano
de un Estado, sea cual fuere su denominación,
con potestad para ejercer funciones judiciales;
b) Se entiende por “Estado”:
i) El Estado y sus diversos órganos de gobierno;
ii) Los elementos constitutivos de un Estado
federal o las subdivisiones políticas del Estado,
que estén facultados para realizar actos en el
ejercicio de la autoridad soberana y actúen en
tal carácter;
iii) Los organismos o instituciones del Estado
u otras entidades, en la medida en que estén
facultados para realizar y realicen efectivamente
actos en ejercicio de la autoridad soberana del
Estado;
iv) Los representantes del Estado cuando ac-
túen en tal carácter;
F. Inmunidad jurisdiccional
II. Los Estados y sus relaciones internacionales
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