Regímenes del IVA - Impuesto sobre las ventas - IVA - Cartilla Impuesto sobre la ventas IVA e Impuesto Nacional al Consumo INC 2014 - Libros y Revistas - VLEX 514055162

Regímenes del IVA

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena/Jaime Monclou Pedraza
Páginas125-131

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10. ¿Cuáles son los regímenes del IVA?

Son dos (2) los regímenes del IVA: i) el Régimen Simpliicado y ii) el Régimen Común.

10. 1 ¿Quiénes pertenecen al Régimen Simplificado?

Al Régimen Simplificado del IVA pertenecen las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y los ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados359.

Los productores de bienes exentos agropecuarios de que trata el artículo 477 del Estatuto Tributario pertenecen al régimen simpliicado del IVA, siempre y cuando cumplan con lo dispuesto en el artículo 499 del Estatuto Tributario360.

10.1. 1 ¿Qué condiciones deben cumplir las personas para pertenecer al Régimen Simplificado?

Las condiciones que deben cumplir las personas para pertenecer al Régimen Simpliicado son las siguientes:

  1. Que en el año 2013 hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a 4.000 UVT ($107.364.000 año 2013).

    ($109.940.000 Base 2014 UVT 4.000 a $27.485; Resolución DIAN 227 de 2013).

    ($107.364.000 Base 2013 UVT 4.000 a $26.841; Resolución DIAN 138 de 2012).

    Para efectos de lo anteriormente dispuesto, se entiende por ingresos brutos totales los provenientes del desarrollo de la actividad gravada del responsable. No forman parte de esta base los ingresos que provengan de hechos distintos al desarrollo de la actividad gravada, tales como los que corresponden a la enajenación de activos ijos del contribuyente o los ingresos extraordinarios provenientes de premios, rifas, herencias, etc.361.

  2. Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oicina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.

  3. Que no sean usuarios aduaneros.

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  4. Que no hayan celebrado en el año 2013 ni en el año en curso contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior a 3.300 UVT.

    (90.700.500 Base 2014 UVT 3.300 a $27.485; Resolución DIAN 227 de 2013).

    ($88.575.300 Base 2013 UVT 3.300 a $26.841, Resolución DIAN 138 de de 2012).

    5. Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones inancieras durante el año 2013 o durante el respectivo año no supere la suma de 4.500 UVT.

    ($123.682.500 Base 2014 UVT 4.500 a $27.485; Resolución DIAN 227 de 2013).

    ($120.784.500 Base 2013 UVT 4.500 a $26.841, Resolución DIAN 138 de 2012).

    6. Para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a $90.700.500, el responsable del Régimen Simpliicado deberá inscribirse previamente en el Régimen Común362.

10.1. 2 ¿Qué obligaciones tienen las personas que pertenecen al Régimen Simplificado?

Las personas que pertenecen al Régimen Simpliicado tienen las siguientes obligaciones:

  1. Inscribirse en el RUT.

    La exigibilidad de esta inscripción, para los responsables del IVA pertenecientes al Régimen Simpliicado inscritos en el Registro Nacional de Vendedores, tiene lugar desde el 1 de julio de 2005363.

    Desde el 1 de julio de 2005, existe la obligación de entregar en la primera venta o prestación de servicios a los adquirentes del régimen común, el documento en que conste la inscripción al régimen simpliicado364.

  2. Entregar copia del documento en que conste su inscripción en el régimen simpliicado, en la primera venta o prestación de servicios que realice a adquirentes no pertenecientes al régimen simpliicado, que así lo exijan.

  3. Cumplir con los sistemas de control que determine el Gobierno Nacional.

  4. Exhibir en un lugar visible al público el documento en que conste su inscripción en el RUT, como perteneciente al régimen simpliicado.

    Estas obligaciones empezaron a operar a partir del 1 de julio de 2005365.

  5. Quienes comercialicen bienes o presten servicios gravados perteneciendo al régimen simpliicado, deberán llevar el libro iscal de registro de operaciones diarias por cada

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    establecimiento, en el cual se identiique el contribuyente, esté debidamente foliado y se anoten diariamente en forma global o discriminada las operaciones realizadas. Al inalizar cada mes deberán, con base en las facturas que les hayan sido expedidas, totalizar el valor pagado en la adquisición de bienes y servicios, así como los ingresos obtenidos en desarrollo de su actividad.

    Este libro iscal deberá reposar en el establecimiento de comercio y la no presentación del mismo al momento que lo requiera la administración, o la constatación del atraso, dará lugar a la aplicación de las sanciones y procedimientos contemplados en el artículo 652 del Estatuto Tributario, pudiéndose establecer tales hechos mediante el método señalado en el artículo 653 del mismo366.

  6. Los responsables que se acojan al régimen simpliicado deberán manifestarlo expresamente ante la DIAN, al momento de la inscripción y en todo caso, a más tardar dentro del mes siguiente a la fecha de inalización del primer período gravable

    De no hacerlo así, la DIAN los clasiicará e inscribirá de conformidad con los datos estadísticos que posea367.

  7. A partir de julio de 2012, las personas del régimen simpliicado del IVA podrán realizar la formalización de la inscripción y actualización del RUT a través del portal de la DIAN, previa la veriicación de información que realizará el sistema. Lo anterior, siempre que no se modiique el régimen de IVA al cual pertenecen, ni se incluyan obligaciones como importador, ni la persona natural se convierta en representante legal de una sociedad.

    A partir del año 2013, la DIAN deberá...

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