Liquidación del patrimonio social - Asamblea o junta de socios y administradores - Del contrato de sociedad - De las sociedades comerciales - Decreto 410 de 1975, por el cual se expide el Código de Comercio - Código de Comercio. Comentarios - Concordancias - Doctrina - Jurisprudencia - Libros y Revistas - VLEX 396732094

Liquidación del patrimonio social

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas261-294

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ARTICULO 225. REUNIONES DURANTE LA LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD. Durante el período de la liquidación la junta de socios o la asamblea se reunirá en las fechas indicadas en los estatutos para sus sesiones ordinarias. Asimismo, cuando sea convocada por los liquidadores, el revisor fiscal o la Superintendencia, conforme a las reglas generales.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· Código de Comercio: Arts. 181, 182, 207, 222, 223, 419, 422 al 426, 429 y 460.

· *Ley 1328 de 2009: Por el cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones.

· *Ley 1116 de 2006: Art. 49 num. 8.

· *Ley 489 de 1998: Art. 52 Pár. 2.

· Estatuto Orgánico del Sistema Financiero: Por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración.

· *Resolución Supersociedades No. 100-3085 de 2007: Arts. 2 num. 29 y 3 num. 6.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· CONCEPTO 220-139032 DE 21 DE NOVIEMBRE DE 2010. SUPERSOCIEDADES.

Generalidades del proceso de liquidación voluntaria de una sociedad.

· OFICIO 220-105755 DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2010. SUPERSOCIEDADES. A la asamblea corresponde el nombramiento del revisor fiscal y decidir la disolución y liquidación. Responsabilidad de los administradores.

· OFICIO 220-104525 DE 2 DE NOVIEMBRE DE 2010. SUPERSOCIEDADES.

Sociedad limitada - Responsabilidad de los socios.

· CONCEPTO 220-031890 DE 25 DE MAYO DE 2010. SUPERSOCIEDADES.

Acreencias laborales dentro de la liquidación voluntaria de una compañía.

· OFICIO 220-080638 DE 2 DE JUNIO DE 2009. SUPERSOCIEDADES.

Procedimiento a seguir frente a obligaciones contraídas con la DIAN y posibles deberes de una sociedad intervenida ante la superintendencia de sociedades.

· OFICIO 220-073135 DE 13 DE MAYO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. Aspectos relacionados con la liquidación privada y/ o judicial de una sociedad mercantil.

· OFICIO 220-045063 DE 3 DE MARZO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. No resulta jurídicamente viable repartir utilidades en una sociedad en etapa de liquidación.

· CONCEPTO 220-20117 DE 29 DE ABRIL DE 2005. SUPERSOCIEDADES. De la disolución y liquidación de sociedades.

· CONCEPTO 220-19564 DE 22 DE ABRIL DE 2005. SUPERSOCIEDADES.

Liquidación Voluntaria - Prelación para el pago de las obligaciones de una sociedad limitada.

· CONCEPTO 220-17733 DE 18 DE ABRIL DE 2005. SUPERSOCIEDADES.

Liquidación Voluntaria - No es posible establecer con anticipación el término de duración del proceso.

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· CONCEPTO 220-31966 DE 13 DE JULIO DE 2004. SUPERSOCIEDADES.

Procedimiento para liquidar sociedad comercial.

· CONCEPTO 220-31000 DE 7 DE JULIO DE 2004. SUPERSOCIEDADES

Revocatoria de la decisión de liquidar una sociedad.

ARTICULO 226. INFORMA SOBRE EL BALANCE E INVENTARIO EN LA LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD. Los liquidadores presentarán en las reuniones ordinarias de la asamblea o de la junta de socios estados de liquidación, con un informe razonado sobre su desarrollo, un balance general y un inventario detallado. Estos documentos estarán a disposición de los asociados durante el término de la convocatoria.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· Código de Comercio: Art. 460.

· *Ley 1328 de 2009: Por el cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones.

· *Ley 489 de 1998: Art. 52 Pár. 2.

· Estatuto Orgánico del Sistema Financiero: Por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· OFICIO 220-073135 DE 13 DE MAYO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. Aspectos relacionados con la liquidación privada y/ o judicial de una sociedad mercantil.

· CONCEPTO 220-76932 DE 20 DE NOVIEMBRE DE 2003. SUPERSOCIEDADES. Cómo proceder ante carencia de medios económicos y falta de colaboración de accionistas, con la liquidadora y el revisor fiscal en un proceso de liquidación privada de una sociedad anónima.

· CONCEPTO 220-38811 DE 10 DE JUNIO DE 2003. SUPERSOCIEDADES. Trámite de liquidación privada de una sociedad anónima.

· CONCEPTO 220-55989 DE 7 DE NOVIEMBRE DE 2002. SUPERSOCIEDAES. Liquidación de sociedades - Marco Legal.

ARTICULO 227. ACTUACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL COMO LIQUIDADOR ANTES DEL REGISTRO DEL LIQUIDADOR. Mientras no se haga y se registre el nombramiento de liquidadores, actuarán como tales las personas que figuren inscritas en el registro mercantil del domicilio social como representantes de la sociedad.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· *Ley 1328 de 2009: Por el cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones.

