Responsabilidad, perdón y justicia como manifestaciones de la conciencia jurídica universal - Núm. 8-1, Junio 2006 - Estudios Socio-Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 40550633

Responsabilidad, perdón y justicia como manifestaciones de la conciencia jurídica universal

AutorAntônio Augusto Cançado Trindade
CargoPh.D. (Cambridge) en Derecho Internacional; Juez y Ex Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Profesor Visitante del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario;
Páginas15-38

Palabras clave: Responsabilidad por la violación de derechos humanos, perdón, justicia. Responsibility for the violation of human rights, pardon, justice.

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Constituye para mí motivo de gran honor poder comparecer a esta ceremonia de incorporación, como profesor visitante, del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, por decisión de su ilustre Claustro. Esto me proporciona la oportunidad de volver a Colombia, país al cual me siento ligado por profundos lazos de afecto, y aquí ver de nuevo viejos amigos del mundo académico, y encontrarme con altas autoridades de la República aquí presentes. Me propicia, además, la ocasión de compartir algunas reflexiones con los profesores y estudiantes de la Universidad del Rosario, así como con los integrantes del Diplomado en los Sistemas Internacional y de Derecho Interno de Protección de Derechos Humanos copatrocinado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y la Universidad Nacional de Colombia, y con estudiantes de posgrado de la Pontificia Universidad Javeriana, de la Universidad Externado de Colom-Page 16bia, de la Universidad Autónoma de Colombia y de la Universidad de la Sabana, todos aquí reunidos en una demostración del noble espíritu de cooperación interinstitucional, de la verdadera universitas.

Extiendo al Claustro de la Universidad del Rosario, una de las más prestigiosas universidades de Colombia y de América Latina, que está completando 353 años de existencia y densa trayectoria cultural e intelectual, mis más sinceros agradecimientos por la alta distinción que me concede, en esta bella Aula Máxima, repleta de historia y pensamiento, distinción ésta que para mí se reviste de gran significación no sólo profesional, sino también personal. Extiendo mi reconocimiento a todo el Cuerpo Docente de la Universidad del Rosario, en las personas, aquí presentes, de su rector Hans Peter Knudsen Quevedo, su vicerrector José Manuel Restrepo Abondano, su canciller Jeannette Vélez, su decano de la Facultad de Jurisprudencia Alejandro Venegas Franco y su secretario general Luis Enrique Nieto Arango. Quisiera empezar evocando algunas muy breves reminiscencias, para en seguida pasar al tema de mi intervención en esta solemnidad, que me permito denominar "Responsabilidad, perdón y justicia como manifestaciones de la conciencia jurídica universal".

1. Algunas reminiscencias

Cuando, en 1989, ministré un Curso de Derecho Internacional Público en este distinguido Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, en el marco de la XX Sesión del Programa Exterior de la Academia de Derecho Internacional de La Haya, no podría imaginar que se iniciaba un ciclo académico que culminaría, 17 años después, con esta ceremonia del día de hoy, 26 de enero de 2006, motivo de gran honor para mí. En 1989 aquí comparecí en compañía del distinguido profesor don Diego Uribe Vargas, ex canciller de la República de Colombia y artífice de la construcción del derecho a la paz -presente igualmente a la ceremonia de hoy para mi particular satisfacción-, y, al final de la referida sesión de estudios de la Academia de La Haya, asistimos juntos al acto académico, realizado en esta misma Universidad del Rosario, de otorga de este mismo título de profesor visitante al profesor Daniel Bardonnet, un grand seigneur y nuestro amigo común, de la Universidad de París II, recientemente fallecido.

El profesor D. Bardonnet, además de eximio exponente de la mejor tradición de la escuela francesa del Derecho Internacional, era un cultor de las raíces culturales de los países de América Latina, dón-Page 17de dejó muchos amigos, entre los cuales don Diego Uribe Vargas y yo. Por estas y otras razones, profesionales y personales, el gesto con que hoy me honra, transcurridos 17 años, el Claustro de esta tan respetada Universidad, el Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, de otorgarme la misma titulación, me conmueve profundamente, al revivir en mi mente memorias tan gratas de personas queridas en un país hermano, con amplia y reconocida tradición jurídica, al cual me siento ligado por lazos de profundo afecto. Al rendir tributo a la memoria del gran jurista profesor Daniel Bardonnet, estoy seguro que doy expresión igualmente a los sentimientos de mi amigo don Diego Uribe Vargas, aquí presente.

