El monto de la cláusula penal debe ser proporcional al nivel de incumplimiento del contrato. - Núm. 2016, Enero 2016 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 649851353

El monto de la cláusula penal debe ser proporcional al nivel de incumplimiento del contrato.

AutorDerecho Justo

La Corporación decidió que el monto de la cláusula penal debe reducirse de acuerdo al porcentaje de cumplimiento del contrato.

El Alto Tribunal argumentó su postura, acogiéndose al principio de proporcionalidad y al artículo 1596 del Código Civil y el artículo 867 del Código de Comercio; en donde confirma que es posible graduar el monto de la cláusula penal, para lo cual debe tenerse en cuenta el nivel del cumplimiento del contrato.

Adicionalmente, precisó que no es posible cobrar una cifra superior a la que proporcionalmente corresponde al nivel de ejecución del contrato, pues los demás valores, como perjuicios o sobre costos, deben ser exigidos...

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