La concepción de la propiedad privada contenida en la ley de tierras de 1936 - Núm. 108, Enero 2008 - Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas - Libros y Revistas - VLEX 213780013

La concepción de la propiedad privada contenida en la ley de tierras de 1936

AutorPaulo Bernardo Arboleda Ramírez
CargoInvestigador de la Facultad de Derecho de la Universidad de Medellín
Páginas99-121

La concepción de la propiedad privada contenida en la ley de tierras de 19361

The Conception of the Private Property Contained in the Colombian Lands Law of 1936

La conception de la propriété privée contenue dans la loi de terres colombienne de 1936

Paulo Bernardo Arboleda Ramírez2

    Este artículo fue recibido el día 31 de marzo de 2008 y aprobado por el Consejo Editorial en el Acta de Reunión Ordinaria No. 7 del 15 de mayo de 2008.

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"Construir una democracia verdadera e instaurar sólidamente la libertad no son empresas que puedan coronarse en corto tiempo y con parco esfuerzo. Y menos aún en estas tierras de la América India"3.

Carlos Lleras Restrepo

Abreviaturas

B.N. Biblioteca Nacional de Colombia (Bogotá-Colombia)

ACR Anales del Congreso de la República de Colombia

CSJ Corte Suprema de Justicia

B.L.A.A. Biblioteca Luís Ángel Arango, Banco de la República (Bogotá-Colombia)

Ed. Edición

Edit. Editorial

Introducción

En el presente trabajo se analizará el concepto de propiedad contenido en la ley 200 de 1936 (ley de tierras), la cual es un desarrollo del artículo 10 del Acto Legislativo 01 del mismo año. En este sentido, el tema planteado se trabajará respondiendo al interés en aplicar a una figura jurídica en particular los fundamentos de la historia del derecho, con la finalidad de resaltar la importancia de los estudios en esta área de la investigación jurídica en el medio académico, de manera completa y rigurosa (características primordiales para una labor iushistórica de calidad).

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En el desarrollo temático del texto se presenta un plan de lectura por subcapítulos con la finalidad de permitir una comprensión adecuada por parte del lector de los temas que se analizan en el artículo. De este modo, los subcapítulos mencionados en el sumario se orientarán a describir el contexto jurídico y político de la década del treinta del siglo XX en Colombia: reforma agraria y propiedad. Además, se analizarán las concepciones de la propiedad privada en la normativa colombiana en el mismo período. Finalmente, se presentan unas conclusiones que responderán el interrogante que justifica este texto: ¿Cuál es la concepción de la propiedad privada en la ley de tierras de 1936?

Un estudio adecuado de la historia del derecho en Colombia supone, como punto de partida, un riguroso rastreo documental4 sobre el texto político, económico y social de una determinada época y asunto jurídico que se pretenda reconstruir y sistematizar, con la finalidad de mostrar una de las intenciones del historiador del derecho en comprender los intereses que promovieron la elaboración y la creación del derecho. Por tanto, si se procura concebir las transformaciones del derecho privado en Colombia en la década del treinta del siglo XX, se hace indispensable consultar el ordenamiento jurídico, el material doctrinario y de prensa de la época, que permitan ofrecer explicaciones precisas del alcance y la concepción de la propiedad en la ley de tierras de 1936.

Un ejemplo del rastreo documental es el que se desarrollará en el presente artículo, en el cual se analizarán los debates parlamentarios del proyecto de ley de tierras, artículos de prensa de 1936, doctrina sobre el derecho a la propiedad, sentencias de la CSJ y el Acto Legislativo No. 1 de 1936 que vino a formar parte de la Constitución Nacional de 1886.

De esta manera, un estudio iushistórico comporta una historia del texto, es decir, una búsqueda de la "realidad" que se encuentra en los libros de la época y en los archivos históricos, y no la "realidad" de los acontecimientos históricos ocurridos en un siglo determinado. Por esta razón, este artículo es un análisis sobre el texto-

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contexto y no es una reflexión sobre el contexto, puesto que se estaría haciendo historia general.

Así pues, es importante aclarar que la labor del iushistoriador no es la de hacer historia profesional; por el contrario, es la de fortalecer la memoria del derecho y del jurista5 mediante el descubrimiento de los elementos jurídicos en el tiempo, con el fin de describir, comprender o conocer situaciones jurídicas pasadas que formaron parte de un entorno determinado, para así, construir un derecho coherente y lógico atento a las necesidades sociales que le son propias.