· *Ley 489 de 1998: Art. 52 Pár. 2.

· Estatuto Orgánico del Sistema Financiero: Por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· OFICIO 220-073135 DE 13 DE MAYO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. Aspectos relacionados con la liquidación privada y/ o judicial de una sociedad mercantil.

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· CONCEPTO 220-26023 DE 1 DE JUNIO DE 2004. SUPERSOCIEDADES.

Representación legal de la sociedad antes de elevar a escritura pública su disolución; renuncia del liquidador electo.

· CONCEPTO 220-23232 DE 19 DE MAYO DE 2004. SUPERSOCIEDADES. En ausencia del representante legal principal, el suplente debe actuar como liquidador principal.

· CONCEPTO 220-76932 DE 20 DE NOVIEMBRE DE 2003. SUPERSOCIEDADES. Cómo proceder ante carencia de medios económicos y falta de colaboración de accionistas, con la liquidadora y el revisor fiscal en un proceso de liquidación privada de una sociedad anónima.

· CONCEPTO 220-38811 DE 10 DE JUNIO DE 2003. SUPERSOCIEDADES. Trámite de liquidación privada de una sociedad anónima.

· CONCEPTO 220-31366 DE 15 DE MAYO DE 2003. SUPERSOCIEDADES. Representación de acciones del socio fallecido - Legalmente no se requiere especialidad alguna para desempeñar el cargo de liquidador de una sociedad.

ARTICULO 228. LIQUIDACIÓN DEL PATRIMONIO SOCIAL - MECANISMOS

- NOMBRAMIENTO DEL LIQUIDADOR. La liquidación del patrimonio social se hará por un liquidador especial, nombrado conforme a los estatutos o a la ley.

Podrán nombrarse varios liquidadores y por cada uno deberá nombrarse un suplente. Estos nombramientos se registrarán en el registro mercantil del domicilio social y de las sucursales y sólo a partir de la fecha de la inscripción tendrán los nombrados las facultades y obligaciones de los liquidadores.

Cuando agotados los medios previstos en la ley o en el contrato para hacer la designación de liquidador, esta no se haga, cualquiera de los asociados podrá solicitar a la Superintendencia de Sociedades que se nombre por ella el respectivo liquidador.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· Código de Comercio: Art. 334

· *Decreto Reglamentario 962 de 2009: Por el cual se reglamentan los artículos 5, numeral 9, 67 y 122 parcial de la Ley 1116 de 2006, sobre promotores y liquidadores.

· *Ley 1328 de 2009: Por el cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones.

· *Ley 489 de 1998: Art. 52 Pár. 2.

· *Ley 222 de 1995: Arts. 22 y 84.

· Estatuto Orgánico del Sistema Financiero: Por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración.

· *Circular Única Superindustria No. 10 de 2001: Arts. 1.5.3.1 y 1.7 del Título

VIII.

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DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· OFICIO 220-073135 DE 13 DE MAYO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. Aspectos relacionados con la liquidación privada y/ o judicial de una sociedad mercantil.

· OFICIO 220-044300 DE 27 DE FEBRERO DE 2009. SUPERSOCIEDADES. No es viable suprimir el cargo de gerente y el revisor fiscal de una sociedad, cuando la ley o los estatutos así lo impongan.

· CONCEPTO 220-25787 DE 23 DE MAYO DE 2005. SUPERSOCIEDADES. Ante qué autoridad se tramita el proceso de disolución y liquidación de una sociedad cuando los socios no están de acuerdo en hacerlo.

· CONCEPTO 220-76932 DE 20 DE NOVIEMBRE DE 2003. SUPERSOCIEDADES. Cómo proceder ante carencia de medios económicos y falta de colaboración de accionistas, con la liquidadora y el revisor fiscal en un proceso de liquidación privada de una sociedad anónima.

· CONCEPTO 220-31366 DE 15 DE MAYO DE 2003. SUPERSOCIEDADES. Representación de acciones del socio fallecido - Legalmente no se requiere especialidad alguna para desempeñar el cargo de liquidador de una sociedad.

· CONCEPTO 220-55989 DE 7 DE NOVIEMBRE DE 2002. SUPERSOCIEDAES. Liquidación de sociedades - Marco Legal.

· CONCEPTO 220-20267 DE 26 DE ABRIL DE 2002. SUPERSOCIEDAES. Los liquidadores en una liquidación voluntaria.

ARTICULO 229. LIQUIDACIÓN DIRECTA EFECTUADA POR LOS SOCIOS.

No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, en las sociedades por cuotas o partes de interés podrá hacerse la liquidación directamente por los asociados mismos, si éstos así lo acuerdan unánimemente. En ese caso todos tendrán las facultades y las obligaciones de los liquidadores para todos los efectos legales.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· Código de Comercio: Arts. 237 y 238.

· *Ley 1328 de 2009: Por el cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones.

· *Ley 489 de 1998: Art. 52 Pár. 2.

· Estatuto Tributario Nacional: Art. 665.

· Estatuto Orgánico del Sistema Financiero: Por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del...

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