Organización del estado colombiano
Autor | Héctor Darío Arévalo Reyes |
Páginas | 147-157 |
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Organización del Estado colombiano
Existen varias categorías que debemos claricar antes con el n de com-
prender cómo está organizado el Estado en Colombia y como está instituido
el poder estatal:
• Teoría de la división del poder
• Régimen político
• Funciones del Estado
Teoría de la división del poder:
Reconocida también bajo la denominación de principio de separación de
poderes, se trata de una teoría propia del Estado moderno, que fue construida
por los lósofos de la Ilustración con la intención de limitar el poder del gober-
nante, bajo la suposición de que el poder por naturaleza tiende a desbordarse
y por consiguiente se requiere ponerle diques para que no lesione los derechos
de los individuos.
En relación a lo anterior, Colombia adhirió al sistema democrático, carac-
terizado fundamentalmente por la división del poder, tres grandes ramas: la
Legislativa, la Ejecutiva la y Judicial.
Artículo 113. Son Ramas del Poder Público, la legislativa, la ejecutiva, y la
judicial. Además de los órganos que las integran existen otros, autónomos e inde-
pendientes, para el cumplimiento de las demás funciones del Estado. Los diferentes
órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente
para la realización de sus nes.
Régimen político:
El régimen político puede asimilarse a las instituciones pertenecientes al
Estado y al modo como se relacionan entre sí con la sociedad.
Los regímenes políticos admiten varios criterios de clasicación:
• Según la legitimación del poder que prima: los regímenes pueden ser
democráticos o autocráticos.
• Según la distribución funcional del poder: podemos destacar sin agotar
las posibilidades los siguientes regímenes, por ser los más conocidos:
Régimen parlamentario y Régimen Presidencialista.
• Según la distribución territorial del poder: las formas de Estado pueden
ir desde el centralismo hasta el federalismo, que son las dos formas ex-
tremas, entre las cuales pueden presentarse formas intermedias.
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