Cuando el juez de un contrato estatal decrete la nulidad de este contrato, debe analizar si es posible que los efectos del contrato se retrotraigan al estado anterior mismo - Núm. 2016, Enero 2016 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 654709573

Cuando el juez de un contrato estatal decrete la nulidad de este contrato, debe analizar si es posible que los efectos del contrato se retrotraigan al estado anterior mismo

AutorDerecho Justo

La Corporación determinó que un juez de un contrato estatal, no puede decretar la nulidad absoluta del contrato, y ordenar la liquidación del mismo unilateralmente, cuando las prestaciones no pueden restituirse, sin contravenir las normas de nulidad contractual civil y estatal.

El Consejo de Estado explicó su postura indicando que, la nulidad absoluta del contrato, además de hacerlo desaparecer del mundo jurídico, genera como consecuencia que las cosas vuelvan al estado en que se encontraban antes de su celebración y, por lo mismo, cada una de las partes está en el deber de devolver a la otra lo que recibió como prestación durante la vigencia de aquél.

Del mismo modo, el Alto Tribunal señala que a pesar de que el contrato adolece de nulidad absoluta, resulta imposible retrotraer las cosas al estado en que se encontraban antes de su celebración, pues ello implica deshacer lo ejecutado por la Unión Temporal y que ésta -como contratista- devuelva los valores que le fueron pagados por el municipio de Cali por la ejecución del objeto contractual...

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