Estudio político-criminal y dogmático de los principios y garantías del estatuto de Roma - Núm. 26, Diciembre 2006 - Revista de Derecho de la División de Ciencias Jurídicas - Libros y Revistas - VLEX 51759312

Estudio político-criminal y dogmático de los principios y garantías del estatuto de Roma

AutorJaime Sandoval Fernández/Jorge Abello Gual
CargoDoctor y Magíster en Derecho Penal/Abogado titulado y Especialista en Derecho Penal de la Universidad del Norte
Páginas139-204

    Este trabajo ha sido financiado en su totalidad por la Universidad del Norte de Barranquilla, por la Dirección de Proyectos e Investigaciones, dentro del programa de Jóvenes Investigadores.


Jaime Sandoval Fernández: Doctor y Magíster en Derecho Penal, Universidad Autónoma de Barcelona; profesor de Derecho Penal, investigador adscrito al Grupo de Investigación en Derecho y Ciencia Política (GIDECP), categoría B de Colciencias, Universidad del Norte (Colombia). Dirección postal: Universidad del Norte, Km 5 vía a Puerto Colombia, A.A. 1569, Barranquilla (Colombia). jsandovalf@etb.net.co

Jorge Abello Gual: Abogado titulado y Especialista en Derecho Penal de la Universidad del Norte. Joven Investigador de la Universidad del Norte de Barranquilla; asesor en el área de Derecho Penal en el Consultorio Jurídico de la misma universidad. georabello@hotmail. com

Page 139

Introducción

El proceso de globalización enarbola, entre otros postulados, una política económica caracterizada por el libre mercado y la consolidación de la teoría de los derechos humanos. Como consecuencia de este proceso se ha puesto en crisis el concepto de soberanía; en materia económica se acude al argumento de la necesidad de disminuir los poderes del Estado en el control de la economía, con el propósito de crear las condiciones propicias para que los países a través del comercio internacional puedan ampliar los mercados a sus productos y, así mismo, accedan a tecnologías de primera mano no producidas dentro de sus fronteras. De otra parte, a partir del desastre que representó para toda la humanidad las guerras mundiales del siglo XX, se creó un nuevo argumento a favor de la globalización, representado en la necesidad de que los derechos humanos no estuvieran sujetos a la concepción de un Estado1 en particular, sino que hicieran parte del patrimonio de toda la humanidad, para lo cual la responsabilidad de la protección de los derechos humanos debía estar en cabeza de la comunidad internacional. Por esta razón, los estados dejaron de ser las únicas instituciones con que contaban los individuos para lograr la protección de sus derechos fundamentales, y se convirtieron en meros representantes de la comunidad internacional para la protección y satisfacción de los derechos humanos, lo que presupone, a su vez, dos aspectos muy importantes: el primero de ellos es que los estados son responsables ante la comunidad internacional cuando incumplan su función de protección de los derechos humanos2; y el segundo fue la creación de organismos supranacionales3, a los cuales toda persona puede acudir cuando el Page 140 Estado del que es ciudadano no le haya brindado la protección debida o haya vulnerado sus derechos fundamentales.

Sin embargo, a pesar de que este último aspecto enunciado constituye un avance importante para el ser humano, no se puede pasar por alto la problemática que lleva inmersa el proceso de globalización, que no tiene que ver con el loable fin de protección de los derechos humanos sino con la forma como son utilizados éstos para implantar políticas internacionales4 tendientes a reafirmar las diferencias sociales existentes, ya no solamente entre grupos sociales al interior de un país, sino a consolidar las diferencias sociales existentes entre estados5. Sin duda, los derechos humanos son hoy en día justificación suficiente para implantar políticas internacionales en contra de actividades específicas como el terrorismo, el narcotráfico, las violaciones a los derechos humanos y los crímenes cometidos en los conflictos armados internos, a partir de los cuales se inician verdaderas cruzadas mundiales para el derrocamiento de regímenes, "malignos"6 que pueden conllevar Page 141 atropellos contra la población civil de esos países, o la imposición de políticas de intervención que degeneran en regímenes de opresión, e impiden el ejercicio pleno de los derechos fundamentales7.

En el Derecho Penal, el proceso de globalización se manifestó claramente con la entrada en vigencia del Estatuto de Roma, que creó la Corte Penal Internacional. En el mencionado Estatuto quedaron plasmadas las deliberaciones de los representantes de distintas naciones del mundo acerca de qué aspectos en materia penal podían sustraerse de la autonomía del poder Soberano para ser sometidos a la competencia de un órgano Jurisdiccional internacional, con objeto de proporcionar mayor protección a los individuos en general y a las víctimas de políticas estatales tendientes a fomentar la impunidad en la violación de derechos humanos.

