El declive del sindicalismo en Colombia y sus consecuencias frente al conflicto colectivo - Núm. 2012: Edición Especial, Julio 2012 - Revista de Derecho de la División de Ciencias Jurídicas - Libros y Revistas - VLEX 458998446

El declive del sindicalismo en Colombia y sus consecuencias frente al conflicto colectivo

AutorMarjorie Zúñiga Romero
CargoAbogada
Páginas189-213

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1. Los sindicatos y su rol dentro del mercado laboral

La Constitución Política de Colombia señala en su artículo 39 el derecho de todo trabajador y empleador a constituir sindicato o asociaciones. Así mismo, en su artículo 53 establece los principios mínimos fundamentales que deberán regir las relaciones laborales y que los convenios internacionales del trabajo, debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna.

Teniendo en cuenta lo anterior, la honorable Corte Constitucional, como defensora de la carta magna, ha establecido que el derecho de asociación sindical tiene tres características: fundamental, subjetivo y voluntario, y se ha pronunciado en el siguiente sentido:

El derecho de asociación sindical en Colombia es un derecho fundamental, el cual constituye una modalidad del derecho de libre asociación, comoquiera que aquel consiste en la libre voluntad o disposición de los trabajadores para constituir formalmente organizaciones permanentes que los identifique y los una en defensa de los intereses comunes de profesión u oficio, sin autorización previa de carácter administrativo o la injerencia o intervención del Estado o de los empleadores, conforme lo consagran los artículos 39 y 55 de la Constitución Política (Sentencia C-1491 /2000, M. P.: Fabio Morón Díaz ).

Considera la Corte que el derecho de asociación es de carácter subjetivo y reafirma la calidad de Colombia como Estado social de derecho, pues permite que el individuo se integre al grupo en aras de buscar mejores condiciones. En este sentido, la corporación se ha pronunciado así:

"(...) el derecho de asociación es un derecho subjetivo que comporta una función estructural, que desempeña en el seno de la sociedad, en cuanto constituye una forma de realización y de re afirmación de un Estado Social y Democrático de Derecho, más aún cuando este derecho permite la integración de individuos a la pluralidad de grupos; no constituye un fin en sí mismo o un simple derecho de un particular, sino un fenómeno social fundamental en una sociedad democrática, y

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es más, debe ser reconocido y protegido por todas las ramas y órganos del Poder Público". Y que es voluntario. "La asociación sindical comporta un carácter voluntario, ya que su ejercicio discrecional es una autodeterminación del trabajador de vincularse con otros individuos, y que perdura durante esa asociación"(Sentencia C-1491 /2000, M.P.: Fabio Morón Díaz).

No cabe duda de que el sindicato constituye una organización necesaria dentro de cualquier Estado que pretenda tener una sostenibilidad y equilibrio del mercado laboral. Los trabajadores sindicalizados han sido protagonistas en la creación y defensa de importantes instituciones del derecho laboral. Sin embargo, en nuestro país, la tasa de trabajadores afiliados a sindicatos ha decrecido durante las últimas décadas.

Remontándonos a la historia encontramos que las primeras asociaciones de trabajadores en Colombia se conformaron a principios del siglo XX. Estas, después de un enorme esfuerzo que se extiende hasta los años sesenta, alcanzaron un máximo de representación de la fuerza laboral de 12.5%; a partir de ese momento, la representación disminuyó hasta alcanzar tan solo un 4.6% en 20051, tendencia que se mantenido hasta la fecha. En cuanto a su integración, más de 62% son empleados al servicio del Estado, y cerca del 50% de los trabajadores estatales están sindicalizados y solo el 2% de los privados.

Esta situación no solo se presenta en Colombia, también la encontramos en países como Estados Unidos, donde los sindicatos han ido desarticulándose por causas como el aumento de la competencia internacional, el cambio en la forma de contratación del trabajador dependiente, la composición social de la fuerza laboral, las fallas políticas, las estrategias del movimiento sindical.

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En razón a lo anterior, resulta válido el interrogante formulado por Klare: ¿qué papel tuvieron los sindicatos, si es que lo tuvieron, en la pérdida de la importancia de la negociación colectiva? En el desarrollo de su investigación responde que aun los observadores que simpatizan con los trabajadores y con la negociación colectiva consideran que el principal responsable de la caída es el entorno legal que promovieron los mismos trabajadores.

El rol del sindicato se puede analizar desde tres puntos de vista, absolutamente interdependientes: El político, el jurídico y el económico.

