La Implementación del Principio de Ciudadanía universal en la Constitución de Ecuador de 2008 - Núm. 16, Julio 2013 - Revista Via Inveniendi et Iudicandi - Libros y Revistas - VLEX 521619422

La Implementación del Principio de Ciudadanía universal en la Constitución de Ecuador de 2008

AutorGermán Daniel Rodríguez Agudelo - Julián Antonio Navarro Hoyos
Cargo*Máster oficial en Modelos y Áreas de investigación en Ciencias Sociales, Universidad de País Vasco - Máster en Comunidades Europeas y Unión Europea del Real Instituto de Estudios Europeos de Zaragoza España
Páginas53-78

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Introducción

La Ciudadanía Universal se constituye como el reconocimiento al ejercicio de los derechos de los migrantes en el contexto de la globalización; dicho principio es producto de los propósitos de movimientos de migrantes periféricos en Europa quienes, por bastantes años, han solicitado el reconocimiento de derechos; sin embargo, en América Latina este tema no parecía estar en la agenda política, de allí la importancia de abordar su estudio, puesto que la Constitución de Ecuador de 2008 adoptó el principio de Ciudadanía Universal convirtiéndose en la primera nación del mundo en consagrar dicho principio, asumiendo así una postura vanguardista en el tema de la ciudadanía que plantea numerosos interrogantes desde el campo teórico.

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La adopción del principio de Ciudadanía Universal se inscribe como una realidad jurídica que surge de las corrientes del “Nuevo Derecho”, línea teórica que, entre otras cosas, pretende explorar críticamente la disciplina, desde planteamientos que cuestionan la vigencia de postulados tradicionales del Estado-nación frente al ámbito regulatorio. En este artículo, la consagración de la Ciudadanía Universal se plantea como una salida ante los retos que traza la globalización frente a la ciudadanía, por cuanto se hace necesario y evidente el reconocimiento de derechos de los ciudadanos globales.

Este escrito plantea una reflexión en torno a la consagración del principio de Ciudadanía Universal en la república de Ecuador; para ello, se intenta responder a la pregunta ¿cómo surgió la implementación del principio de Ciudadanía Universal en la Constitución de Ecuador de 2008? Lo que supone, en primer lugar, caracterizar la dimensión teórica de la ciudadanía y conceptual de Ciudadanía Universal; en segundo lugar, contextualizar el surgimiento de la institución a partir del nuevo constitucionalismo latinoamericano; en tercer lugar, identificar las causas internas ecuatorianas que llevaron a la adopción de dicho principio en la Constitución de 2008 y, en cuarto lugar, presentar los artículos de la Constitución ecuatoriana de 2008 relacionados con la movilidad humana, en especial, con el principio de la Ciudadanía Universal, para, posteriormente, presentar unas conclusiones.

De acuerdo con la naturaleza del problema y los objetivos, se pretende abordar el tema a partir de una investigación de tipo documental que parte de un diseño metodológico no experimental y constituye una investigación descriptiva, toda vez que se pretende caracterizar la realidad jurídica de la Ciudadanía universal y los detalles de su primer ejercicio de consagración constitucional. El estudio es cualitativo, pues se funda sobre el análisis de fuentes documentales y centra su atención, fundamentalmente, en el estado actual de la discusión jurídica y política.

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El tema resulta oportuno, por cuanto trata una de las tensiones más importantes que ha enfrentado el derecho tradicional a nivel global durante las últimas décadas. Además de las aristas estrictamente académicas, se trata de un tema de relevancia política fundamental, pues cuestiona la estructura del sistema-mundo colonial/moderno desde el referente jurídico-político de la ciudadanía. Asimismo, tiene una obvia relevancia a nivel nacional, en tanto que Colombia es un país emisor de migración precaria, cuya población en situación irregular se ve impedida para ejercer la ciudadanía en diferentes países del mundo, así como de acudir a cualquier mecanismo de exigibilidad en materia de derechos humanos; de igual forma, la adopción del principio de la Ciudadanía Universal por parte del Ecuador ha propiciado un aumento notorio de la diáspora colombiana en dicho país.

En ese orden de ideas, este artículo se organiza en cuatro secciones; la primera, plantea el aspecto teórico, donde se exploran diferentes acercamientos al tema para luego profundizar en una reflexión a propósito de la teoría del Hipergüeto, planteada por Wacquant (2007) y Bauman (2002); la segunda parte examina el contexto regional, especialmente en el nuevo constitucionalismo latinoamericano como posible marco interpretativo del proceso constituyente de 2008 en Ecuador; la tercera sección se enfoca en los factores que al interior de Ecuador influyeron en la adopción del principio de Ciudadanía Universal; finalmente, en la cuarta sección se detallan los artículos constitucionales relacionados con la implementación del principio a nivel constitucional, para terminar con unas consideración finales.