Una vez creado el Estatuto de Roma se evidenció la problemática de cómo se debía incorporar la nueva normatividad penal internacional sobre las diferentes visiones penales de cada Estado, y en especial en relación a la definición y defensa de las garantías que tienen los individuos frente al poder punitivo institucional.

Así pues, no nos encontramos frente a un proceso simplista para el cual basta incluir una cláusula al interior de la Carta Fundamental, en la cual se admitan las consagraciones contenidas en los tratados internacionales en cuanto a la definición de las garantías de los individuos. Ello no es suficiente, pues no se pueden obviar los procesos históricos y los contextos sociales al momento en que se van a definir las garantías y la prevención al interior del derecho penal. En opinión, que compartimos, de destacados autores como Juan Bustos Page 142 Ramírez y Alessandro Baratta, el crimen es una creación social, definido por las relaciones sociales, que implica un gran margen selectivo y no igualitario, controlado por quien ostenta el poder; de ahí que sea necesario el establecimiento de garantías definidas de manera democrática, y el establecimiento de garantías a favor de los individuos como contrapeso del poder institucional que se reserva las prerrogativas selectivas y decisorias.8

Por esta razón, el sistema de garantías siempre va a ser un tema polémico en el cual se van a poner en tensión varios principios fundamentales que establecen metas para alcanzar al interior de una organización política. De acuerdo con el profesor Robert Alexy, siempre existirán en conflicto los derechos individuales a la dignidad, la libertad y la igualdad, y los principios de fines y estructura como son el Estado de Derecho, la democracia y el Estado social. En este campo de los principios y normas fundamentales se ha escogido el método de ponderación, como un método de solución para preservar dos principios estructurales como los anteriormente propuestos, que en un momento dado se encuentren en oposición frente a un caso en concreto. Robert Alexy expone la problemática de la ponderación de la siguiente manera.

... los principios son mandatos de optimización... En tanto mandatos de optimización, los principios son normas que ordenan que algo sea realizado en la mayor medida posible, de acuerdo con las posibilidades jurídicas y fácticas. Esto significa que pueden ser satisfechos en grados diferentes y que la medida ordenada de su satisfacción depende no sólo de las posibilidades fácticas sino jurídicas, que están determinadas no sólo por reglas sino también esencialmente por los principios opuestos. Esto último implica que los principios son susceptibles de ponderación, y además la necesitan.9

De acuerdo con el anterior planteamiento, en este trabajo se develerarán las tensiones existentes entre algunos principios, y a partir de ello se expondrá unos criterios que los armonicen y preserven, con-Page 143forme al fundamento político jurídico que se planteará en el punto que sigue.

En este trabajo se parte del fundamento político de un derecho penal que observa una serie de garantías como límites necesarios al poder del Estado en materia de prevención de conductas punibles. Se hará un análisis sobre la interpretación de la cláusula del artículo 93 de la Constitución Política, que busca armonizar las diferencias entre las garantías establecidas en el ordenamiento jurídico nacional con las garantías consagradas en el Estatuto de Roma. De esta manera, se tomarán como ejemplo de la tensión de garantías los principios de la Paz, los principios de legalidad y el principio de culpabilidad.

1. Fundamento político de un derecho penal garantista

Uno de los temas que se viene tratando al interior de la doctrina es precisamente el papel del derecho penal al interior de la sociedad, como un mecanismo idóneo para prevenir conductas punibles y afianzar los comportamientos acordes con el modelo de desarrollo establecido dentro de una sociedad.

Al respecto gran parte de la doctrina10, pese a las diferencias que se hallan entre los distintos autores, no dudan del papel instrumental del derecho penal para controlar las conductas de los individuos, como expresión del control social formal que ejerce el Estado a través de las máximas limitaciones de derechos contempladas en los códigos penales.

Page 144

No obstante, al examinar esta doctrina se encuentran diferencias tanto en la manera de efectivizar ese control social como en la forma de concebirse los límites a la fuerza legítima11 ejercida por el Estado a través de su derecho penal. Veamos algunas de esas diferencias. Para el profesor Gunther Jackobs, el poder del derecho penal debe ser utilizado con el fin que ha definido como prevención-integración; es decir, la fuerza del derecho penal debe ser utilizada para mantener la vigencia de la norma, pues la norma se configura como la expectativa que espera la sociedad del individuo, y cuando ésta es defraudada con la comisión de un delito, se hace necesario un instrumento simbólico como la pena que reafirme las convicciones en los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR