Mirada jurisprudencial de la participación ciudadana en la política ambiental de la constitución política de Colombia de 1991 - Ámbitos del derecho: reflexiones sobre tendencias y problemas jurídicos en Colombia - Libros y Revistas - VLEX 652134789

Mirada jurisprudencial de la participación ciudadana en la política ambiental de la constitución política de Colombia de 1991

AutorRoberto Jiménez González
Páginas159-176
159
MIRADA JURISPRUDENCIAL DE LA PARTICIPACIÓN
CIUDADANA EN LA POLÍTICA AMBIENTAL DE LA
Roberto Jiménez González1
Resumen
El presente artículo es producto de una propuesta inves-
tigativa encaminada a determinar la importancia de la
política ambiental basada en los lineamientos expresados
por la Constitución Política de 1991, circunstancia que
según el Tribunal Constitucional como intérprete autén-
tico del Estatuto Básico, tiene una relación inescindible
con la vida digna, el derecho a la salud y a la participa-
ción ciudadana y otros aspectos de no menos valía, en
el marco que caracteriza a nuestro medio jurídico como
Estado social de derecho.
Abstract
is article is a proposed product research aimed at
determining the importance of environmental policy
based on the guidelines established by the Constitution
of 1991, a fact that according to the Constitutional
Court as authentic interpreter of the Basic Statute, has
an inseparable relationship with a decent life, the right
to health and public participation and other aspects of
1 Docente Investigador CUC Sergio Escalante Hernández, Estudiante
Semillero de Investigación CUC.
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no less value, in the context that characterizes our legal environment
and rule of law.
Palabras clave: Ambiente, derechos fundamentales, Constitución,
Estado.
Keywords: Environment, rights, Constitution, State.
Se acepta al medio ambiente sano como un derecho del cual son
titulares todas las personas, quienes a su vez se encuentran legitimadas
para participa r en las decisiones que puedan afectarlo y deben colaborar
en su conservación. En suma, el medio ambiente es un bien jurídico
constitucionalmente protegido cuya preservación debe procurarse no
sólo a través de acciones aisladas del Estado, sino con la concurrencia de
los individuos, la sociedad, la empresa y demás autoridades.
Corte Const itucional, Sente ncia C-595 de 2010
Los problemas ambientales como la contaminación de cuerpos de agua
como lagunas, ríos y mares, la progresiva desaparición por extinción de la
fauna y la ora, la conversión y alteración irrespirable de la atmósfera de
muchas grandes ciudades industrializadas y con polución, la disminución
de la capa de ozono, el sobrecalentamiento global o efecto invernadero, los
niveles excesivos de ruido, la deforestación masicada, el aumento de la
erosión, la utilización de productos químicos, el manejo irresponsable de
desechos industriales, la creciente lluvia ácida, los melones nucleares, el
empobrecimiento de los bancos genéticos del planeta, etc., hacen parte in-
tegral de los asu ntos que de forma integral merecen la atención responsable
de todas las personas y los Estados. Máxime cuando en un país como Co-
lombia hay un patrimonio natura l que es parte de lo que podríamos llamar
una riqueza natural de carácter universal, nos pertenece y debemos presér-
valo para las generaciones futuras, pues de dichas condiciones pende la
calidad de vida de nuestros descendientes.
Para abordar la presente temática, que también es un problema para el
derecho, resulta interesante lo planteado respecto a la denición de derecho
por diversos autores: Fernando Hinestrosa en su texto Manual de Obli-
gaciones (pp. 37 y 38) sostiene que “el derecho es un conjunto de normas

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