Al respecto dice García Gallo:

Fundamentalmente jurídica es la orientación que centra su atención en el derecho, y trata de conocer esto no sólo en su estado actual sino en el pasado, para saber cómo ha nacido y se ha desarrollado hasta llegar a ser el que hoy es. No se trata aquí de completar el panorama cultural de cada época, sino de profundizar en el conocimiento del derecho examinándolo en su dimensión histórica. Concebida de esta manera la historia del derecho es por su finalidad y contenido una ciencia jurídica que opera auxiliada por el método histórico6.

En este orden de ideas, se analizará el concepto de la propiedad privada en la ley 200 de 1936. Esta norma jurídica establecía que para que alguien acreditara la propiedad sobre un predio debía probar la existencia de un título originario expedido por el Estado o probar los títulos inscritos otorgados con anterioridad a la ley de tierras7. Además, la ley 200 asignó al Estado la función de resolver los

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conflictos agrarios8 que habían trascendido al escenario político en los años treinta del siglo XX.

Sobre la prueba de la existencia de un título originario expedido por el Estado, se lee en un artículo escrito en un diario de amplia circulación de la época la siguiente proposición jurídica: "la calidad de propietario privado del respectivo globo de terreno sólo podrá acreditarse con la plena prueba de haber salido el terreno legítimamente del patrimonio del Estado (...)"9, prueba que sí sería fácil de obtener como es el caso de un título de adquisición -una escritura pública- que hubiese sido expedido antes de 1936.

Entonces, se resalta la importancia de analizar el concepto de propiedad en la teoría jurídica del decenio en comento, en el cual se originaron las luchas por la posesión y la tenencia de las tierras por partes de los campesinos y de los indígenas.

1. Contexto jurídico y político de la década del treinta del siglo xx en Colombia: reforma agraria -propiedad privada

En la labor del historiador del derecho es de vital importancia la rigurosidad en el manejo de los conceptos, las figuras y las instituciones jurídicas, puesto que un trabajo en investigación tiene que orientarse bajo unos lineamientos espacio-tem-

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porales10 (clave histórica o manejo prudente de los anacronismos) que permitan desarrollar el tema iushistórico desde el contexto jurídico y político de la época que se estudia.

De este modo, se presenta una breve descripción del contexto político, en sentido amplio, de la década del treinta, en particular la de 1936. En dicho período la violencia surgió a consecuencia del levantamiento en armas de los campesinos motivados por la marcada tendencia latifundista de repartición de la tierra en la época11. Es así, como el trasegar político del país se ha caracterizado por la lucha constante de ostentar el poder, ya sea para mantener intereses de grupos económicos de gran influencia, o para hacer oposición, armada o pacífica, para la desarticulación del sistema político vigente.

En consecuencia, la violencia se agudizó aproximadamente en los años treinta, momento histórico del ascenso al poder del partido Liberal, que se conoce como la Segunda República Liberal (1930-1946). Este partido político aprovechó el desprestigio institucional que sufrió el movimiento Conservador, a razón de varias matanzas dirigidas por el gobierno contra organizaciones obreras y estudiantiles, en particular la matanza de las bananeras en el año de 1928 en la región del Magdalena Medio.

Así las cosas, los liberales guiaron los destinos de la patria en un período de diez y seis años, los necesarios para que el descontento de la población se orientara hacia la consecución de una compleja reforma agraria, a la que los terratenientes pusieron obstáculos, justificados en la inconveniencia que les crearía para la acumulación de capital y el mantenimiento de su elevado nivel de vida. Se debe tener en cuenta que la mayor parte del territorio era rural, que sus habitantes eran campesinos sin tierra y agricultores desplazados que no podían sembrar sus cultivos (en esta época se inicia el proceso de desplazamiento de habitantes del campo a la ciudad).

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En este contexto, los esfuerzos progresistas de algunos gobiernos liberales no llegaron a fructificar aunque se hayan traducido en leyes. Tal es el caso del gobierno de Alfonso López Pumarejo, llamado de la "Revolución en Marcha", quien en 1936 presentó en el Congreso de la República la llamada ley 200 sobre el régimen de tierras, al tiempo que se reformó la Constitución en materia de la concepción de la propiedad privada.

En concordancia con lo anterior, el contexto coyuntural de la ley 200 de 1936 estuvo influenciado por una alta presión de los campesinos y por la necesidad de una pronta intervención del Estado sobre los conflictos que ya se presentaban entre pequeños colonos y terratenientes por la posesión de hectáreas que los primeros habían destinado a la producción. Con esta ley se pretendía dar un impulso sustancial a la utilización económica del suelo, clarificar los derechos de propiedad y posesión sobre baldíos, y encuadrar los conflictos agrarios a un nuevo orden jurídico, a través de la jurisdicción del Estado. De esta manera, la ley de tierras fue un intento para neutralizar las protestas rurales que se iniciaron en los años veinte, en particular el mencionado episodio funesto de...

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