Desde el mencionado Curso impartido en la Universidad del Rosario, en 1989, aquí en Bogotá, hasta la fecha, he tenido el privilegio de participar de todas las Sesiones del Programa Exterior de la Academia de La Haya, desde entonces realizadas en América Latina (a saber, Santiago de Chile, 1991; San José de Costa Rica, 1995; Montevideo, 1998; Ciudad de México, 2002, y Lima, 2005), y hoy día, en compañía de don Diego Uribe Vargas, tenemos el honor de representar América Latina en el Curatorium, órgano máximo de la Academia de La Haya. Para mí, el punto de partida de esta trayectoria fue dado aquí, en la Sesión Exterior de Bogotá, realizado en la Universidad del Rosario, en seguimiento al Curso temático que ministré en la sede de la Academia de La Haya, en la capital holandesa, en 1987.1

2. Doctrina Latinoamericana del Derecho Internacional

La respetable y reconocida tradición jurídica colombiana encuéntrase -a pesar de tantos conflictos que hace tanto tiempo flagelan el país2 - profundamente arraigada en su historia: hay una corriente que, a partir de las Cartas de Santander, evoca la concepción de una sociedad regida por las leyes, en búsqueda de la realización del Estado de Derecho.3 Muy pronto en la vida pública colombiana se sembró y diseminó, en el idioma de Castilla, gracias a la iniciativa y determinación de Antonio Nariño, la concepción escolástica Page 18 de la persona humana, y la doctrina emanada de la Declaración (francesa) de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.4 Este ideario nunca dejó de ser cultivado en Colombia, país de tan rica tradición jurídica, que, no sorprendentemente, vino a ser la cuna del sistema interamericano de derechos humanos. En esta misma ciudad de Bogotá se adoptó, en 1948, la Declaración Americana, que precedió en algunos meses la Declaración Universal de Derechos Humanos de diciembre del mismo año.

Un ilustre rosarista, don Alberto Lleras Camargo, ex presidente de Colombia (1945-1946 y 1958-1962), hoy reconocido como uno de los más distinguidos secretarios generales que la Organización de los Estados Americanos (OEA) ha tenido en toda su historia, retomó en principio del Estado de Derecho, en discurso de 14 de abril de 1958, y sostuvo el primado de los principios del derecho internacional sobre el uso de la fuerza,5 principio éste que, en sus propias palabras "forman parte principalísima de la tradición de la Cancillería colombiana".6 Para A. Lleras, el respeto de todos los derechos de la persona humana es una señal de los nuevos tiempos, a la luz y con la observancia de los principios de derecho internacional, para que no haga a uno a "retroceder en las extraordinarias conquistas adquiridas en más de medio siglo de experiencias afortunadas".7

Me complace reconocer en este auditorio, como representante del embajador Julio A. Riaño, embajador de Colombia en San José de Costa Rica y decano del Cuerpo Diplomático en la capital de aquel país-sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, su distinguida esposa. No podría eximirme de observar, en esta ocasión, por una cuestión de justicia, que, durante la media década de mi presidencia de la Corte Interamericana (1999-2004), y hasta la fecha, el embajador Julio Riaño ha sabido mantener con nuestro Tri-Page 19bunal un diálogo siempre fluido y constructivo, abierto y cordial, en medio al trámite de casos complejos relativos a Colombia, sometidos al conocimiento de la Corte.

Esto revela un admirable espíritu público de su parte -ejemplo para las nuevas generaciones de diplomáticos de su país-, en la búsqueda común de soluciones satisfactorias para dichos casos, teniendo presente el fin último del Estado (la realización del bien común), dentro de la más fina tradición de actuación de la Cancillería de San Carlos. Siempre recordaré la presencia atenta y serena del embajador Julio Riaño en episodios notables en la historia de la Corte, como, entre otros, en la ceremonia oficial de la lectura pública de la histórica y pionera Opinión Consultiva n. 16 de la Corte, sobre El derecho a la información sobre la asistencia consular en el marco de las garantías del debido proceso legal (del 01 de octubre de 1999), que ha servido de inspiración a la jurisprudencia internacional in statu nascendi sobre la materia. Fue una mañana de sábado inolvidable, en la antigua sala de audiencias de la Corte, digna de la más tradición del pensamiento jusinternacionalista latinoamericano.

Este gesto se repitió casi cuatro años después, en un acto público que convoqué para la noche del 25 de febrero de 2003, en la misma sala de audiencias donde se había realizado, un día antes, una histórica audiencia pública ante la Corte Interamericana. En medio de las noticias de la inminencia de una nueva guerra -movida por una autodenominada "coalición de Estados", al margen de la Carta de las Naciones Unidas y en flagrante violación del Derecho Internacional-, las delegaciones de doce países latinoamericanos comparecían ante la Corte Interamericana, como intervenientes o como observadores, en el ya célebre procedimiento consultivo que condujo a la Opinión Consultiva n. 18 de la Corte, sobre la Condición Jurídica y Derechos de los migrantes indocumentados (2003), hoy considerada por la doctrina contemporánea como una de las más bellas páginas de...

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