La ley 581 de 2000 un cambio marginal en la inclusión de las mujeres en la vida pública. Un análisis del derecho desde la teoría de las instituciones - Núm. 3, Enero 2011 - Derechos Humanos. Cuadernos Digitales - Libros y Revistas - VLEX 478242486

La ley 581 de 2000 un cambio marginal en la inclusión de las mujeres en la vida pública. Un análisis del derecho desde la teoría de las instituciones

AutorLuisa Fernanda Toro
CargoAbogada
Páginas59-72

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Ver Nota12

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1. Introducción

Cuestión preliminar. La presente ponencia se fundamenta en un estudio interdisciplinario del derecho, en el marco del desarrollo de la clase denominada Teoría y Análisis de las instituciones, dentro de la Maestría en Estudios Interdisciplinarios sobre Desarrollo; y de la misma manera, conforma un avance de investigación dentro del proyecto denominado sobre acciones afirmativas y políticas públicas para la garantía de los derechos de grupos vulnerables, que a su vez hace parte de la línea de investigación sobre grupos vulnerables del grupo de investigación en Derechos Humanos “De las Casas” de la Universidad Sergio Arboleda.

En primer lugar es indispensable anotar que el presente trabajo constituye un análisis interdisciplinar del derecho, al incorporar elementos de la teoría institucional provenientes de la política, la economía. Conformando categorías de análisis que tienen un alcance que va mucho más allá de lo jurídico, hacen referencia a los efectos del derecho en la sociedad.

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Esto es en palabras de Aldana (1998) al realizar el prologo del texto denominado Metodología y Técnica de la Investigación Sociojurídica “Tratar un asunto difícil pero que se considera fundamental: La integración entre las normas jurídicas y la realidad social”.

En el mismo sentido Aldana (1998) señala cómo Giraldo (2005), muestra la interrelación existente entre las reglas informales y las normas jurídicas al señalar:

“Las instituciones culturales se dan como realidades empíricas, por lo que a su vez se vuelven objeto de conocimiento, siendo nuevamente trascendidas. Como tales, pueden ser modificadas para ajustarlas a las condiciones cambiantes de los pueblos, o a las nuevas metas que se considere que la institución debe alcanzar. Esta posibilidad es la que da origen al derecho, pues su objeto es precisamente el de regular los fenómenos que son relevantes para un Estado en un momento histórico determinado”.

El presente trabajo pretende hacer un análisis comparativo a través de elementos conceptuales y datos provenientes de segunda mano, que permita determinar en qué medida una acción afirmativa como lo es el sistema de cuotas implementado por la ley 581 de 2000, no constituye un elemento determinante para la consecución de un cambio cognitivo en el sentir social sobre lo que significa la participación activa de las mujeres en la vida pública.

De esta manera, se presentan las teorías de algunos autores del institucionalismo en ciencia política, sociología y economía, que explican lo que significa un cambio marginal o un cambio cognitivo frente al fenómeno de protección y garantía de no discriminación.

Finalmente se incorpora la importancia de la acción colectiva para la consecución del cambio, y a su vez la relación de está con la definición de la agenda pública que incentive la formulación de políticas públicas sostenibles que generen cambios reales o cognitivos y no meramente marginales.

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2. Metodología

La metodología abordada en este estudio, parte de un análisis teórico histórico, desde un enfoque de corte conceptual y alimentado el mismo, por análisis correlaciónales con insumos de fuentes secundarias, a partir de las cuales se adelantan precisiones y se emiten las conclusiones que en esta ponencia se describen.

De esta forma, se toman elementos planteados por varios autores como lo son Scott, March y Olsen y North y con base en éstos, se analizan unas herramientas que manifiestan, entre otros, el cambio institucional; las percepciones de cambio; la estabilidad de los arreglos institucionales; el aprendizaje adaptativo y la acción colectiva. Herramientas que dan luces para afirmar, que la posibilidad real de un cambio, tendiente a lograr la garantía de derechos, se da solo a partir de la transformación en el modelo mental o cognoscitivo de la sociedad, respecto de la inclusión de los asuntos de género en toda la agenda pública.

3. Resultados
3.1. La igualdad material y las acciones afirmativas

La Constitución Política de 1991 recoge un catalogo de derechos que incluye el derecho a la igualdad, es así como en el artículo 133la carta superior expresa un mandato del cual se desprenden obligaciones como 1)dar igual trato a los

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individuos que se encuentren en condiciones absolutamente iguales, 2)dar un trato diferente a los individuos que se encuentren en condiciones absolutamente diferentes, 3)una prohibición general de discriminación, y 4)un deber de promoción para la igualdad material (Bernal, 2009) .4Sobre el deber de protección para la igualdad material, la Corte Constitucional Colombiana ha señalado que las acciones afirmativas son medidas adoptadas a partir de contenidos normativos, que si bien discriminan para otorgar consecuencias jurídicas diferentes a ciertos grupos, buscan en últimas lograr la igualdad material de todos los grupos.5

La Corte Constitucional Colombiana señaló en la sentencia de tutela 1034 de 2008 que las acciones afirmativas encuentran sustento constitucional en tres aspectos, a saber:

- “La forma de Estado Social de Derecho según la cual las autoridades públicas no solo protegen los derechos subjetivos mediante la abstención, sino también a través de la actuación activa en esferas específicas (artículo 1)”;6

- La transición de la igualdad formal a la material , en virtud de la cual el Estado se obliga a adoptar medidas a favor de grupos discriminados o marginados (artículo 13);7

- Y la garantía de la efectividad de los derechos como fin esencial del Estado, por la cual resultan admisibles los tratamientos favorables a favor de personas en situación de debilidad manifiesta o grupos históricamente discriminados.8

Por su parte, las cuotas de género se definen como mecanismos a través de los cuales se aumenta la participación de la mujer tanto en política como en el ejercicio de cargos públicos y privados (Ríos, 2008). El...

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