Presentación electrónica de las declaraciones
Autor | Jorge Hernán Zuluaga Potes |
Páginas | 210-211 |
Page 210
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 579 de este Estatuto, el Director de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante resolución, señalará los contribuyentes, responsables o agentes retenedores obligados a cumplir con la presentación de las declaraciones y pagos tributarios a través de medios electrónicos, en las condiciones y con las seguridades que establezca el reglamento. Las declaraciones tributarias, presentadas por un medio diferente, por parte del obligado a utilizar el sistema electrónico, se tendrán como no presentadas. Artículo 579-2 E.T.
Deben presentar declaraciones y diligenciar los recibos de pago, en forma virtual a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, los contribuyentes, responsables, agentes de retencióny usuarios aduaneros señalados a continuación:
-
Los contribuyentes, responsables, agentes retenedores y demás declarantes calificados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como Grandes Contribuyentes,
-
Las entidades no contribuyentes señaladas en los artículos 23-1 y 23-2 del Estatuto Tributario,
-
Los usuarios aduaneros clasificados con alguna de las siguientes calidades, a excepción de las personas naturales inscritas en el Registro Único Tributario como importadoras:
-
Aeropuerto de servicio público o privado
-
Agencias de Aduanas
-
Agente de carga internacional
-
Agente marítimo
-
Almacén General de Depósito
-
Comercializadora Internacional (C.I.)
-
Depósito público o privado habilitado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales con carácter permanente
-
Exportador
-
Importador
-
Intermediario de tráfico postal y envíos urgentes
-
Operador de transporte multimodal
-
Operador Económico Autorizado
-
Titular de puertos y muelles de servicio público o privado
-
Transportador Aéreo, Marítimo o Terrestre de los Regímenes de Importación y/o Exportación
ñ) Transportista nacional operaciones de tránsito aduanero
-
Usuarios de zonas francas...
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