La Intervención del Estado en los Procesos Económicos en Colombia - Núm. 6, Junio 2008 - Revista Via Inveniendi et Iudicandi - Libros y Revistas - VLEX 42219218

La Intervención del Estado en los Procesos Económicos en Colombia

AutorSonia Patricia Cortés Zambrano
CargoDocente Universidad Santo Tomás Bogotá - Colombia

FECHA DE RECEPCIÓN: 30 DE ABRIL DE 2008

FECHA DE APROBACIÓN: 20 DE MAYO DE 2008

Identificación del Artículo: Reflexión Académica.

El Estado Social de Derecho

La constitución política de Colombia de 1991, presenta el Estado colombiano como un "Estado social de derecho organizado en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía en sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto a la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general."

Ahora bien, centremos nuestra atención en el contenido normativo de esta disposición constitucional, particularmente el señalamiento de Colombia como un Estado social, indudablemente nos encontramos frente a una cualidad del Estado mismo. Esta cualidad se refiere exclusivamente a la potestad del Estado de intervenir en el orden social.

Esta intervención, tiene como fin asegurar la seguridad y la libertad de los ciudadanos. Y por ello el Estado se convierte en un Estado administrador, en procura del cumplimiento de estos fines. Principalmente se busca una sociedad equilibrada en donde se erradique el desempleo y se haga una distribución equitativa de los bienes y servicios, con el fin de combatir la pobreza.

El Estado de Derecho, busca hacer realidad la subordinación del interés particular al interés general, en virtud a que el derecho es regla social, y por otra parte tenemos los principios de solidaridad y de justicia, que se levantan y se hacen grito en procura de la seguridad, igualdad y libertad de los ciudadanos.

Surge en nuestras sociedades la noción de Estado Neoliberal, y con ella importantes modificaciones a las funciones del Estado; privatización, reducción del Estado, impulso y flexibilización de las políticas económicas, y la desarticulación del Estado administrador.

Se hace evidente una pugna continua entre lo privado y lo público, generando problemas con el equilibrio estatal y social.

El Estado debe proteger la dignidad humana y el interés general de los ciudadanos, procurando posibilidades dignas de trabajo e implementando políticas que desarrollen el principio de solidaridad. Sin embargo nos encontramos frente a un conflicto de intereses, plasmados constitucionalmente, que son a su vez generadores de crisis al interior de la sociedad. Este conflicto de intereses se refiere a la presentación del Estado como Estado Social, y el modelo de Estado Capitalista o Neoliberal implementado igualmente en 1991.

Por un lado lucha el Estado en su función de interventor social en procura del bienestar general, ejecutando las políticas que han nacido a través de las leyes, y por otro lado, debe proteger el desarrollo económico de la sociedad, preservando la igualdad en el orden económico, que de alguna manera es un interés de clase.

Por esto nos encontramos frente a un Estado que se debate entre las exigencias del interés particular: La apertura económica, el neoliberalismo, el capitalismo; y el interés general, como función constitucional del Estado que además le exige : " ...servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la constitución; facilitar la participación de todos el las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación..."

La crisis se ha desatado inicialmente con la privatización de importantes entes del sector público, que al no cumplir con la finalidad social para la cual fueron constituidos, obligan al ciudadano a acudir al amparo Estatal, el cual ejerce derecho a intervenir, mediante los mecanismos de protección de derechos fundamentales, como lo son la Acción de Tutela, La Acción Popular, y La Acción de Grupo, que proporcionan amparo a los derechos fundamentales y derechos sociales constitucionales, que son los vulnerados generalmente por estas entidades.

De alguna manera esta crisis se manifiesta en el aumento indiscriminado de los índices de pobreza y miseria, el desempleo, la violencia, la violación a principios como igualdad social, solidaridad y justicia, ahondando la brecha que existe entre clases sociales, desvirtuando por completo la característica Social del Estado, y atentando en forma directa contra la democracia.