I Aproximación teórica al concepto de ciudadanía

El concepto de ciudadanía responde a un proceso en constante evolución acorde al modelo de Estado instaurado al interior de los distintos países del mundo, cuyo rasgo distintivo es la integración de personas a un grupo a partir de postulados tanto sociales, como políticos y jurídicos. La ciudadanía se encuentra ligada en la historia a la

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conformación del Estado, puesto que es notorio su avance en la cultura griega, romana, en la época del Cristianismo, en la edad media, el Renacimiento, la modernidad y en la época contemporánea (Horrach Mirales, 2009). No obstante a ello, la noción de ciudadanía se relaciona con la modernidad y la conformación del Estado-nación, la consolidación de la participación democrática y el desarrollo industrial, económico y cultural de las sociedades.

Por tanto, se hace necesaria una precisión preliminar, pues la ciudadanía, como forma organizativa y de reconocimiento al individuo dentro de una sociedad, no es un concepto nuevo, sino que ha estado presente a lo largo de la historia humana. Ese concepto ligado a la historia del hombre, en el contexto de la globalización -caracterizada por la flexibilización de las fronteras entre Estados, los flujos de migrantes y el constante cambio en los conceptos básicos del Estado-nación de la modernidad- se ve trastocado y tendiente a seguir su evolución (Salazar Benitez, 2005); por lo que se llega afirmar que:

Una de las consecuencias de la globalización son los flujos migratorios que dan como resultado el nacimiento de sociedades multiculturales. La ciudadanía, pensada como estatus de pertenencia a un Estado nación, señala la línea de exclusión de los derechos de aquellos que no son considerados ciudadanos (Sobrados León, 2008, p.12).

Entonces, los pilares básicos del Estado-nación característico de la modernidad llevan a un encuentro con el ascendente orden político y económico del mundo actual, lo que, consecuentemente, ha liberado una crisis y la transformación de la noción moderna de ciudadanía (Lavolpe , 2008).

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Para Kymlicka & Norman (1997) la ciudadanía consiste en asegurarle a cada persona su membrecía dentro de una sociedad, sin distinción de su tendencia ideológica o cualquier otro comportamiento inherente a la humanidad.

Tres son los elementos más relevantes de la ciudadanía; el primero de ellos es la participación, puesto que cada ser humano es miembro activo de la sociedad en la que se encuentra; el segundo son los derechos, ya que todos los seres humanos son sujetos de derechos y obligaciones sin distinción alguna; y como tercer elemento se tiene la pertenencia, correspondiente a la situación del reconocimiento de un status dentro de una sociedad determinada (Aguilera Portales, 2011).

Marshall (1997), desde un punto de vista sociológico, centró su atención en la ciudadanía dándole a esta un carácter multifacético conformada por tres elementos; civil, político y social. Para Marshall la construcción de un concepto de ciudadanía responde a un proceso histórico comprendido por diferentes etapas que le dieron a las personas un reconocimiento al ejercicio de sus derechos y obligaciones en la sociedad, por tanto, los derechos civiles del siglo XVIII responden al reconocimiento de derechos básicos de la persona, como lo son el acceso a la justicia, al buen nombre, el debido proceso, entre otros; los derechos políticos del siglo XIX corresponden al acceso a la participación ciudadana en la sociedad, donde se identifican el derecho a la asociación, al sufragio, la libertad de expresión; por último, lo derechos sociales culminan el proceso histórico de formación de la ciudadanía y en estos se reconoce a las personas la titularidad y ejercicio de derechos que corresponden al entorno en que se desenvuelven los seres humanos.

Emanuel Kant planteó en siglo XVIII el tema de la ciudadanía mundial como un derecho basado en la hospitalidad, según el cual, un extranjero no podría ser tratado con hostilidad por el solo hecho de llegar a un territorio ajeno.

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El derecho a presentarse en una sociedad se funda en la común posesión de la superficie de la tierra; los hombres no pueden diseminarse hasta el infinito por el globo, cuya superficie es limitada, y, por lo tanto, deben tolerar mutuamente su presencia, ya que originariamente nadie tiene mejor derecho que otro a estar en determinado lugar del planeta (Kant, 2003, p. 11).

El contexto de estos planteamientos tiene que ver con varias cosas, entre ellas, colonialismo, el racionalismo, el surgimiento de la modernidad y, por supuesto, el nacimiento del idealismo alemán, dentro del cual se supondría que existe un espíritu de la historia que conduce los designios humanos para mejor. Hacia 1920 Hans Kelsen retoma algunos de esos planteamientos (Kelsen, 1920) y los expone con una mayor complejidad...

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