Ravassa Moreno Gerardo José (2004). Derecho Mercantil Internacional. Principios y Normas. Segunda Edición. Bogotá D.C. 720 Páginas. - Núm. 9, Diciembre 2009 - Revista Via Inveniendi et Iudicandi - Libros y Revistas - VLEX 72642674

Ravassa Moreno Gerardo José (2004). Derecho Mercantil Internacional. Principios y Normas. Segunda Edición. Bogotá D.C. 720 Páginas.

AutorRicardo Duran Vinasco
CargoProfesor Derecho Comercial Facultad de Derecho Universidad Santo Tomás.
Páginas1-15

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Una narración sucinta del último libro del Dr. Gerardo José Ravassa Moreno titulado "Derecho Mercantil Internacional", es pretencioso, porque toda su "obra" es basta y éste último libro no escapa a esta característica, de manera que muchos temas dejarán de reseñarse. Y es que la "obra" o el Opus del Dr. Ravassa comienza con "Historia del Comercio y del Derecho Mercantil", pasa por "Derecho Comercial, Bienes Mercantiles Tomo I", y continúa con "Derecho Comercial, Títulos Valores Tomo II", libros todos de donde los estudiantes de la Universidad Santo Tomás, en particular, y sin limitarnos a nosotros porque su obra es objeto de estudio en todas las Universidades del País y agregaría que también por fuera, o bien porque en otros países lo leen o porque tenemos estudiantes de otros países en el nuestro, hemos aprehendido y sufrido, en algunos casos, por la resistencia que despierta para algunos aceptar sin más, el carácter del autor, que definitivamente es, Español. Y es que este orden que propongo de su "obra" no corresponde al orden cronológico en que él la ha escrito, lo cual se prueba revisando las fechas de las ediciones, pero Page 2 si, al que creo ha sido la labor que de manera solitaria y reservada, él se propuso, consiguió y ahora culmina con el libro de "Derecho Mercantil Internacional", que ya había sido presentado a los lectores en el año de 2.003, pero que por exigencia del autor, y tal vez por algunos comentarios, esos si autorizados, decidió reescribirlo, ampliándolo y mejorándolo, dividiéndolo en cuatro partes denominadas "Globalización", "Integración Económica", "Contratos Internacionales" y "Solución de Conflictos". Cuando digo último libro, espero que no lo sea. De hecho entiendo que está reescribiendo "Derecho Comercial, Tomo II Títulos Valores". Del Dr. Ravassa se puede pensar que es erudito o que es sabio. Cada cual se formará su opinión, con lo que tal distinción implica. Una persona que dice haber nacido en un Banco de España o que considera que un título valor al portador no se refiere siempre a que "el portador" sea una persona, sino que "el portador", puede ser un perro, tiene su estilo. Lo que recoge en toda su "obra", son los "estadios" más importantes del Derecho Comercial, expresión que en su último libro, objeto de reseña, se encarga de precisar, dado que debe ser denominado Derecho Mercantil, por corresponder al Derecho actual, al de la era de la Globalización, al de los Mercados, no cualquiera, sino el de los Mercados Internacionales.

Si en una de sus acepciones, el Derecho Comercial ha sido el Derecho del sistema Capitalista, esos "estadios" referidos, se reflejan en toda la "obra" del Dr. Ravassa, y corresponderían, primero, al denominado subjetivo, con la "Burguesía", durante la Edad Media, y el aparecimiento del "Derecho Comercial", generado por el fenómeno de la Lex Mercatoria, es decir, "...la ley hecha por los comerciantes, para los comerciantes y aplicada por los comerciantes...". Vendría un segundo estadio, atinente a Francia y a los países que directa o indirectamente han sido receptores de esas emisiones, imitaron el Page 2 Código de Comercio francés de 1.808, como reflejo del fenómeno del enciclopedismo, por el cual se adoptó como criterio para identificar la temática del Derecho Comercial, al Acto de Comercio. Habrá uno tercero que de nuevo corresponde a una emisión foránea, en concreto la del Código de Comercio Italiano, por lo cual se entendió que dada la masificación en la producción o distribución, era la Empresa el concepto del que se debía echar mano para la determinación del Derecho Comercial. Ligado íntimamente con el anterior, estaría por último el estadio en el cual es el Establecimiento de Comercio el encargado de la realización de la actividad comercial, agregándolo a los anteriores y sin excluirlo de los otros estadios, que son los criterios o referentes para lo que parte de la Doctrina denomina la institución de la "Mercantilidad", es decir, los criterios necesarios para determinar cuándo un asunto es sometido al régimen del Derecho Comercial, lo cual supone seguir aceptando la división del Derecho Privado (término que también se aceptará) en Civil y Comercial.

De todas formas el profesor Ravassa en el capítulo V deja claramente establecidos que a pesar de la llamada "comercialización del Derecho Civil", existen las siguientes divisiones del derecho: 1- Un Sistema General del Derecho correspondiente al Derecho Positivo, que sería el derecho creado por el hombre. 2- Un Sistema General de Derecho Privado, por oposición al de Derecho Público, tema también de debate, en donde se establecen los principios generales comunes al Derecho Civil y al Mercantil. 3- El Derecho Civil aplicable a los actos aislados, la Teoría General de las Personas Físicas, porque las Personas Jurídicas se reglamentan en el Derecho Mercantil, la familia y las Sucesiones. 4- Así, el Derecho Mercantil quedaría entonces con la Teoría de las Obligaciones y de los Contratos. Los Derechos Reales se reglamentan en ambas ramas, según si son muebles o inmuebles, la propiedad intelectual, los contratos reales, y los títulos Page 3 valores que tiene reglamentación en el Derecho Comercial pero que son bienes muebles (Acción Reivindicatoria, por ejemplo).

Y es en ese último estadio de la historia, si se admite esta genealogía, en donde comienza su último libro el Dr. Ravassa, precedido de un hermoso umbral en donde el autor deja ver algo de su lado amable, denominado del "Derecho Mercantil Internacional", entendido como "principios y normas", o sea, el modo de regulación legal del capitalismo como sistema económico, que se refleja en la era de la Globalización actual, de corte eminentemente liberal.

El autor cita una definición de "Derecho Mercantil Internacional", según la cual es el conjunto de normas del ordenamiento jurídico que regulan los problemas específicos del tráfico económico internacional de las empresas o, si se prefiere una definición más explicita como un Derecho- fundamentalmente privado-especial por...

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