Protección jurídica del ambiente en la contratación mercantil. Estudio práctico del caso colombiano - Núm. 43, Enero 2015 - Revista de Derecho de la División de Ciencias Jurídicas - Libros y Revistas - VLEX 592497770

Protección jurídica del ambiente en la contratación mercantil. Estudio práctico del caso colombiano

AutorRafael Wilches Durán
Páginas237-268

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artículo de reflexión

Protección jurídica del ambiente
en la contratación mercantil.

Estudio práctico del caso colombiano*

Juridical protection of the environment in commercial contracts. Practical study of the colombian case

http://dx.doi.org/10.14482/dere.43.7478

Rafael E. Wilches Durán**

Pontificia Universidad Javeriana (Colombia)

* Este escrito se adscribe al Grupo de Investigación en Derecho Privado de la Pontificia Universidad Javeriana (Colombia) y corresponde a parte de los resultados del tercer año de estudios doctorales adelantados por el autor. Las traducciones del inglés y francés son propias.

** Abogado y magíster en Derecho Económico de la Pontificia Universidad Javeriana. Actualmente se desempeña como profesor asistente del Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la misma universidad, donde cursa igualmente el Doctorado en Ciencias Jurídicas. Calle 40 n° 6-23, piso 5º, Bogotá, D. C., Colombia. rwilches@javeriana.edu.co

REVISTA DE DERECHO

N.º 43, Barranquilla, 2015 ISSN: 0121-8697 (impreso) ISSN: 2145-9355 (on line)

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Resumen

Este artículo tiene como objetivo efectuar un estudio de índole práctica sobre la protección jurídica del ambiente en la contratación mercantil en Colombia, recurriendo para ello a un análisis de la contratación verde en el país, utilizando como criterio de evaluación el principio de precaución. Las conclusiones obtenidas tienen que ver con los pocos y aislados avances sobre la materia en el país, con la necesidad de que el derecho incorpore el asunto dentro de su discurso, y con que, no solo desde el plano teórico sino desde el práctico, la contratación mercantil y la protección del ambiente manejan discursos distintos, cuya relación puede ser abordada a la luz del planteamiento de la colisión de discursos que ofrece la teoría del derecho reflexivo.

Palabras clave: protección del ambiente, contratación mercantil, compras verdes, principio de precaución, colisión de discursos, derecho reflexivo.

Abstract

This article makes a practical study of the juridical protection of the environment in commercial contracts in Colombia, analyzing the situation of green contracting of corporations under the scope of precautionary principle. After observing the few and isolated examples of the subject in Colombia, and how the law must embody the issue in its discourse, the main conclusion is that the protection of the environment and the commercial contracts correspond, not only in a theoretical approach but also in a practical one, to different discourses. The relation of these discourses can be studied using a tool like the collision of discourses that is offered by reflexive law theory.

Keywords: juridical protection of the environment, commercial contracts, green procurement, precautionary principle, collision of discourses, reflexive law.

Fecha de recepción: 18 de febrero de 2014 Fecha de aceptación: 2 de junio de 2014

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PROTECCIÓN JURÍDICA DEL AMBIENTE EN LA CONTRATACIÓN MERCANTIL. ESTUDIO PRÁCTICO DEL CASO COLOMBIANO

INTRODUCCIÓN

En este escrito efectuamos un estudio de índole práctica sobre la protección jurídica del ambiente en la contratación mercantil en Colombia, recurriendo para ello a un análisis de la situación actual de la contratación verde entre comerciantes en el país. Por tal propósito utilizamos como criterio de evaluación el principio de precaución, expresamente reconocido en nuestro ordenamiento no solo como predicable respecto de autoridades públicas sino también respecto de los particulares1.

El trasfondo de este trabajo es la pregunta que nos hemos planteado como problema por resolver en nuestro trabajo doctoral: ¿el ambiente o naturaleza es protegido adecuadamente, bajo una perspectiva jurídica, desde la contratación mercantil en Colombia?

La agenda detrás de tal pregunta está marcada por los distintos mandatos constitucionales expedidos para catalogar a la Constitución Política de Colombia como una constitución con una concepción ecologista (Amaya Navas, 2010; González Villa, 2006)2. Sin embargo, no está claro hasta qué punto esa concepción ecologista de nuestra Constitución afecta el discurso propio del derecho privado, del derecho comercial y, en concreto, de la contratación mercantil.