Desde el punto de vista político, es necesario remontarse a la creación de la organización sindical, que en opinión de diversos autores se originó en el desarrollo industrial, que trajo consigo una explotación del ser humano, quien laboraba extensas jornadas de trabajo en condiciones de miseria, situación que supuso la necesidad de agrupación por parte de los trabajadores para lograr mejores condiciones de vida.

Sobre el rol político que juegan los sindicatos encontramos corrientes que se contraponen, como la planteada por Marx, en la que la organización sindical tiene un papel destructor de todas las políticas estatales que defiendan la propiedad privada; o la defendida por Lenin, que identifica al sindicato como una organización que sirve de soporte al gobierno en la adaptación e incursión de la organización existente. Así mismo, las escuelas liberales intervencionistas conciben el sindicato como un instrumento que coadyuva a que el Estado pueda lograr un equilibrio en las relaciones entre trabajadores y empresarios, y le otorga una serie de mecanismos legales para que intervenga en este proceso (González Charris, 1998).

La realidad nos muestra que independientemente de la corriente en la cual se quiera encuadrar a la organización sindical, se reconoce su papel político, enmarcado dentro de unos límites a su actuación determinados por la ley.

Desde el punto de vista jurídico, el sindicato es actor principal del conflicto colectivo, que es aceptado como parte de la vida industrial,

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siempre que se presente y desarrolle en atención a los parámetros regulados por el Estado, que determina un marco normativo a la acción de la organización sindical. En Colombia, la Constitución Política consagra en su artículo 39 el derecho de asociación sindical para todos los habitantes que integran una relación de trabajo, y el Código Sustantivo del Trabajo regula la huelga y las diferentes etapas que acompañan al conflicto colectivo desde su inicio hasta su fin.

Los logros alcanzados por el sindicalismo desde el punto de vista jurídico se encuentran en acuerdos contractuales -convenciones colectivas- o en normas jurídicas generales -leyes, decretos, resoluciones etc.-; esto último ocasiona que los jueces no siempre fallen en unas oportunidades a favor de los trabajadores y en otras ocasiones en contra (Cuéllar, 2009, p.33).

Desde el punto de vista económico, se asocia la contribución del sindicato a inculcar en los trabajadores la disciplina industrial, cuya ausencia conlleva bajos niveles de productividad, al tiempo que logra distribuir el ingreso, lo cual es deseable desde el punto de vista del desarrollo. No obstante hay quienes sostienen que el sindicalismo constituye una barrera para el desarrollo económico, debido a que hace peligrar la estabilidad monetaria y causa una espiral inflacionaria a corto plazo originada por problemas de balanza de pagos, déficit fiscal o crisis de producción. En los regímenes democráticos, la finalidad económica del sindicato es eliminar la competencia de los desempleados y lograr salarios mayores al mínimo necesario para su subsistencia (Cuéllar, 2009, p.33).

2. El declive de los sindicatos en Colombia

El propósito de esta investigación no es profundizar sobre todas y cada una las causas que originaron la pérdida de fuerza y presencia del movimiento sindical en Colombia; desarrollaremos exclusivamente una de las razones que provocaron este declive: la relacionada con el conflicto armado y las políticas estatales respecto a este. Resulta pertinente aclarar que el hecho de limitar el objeto de estudio no significa desconocer ni restar importancia a otras razones que han contribuido a esta crisis.

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2. 1 Conflicto armado y su relación con el movimiento sindical

El conflicto armado en Colombia se inició en el siglo xix con las luchas de poder que se presentaron entre los simpatizantes de los partidos Liberal y Conservador, quienes estaban encaminados a una política de extrema izquierda y de extrema derecha respectivamente. El descontento de estos grupos por tratar de lograr el bienestar según lo que consideraban mejor para el país dio lugar a la creación de grupos armados que generaron el conflicto que aún persiste.

Desde la época de los sesenta, el actuar criminal de estos grupos ocasionó que la población colombiana gestara sentimientos de terror, que conllevaron a una destrucción de las organizaciones sociales, políticas, sindicales y de derechos humanos, e impidieron la libre expresión de la inconformidad social del país.

Con el Decreto - Ley 356 de 1994 se crearon las Cooperativas de Vigilancia y Seguridad Privada de la Defensa Agraria, más conocidas como las "Convivir", que se convirtieron en un fenómeno que se salió de control y se transformó, con ayuda del mismo Estado, en lo que hoy conocemos como el "paramilitarismo". Posteriormente, las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) se consolidaron como organización militar en...

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