El Estado sustenta su decisión de privatizar, argumentando el incremento de eficiencia en la prestación de los servicios o bienes, pero como lo explica Luciano Parejo Alfonso (2000), "...no existe evidencia empírica (...) que permita afirmar la consecución del objetivo del aumento de la eficiencia. Con la descarga de los presupuestos se persigue indiferenciadamente la disminución de los gastos públicos, la reducción de la cuota del sector público en el sistema económico, el fortalecimiento de la economía de mercado y la potenciación por tanto, de la libre competencia en el mayor numero posible de actividades"

En este punto es preciso resaltar que el Estado no desconoce su responsabilidad respecto a la prestación de los servicios públicos por parte del sector privado, solo estamos ante la presencia de una transformación en la ejecución de la actividad administrativa, tendiente a propiciar de alguna forma la iniciativa privada en actuaciones propias de la administración estatal, sin ella desvincularse en razón a su función social.

Constitucionalmente el Estado Social, desarrolla igualmente su función en la llamada actividad económica de la sociedad. La constitución política de Colombia en sus artículos 333 y 334, dispone abiertamente que la actividad económica y la iniciativa privada son libres dentro de los límites del bien común, que la libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades, que la empresa tiene una función social que será promovida y estimulada por el Estado, que el Estado impedirá cualquier obstrucción a la libertad económica, y evitará o controlará cualquier abuso que hagan las empresas o personas, de su posición dominante en el mercado nacional, y por último que la dirección de la economía estará a cargo del Estado, y que éste intervendrá de manera especial, para dar pleno empleo a los recursos humanos, y asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos.

El Estado tiene constitucionalmente la obligación de satisfacer las necesidades básicas de cada individuo que integra la sociedad, en especial las de las personas que se encuentren frente a las demás en condiciones de debilidad. Esta misión del Estado se sustenta igualmente en sus políticas económicas y sociales, que siempre se encontrarán a punto de creación y desarrollo, en permanente movimiento y evolución, totalmente dependientes de los acontecimientos históricos, sociológicos, políticos, culturales, y en fin, constituye toda una fuerza integradora, un engranaje que trabaja potencializando la actividad del Estado, en procura del cumplimiento de los fines sociales constitucionales establecidos.

Por su naturaleza misma, el Estado figura como un ente organizador, que debe hacer de la democracia una realidad, es decir, debe posibilitar, hacer viable la participación de toda la ciudadanía en las decisiones que a todos conciernen, así como procurar la realización del principio de igualdad, características que hacen que pueda predicarse : "la Soberanía emana del pueblo" (VILLAR BORDA 2007).

¿Puede El Estado Social de Derecho intervenir en el campo económico?, Si. Y este sí, se sustenta en que el Estado es quien tiene el deber de organizar esta actividad en pro del interés general, y con la vigilancia constante, previniendo la violación de derechos constitucionales, con ocasión del desarrollo de la actividad económica, más aún cuando de ella emanan derechos consagrados en la carta, que merecen igualmente protección constitucional y legal. Por esto, se afirma, que el Estado constitucionalmente regula el ejercicio de la Libertad económica, teniendo la obligación de promover y facilitar la iniciativa privada, y protegiendo los intereses de las clases económicamente más débiles.

Colombia al igual que otros países, camina por los senderos de la globalización, de la apertura económica, social y cultural, y sin duda el Estado debe intervenir constantemente como organismo protector, y vigilante, generador de progreso, pero igualmente protector de nuestros intereses, de nuestra dignidad humana y nacional.

La apertura económica ha generado algunos efectos que muchos consideran perversos para nuestra economía entre ellos la pobreza, el incremento paulatino y desmesurado de la pobreza, pero por otro lado, encontramos la interacción cultural, el respeto y la tolerancia al pensamiento y las ideas pluralistas, y por su puesto, la facilidad de interactuar con el mundo, facilidad con la que desafortunadamente cuentan solo unos pocos, sea ya por factores económicos o por el déficit en la educación que como flagelo golpea duramente a nuestra sociedad.

Surgen los valores constitucionales que rescatando los derechos a la libertad económica y la libertad de empresa, construyen un pensamiento constitucional económico, puesto al servicio del Estado para la consecución de sus fines sociales.

La Economía y la Constitución

En la Constitución Política de Colombia de 1991, existe una rica fuente de normatividad, que emana de las disposiciones de orden económico, dándole al Estado la función constitucional de dirección de la economía y poniendo en...

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