Las conclusiones obtenidas en este escrito apuntan a los pocos y aislados avances sobre la materia en el país, a la necesidad de que el derecho incorpore el asunto dentro de su discurso, y a reconocer que no

1Así lo hizo la Corte Constitucional colombiana en Sentencia C-293 de 23 de abril de 2002 (M. P. Alfredo Beltrán Sierra), en la cual señaló la clara manifestación en el ordenamiento colombiano de que el principio de precaución, en relación con la protección al ambiente, consagrada en el artículo 95 de la Constitución Política, aplica no solo respecto de actuación del Estado sino también de actuaciones de particulares, con lo cual se zanjan eventuales discusiones sobre el tema, por lo menos en lo que a derecho colombiano se refiere (Bernal Sanint & Noriega Cárdenas, 2010, p. 37). En el ordenamiento jurídico francés, por ejemplo, el principio de precaución no se consagra respecto de particulares sino que solo se prevé su aplicación (en el artículo 5º de la Ley constitucional n° 2005-205, relativa a la Carta del ambiente) respecto de autoridades públicas (De Sadeleer, 2008a, p. 93).

2Ejemplo de normas de “índole ecológica” son las consagradas en los artículos , , 49, 58, 67, 79, 80 y 95-8 de la Constitución Política colombiana.

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solo desde el plano teórico sino desde el práctico la contratación mercantil y la protección del ambiente manejan discursos distintos, cuya relación puede ser abordada a la luz del planteamiento de la colisión de discursos que ofrece la teoría del derecho reflexivo.

Para llegar a tales conclusiones, en un primer momento (1) expondremos o haremos referencia a los principales conceptos relacionados con la materia, de manera que en una segunda parte (2) abordaremos el estudio práctico de la situación actual de la contratación verde entre comerciantes en Colombia, para en un tercer momento (3) analizar tal situación a la luz del principio de precaución, momento en el cual haremos evidente la necesidad de estudiar el asunto desde la perspectiva de la colisión de discursos, conclusión de cierre de este trabajo.

1. MARCO CONCEPTUAL

El objetivo de esta primera parte es presentar los conceptos más relevantes para efectos de desarrollar el estudio propuesto; para lo cual haremos referencia o revisión de ciertos conceptos expuestos en trabajos previos (Wilches, 2011, 2013, 2014a, 2014b), planteando como conceptos eje de este trabajo los de protección jurídica del ambiente y contratación mercantil.

Así, por protección jurídica del ambiente entendemos el cuidado que el derecho dispensa al ambiente. Si bien los tres elementos: cuidado, derecho y ambiente, contenidos en la definición previamente expuesta, admiten distintas discusiones en cuanto a lo que cada uno de dichos conceptos implica, encontramos que el más problemático es el de “ambiente”. En efecto, como lo expusimos en su momento (Wilches, 2014a), el concepto de ambiente resulta problemático, pues en torno del mismo están presentes las tensiones de la vida del hombre en sociedad, destacándose como tensión más importante históricamente, a nuestro parecer, la que ha existido entre antropocentrismo y biocentrismo (Ost, 1996a; Jaria i Manzano, 2011). Debido a lo anterior, compartimos con Carrizosa la visión del ambiente y del ambientalismo como un asunto complejo, pues entendemos que el problema ambiental debe ser afrontado con una visión no reduccionista y no simplificante, en la que se

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acepte que vivimos en un mundo pleno de variables e interrelaciones, que nuestra visión no es diferente a una percepción subjetiva, y que lo que llamamos causa es efecto de algo más que a su vez está interrelacionado con otras variables, de manera que la visión ambiental compleja se caracterice por generarse con intensidades y agudezas diferentes en cada individuo y en cada cultura (Carrizosa, 2000, pp. 25-29).

En particular, creemos que esa visión compleja puede ser traducida al mundo del derecho bajo la concepción de Ost respecto a entender el ambiente o naturaleza no como un objeto ni como un sujeto sino como un proyecto (Ost, 1996a), pues entendemos el derecho como un discurso (Hoyos, 2011), como un producto cultural (Ost, 1996a, pp. 174-178), respecto al cual la discusión sobre si el derecho se construye sobre la base del consenso o del disenso (Sanín, 2012) se puede dejar para un momento posterior, pues lo importante es entenderlo como un proceso a la luz del conocimiento científico (Gil, 1997), de manera que concebir al ambiente como un proyecto encaja con esa visión del derecho.

Por su parte, por “contratación mercantil” hacemos referencia a la acción y efecto de contratar entre comerciantes. Hablamos aquí de contratación mercantil o del contrato mercantil y no de contratos mercantiles en especial, por cuanto no pretendemos realizar un estudio pormenorizado de todos y cada uno de los contratos mercantiles o, por lo menos, de los principales, sino del fenómeno de la contratación en el ámbito mercantil, haciendo énfasis en que

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