La interpretación sistemática y el principio de eficacia del contrato en los anticipos. - Núm. 2018, Enero 2018 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 702741513

La interpretación sistemática y el principio de eficacia del contrato en los anticipos.

AutorDerecho Justo

A juicio del Consejo de Estado, una entidad pública debe pagar el anticipo convenido en un contrato de compraventa en el que se pactó el término de duración en treinta días hábiles contados a partir de su legalización sin precisarse cuál de las partes debía cumplir primero con sus obligaciones, porque si bien el tenor literal de la cláusula se limita a establecer que el término de duración del mismo, sin precisar cuál de las partes debía cumplir en primer lugar con alguna de las obligaciones a su cargo y con qué límite temporal, lo cierto es que la entidad debía entregar el anticipo.

De acuerdo con el principio de interpretación sistemática la entidad se obligó a desplegar dos actividades: entregar el anticipo y entregar el saldo del precio de manera...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR