Política pública endógena de ordenamiento territorial en las zonas de reserva campesina: narrativas, contranarrativas y metanarrativas - Núm. 13, Julio 2013 - Nuevo Derecho - Libros y Revistas - VLEX 638148897

Política pública endógena de ordenamiento territorial en las zonas de reserva campesina: narrativas, contranarrativas y metanarrativas

AutorJulián Camilo Barreto García
CargoAdministrador público ESAP, especialista en análisis de políticas públicas y magister en políticas públicas de la Universidad Nacional de Colombia
Páginas89-104
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Política pública endógena de ordenamiento territorial en las zonas
de reserva campesina: narrativas, contranarrativas y metanarrativas
Julián Camilo Barreto García*
Resumen: El objetivo de esta propuesta, obedece a establecer los alcances y limitaciones de una política
pública de ordenamiento territorial en el contexto de conflicto interno, tomando como objeto de estudio las for-
mas de autogobierno asumidas por la Asociación de Campesinos del Valle del Río Cimitarra ACVC. El resultado
de este estudio tiene la función de proponer recomendaciones de políticas públicas en ordenamiento territorial,
que favorezcan las formas de autogobierno de bienes comunes en un contexto de conflicto interno.
Abstract: The objective of this proposal, has as purpose to stablished the possibilities and limitations of
a territorial order public policy within an intern conflict, the forms of self-government assumed by the peasant
Farmers Asociation of Valle del Río Cimitarra ACVC are the base of the study. The purpose of the study is to
provide recommendations about the territorial order public policy, to support the self-government of common
wealth under intern conflict conditions.
Palabras clave: Política pública, ordenamiento territorial, instituciones, conflicto interno, gobierno de
bienes comunes, zonas de reserva campesina, planes de desarrollo.
Keywords: Public policy, territorial order, institutions, intern conflict, government commons, peasant
reserve zones, development plans
Introducción
Los recursos naturales son quizás el bien
más preciado de la humanidad, pero a nivel
global el acceso a estos es limitado y ello ge-
nera conflic tos1 de toda índole en función de
su uso, apropiación y dominio2. En Colom-
bia, los recursos naturales abundan en todo
el territorio nacional3, pero la ausencia de
presencia institucional en el territorio causa
diversos conflictos, –entre otras razones–,
* Administrador público ESAP, especialista en análisis de políticas públicas y magister en políticas públicas de la
Universidad Nacional de Colombia. Docente catedrático asignatura política económica y social facultad de pregra-
do ESAP Bogotá. E-mail: camilobarreto13@gmail.com. Dirección: Carrera 2 No 16ª-38 Torre 2 Apartamento 204
(Bogotá). El documento es resultado del trabajo de grado por la cual obtuvo el autor el título de magister en políticas
públicas de la Universidad Nacional, el documento recibió la distinción meritoria bajo el título “Política pública de
ordenamiento territorial en Colombia: conflicto interno y gobierno de los bienes comunes” en el año 2013.
1 En esta propuesta abordaremos el “conflicto interno” en función del conflicto armado, concentración de la
tierra y conflicto ambiental.
2 Según el Banco Mundial (2011), más de 1.500 millones de personas viven en países afectados por conflictos
violentos. En Colombia, en el año 2003, los indígenas U’wa, llegaron al extremo de amenazar con suicidio masivo
si los despojaban del territorio en donde se pretendía explotar petróleo en límites de los departamentos de Boyacá
y Arauca. (El tiempo, 1998).
3 “Colombia tiene una superficie de 2.070.408 km2 de los cuales 1.141.748 km2 son área terrestre y 928.660
km2 marítima”. (DNP, 2001, p. 32). Según el reciente fallo del Tribunal Internacional de la Haya de noviembre de
2012, se dice que Colombia perdió alrededor de 100.000 Km2 equivalente al 10,7% de todo el territorio marino (El
Tiempo, 25 de agosto de 2013). Es el país del mundo con mayor biodiversidad por kilómetro cuadrado, con un total
de 3.357 especies de peces, anfibios, reptiles, aves, mamíferos y cerca de 41.000 especies de plantas. (Presidencia
de la República de Colombia, Instituto Alexander Von Humboldt)
INVESTIGACIÓN
Nuevo Derecho, Vol. 9, No. 13, julio-diciembre de 2013, pp. 89-104 - ISSN: 2011-4540. Envigado –Colombia
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Nuevo Derecho, Vol. 9, No. 13, julio-diciembre de 2013, pp. 89-104 - ISSN: 2011-4540. Envigado –Colombia
Julián Camilo Barreto García
por la dispersa distribución espacial de la
población y las asimetrías de integración de
corredores económicos entre las regiones
(Palacio, 2002; Serje, 2005).
Según el artículo primero, numeral segundo
de la Ley 388 de 1997, el ordenamiento terri-
torial en Colombia tiene como objetivo esta-
blecer el “uso equitativo y racional del suelo
y la preservación y defensa del patrimonio
ecológico y cultural”, pero la puesta en mar-
cha de este objetivo por parte del Estado, pre-
senta inconvenientes de tipo institucional, en-
tre los cuales se encuentra el reconocimiento
del conflicto interno4 sumado a aspectos de
índole administrativo, técnico y financiero5.
El conflicto interno en la política pública de
ordenamiento territorial, parece ser una va-
riable no tomada en cuenta, lo cual ocasiona
que la formulación de las acciones tratadas
por las instituciones gubernamentales, no
tengan los impactos esperados en la imple-
mentación de los objetivos propuestos con
los dispositivos normativos constitucionales
y legales6, lo cual denota un síntoma de fra-
gilidad institucional. Frente a esta debilidad
del Estado llaman la atención las siguientes
consecuencias:
Conflicto interno: La ocupación del territo-
rio por parte de grupos armados ilegales y el
despojo de tierras a campesinos por parte de
grandes terratenientes y narcotraficantes, lo cual
genera conflictos por el uso del suelo. A este
conflicto se suman las operaciones de empre-
sas mineras que contaminan suelos y aguas.
Gobierno de bienes comunes: Las Juntas
de acción comunal, asociaciones de cam-
pesinos, cooperativas, comités pesqueros y
demás tipos de organizaciones campesinas,
desarrollan planes, programas y proyectos
de ordenamiento territorial frente al uso y
ocupación del territorio.
Una primera consecuencia, es el conflicto
interno generado por la ocupación del te-
rritorio en cuanto el uso y aprovechamiento
del suelo que no ha tenido la suficiente ca-
pacidad de respuesta por parte del Estado
colombiano7. Es común ver en los medios de
4 En el transito del proyecto de ley de víctimas en el Congreso de la República se desarrollaron diversas discusio-
nes de tipo político en torno al reconocimiento del conflicto interno, principalmente por el argumento jurídico del
posible reconocimiento del status político de los grupos armados ilegales, en donde el eje crítico giró en torno a las
Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia FARC. (El Tiempo, 2011).
5 Arreglos institucionales normativos limitaron el gasto de las entidades territoriales y con ello la reducción del
aparato burocrático en estas, lo cual ha causado algunos traumatismos administrativos al adecuarse las organiza-
ciones a la función pública con personal reducido. Se pueden consultar el asunto de cada norma en la tabla anexo
normativas al final del documento, como lo son la Ley 550 de 1999, Ley 617 del 2000, Ley 715 de 2001, La Ley
1176 de 2007.
388 de 1997, Ley 489 de 1998, Ley 617 de 2000, Ley 715 de 2001, Ley 1176 de 2007, Ley 1454 de 2011 y Acto
legislativo 05 de 2011. Los asuntos de las normas se pueden consultar en el anexo tabla normativa.
7 El Estado colombiano en el tema de ordenamiento territorial ha formulado e implementado reformas agrarias en
función de redistribuir la concentración de la tierra, pero sus resultados no han sido los mejores. Citando a Ibañez
( 2011), Alfonso López Pumarejo realizó la primera reforma agraria con la Ley 200 de 1936 para la distribución de
territorios baldíos, estableciendo requisitos para la expulsión de arrendatarios, con lo cual pretendía protegerlos,
pero una causa inesperada de esta política fue mayor concentración y empoderamiento de los terratenientes al ser
los mayores beneficiarios de subsidios y asistencia técnica. La segunda reforma agraria la realizó Carlos Lleras en
1961 con la Ley 135 y consistió en asignación de terrenos baldíos, sin mucho éxito debido a que la expropiación de
tierras fue muy reducida, por lo que se reversó en 1962 con el denominado “Pacto de Chicoral”. La tercera reforma
agraria se realizó en 1994 por impulso de un programa internacional del Banco Mundial con base a vinculación al
mercado, pero el alcance de las medidas adoptadas fueron muy limitadas o de bajo impacto. Actualmente se desa-
rrollan propuestas de arreglos institucionales normativos a través de la propuesta de desarrollo agrario con enfoque
territorial de la mesa de conversación de La Habana, entre el Gobierno Nacional y las FARC.

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