El proceso de la admisión y la facturación - Facturación y auditoría de cuentas en salud - 5ta edición - Libros y Revistas - VLEX 631757625

El proceso de la admisión y la facturación

AutorMauricio Leuro Martínez - Irsa Tatiana Oviedo Salcedo
Cargo del AutorMédico Cirujano - Enfermera. Especialista en Gerencia de las Organizaciones de Salud
Páginas47-68
Admisiones es el proceso inicial y de gran importancia para la facturación en los
servicios de salud.
Su notable importancia radica en ser la puerta de entrada de los usuarios que
asisten a la IPS. Es el sitio y el momento de verdad en cual se identica tanto al
usuario como al responsable del pago, de acuerdo con los parámetros establecidos
en la normatividad vigente y en los contratos o convenios establecidos para la
venta de servicios de salud.
Capítulo 4
El proceso de la admisión y la facturación
48 FACTURACIÓN & AUDITORÍA DE CUENTAS EN SALUD
La Constitución Política de Colombia60 y el Sistema General de Seguridad Social
en Salud61 tienen como principio la atención de toda la población62 del país para
los servicios de salud, este concepto contempla implícitamente la creación de
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Artículo 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la
seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no
ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expre-
sión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral,
secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán
también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las Leyes y en los tratados
internacionales raticados por Colombia.
Artículo 46. El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de
las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El
Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en
caso de indigencia.
Artículo 47. El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social
para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especia-
lizada que requieran.
Artículo 48. La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará
bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eciencia,
universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley. inciso segundo, “Se garantiza
a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la seguridad social.” Artículo 49, “La atención
en salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a
todas las personas el acceso a los servicios de promoción y recuperación de la salud.”
Artículo 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo
del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección
y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación
de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de
eciencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de
servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, estable-
cer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los
aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la Ley. Los servicios de salud se
organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comu-
nidad. La Ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes
será gratuita y obligatoria. Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su
salud y la de su comunidad.
Artículo 50. Todo niño menor de un año que no esté cubierto por algún tipo de protección o de
seguridad social, tendrá derecho a recibir atención gratuita en todas las instituciones de salud
que reciban aportes del Estado. La Ley reglamentará la materia.
61 Ley 100 de 1993, Artículo 2°. Principios. “El servicio público esencial de seguridad social se
prestará con sujeción a los principios de eciencia, universalidad, solidaridad, integralidad,
unidad y participación,.. Literal b: Universalidad. Es la garantía de la protección para todas las
personas, sin ninguna discriminación, en todas las etapas de la vida;”
62 Ibídem. Artículo 152. Objeto. Inciso segundo, “Los objetivos del Sistema General de Seguridad
Social en Salud son regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso
en toda la población al servicio en todos los niveles de atención.”

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