La transición y el proceso de paz con los paramilitares y los guerrilleros en Colombia - Experiencias y retos de la justicia transicional - La justicia de transición: concepto, instrumentos y experiencias - Libros y Revistas - VLEX 632463265

La transición y el proceso de paz con los paramilitares y los guerrilleros en Colombia

AutorManuel Fernando Quinche Ramírez
Cargo del AutorUniversidad del Rosario, Bogotá
Páginas199-232
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La transición y el proceso de paz con los
paramilitares y los guerrilleros en Colombia
Manuel Fernando Quinche Ramírez
Universidad del Rosario, Bogotá
El tema de este escrito está relacionado con la dimensión normativa de la
justicia transicional en Colombia, desde la consideración de los dos últimos
intentos de articulación de procesos de paz en el país, es decir, la negociación
adelantada por el presidente Álvaro Uribe Vélez con los grupos paramilitares
entre 2002 y 2010 y el trabajo que alrededor de la paz viene desarrollando el
presidente Juan Manuel Santos desde cuando accedió a la presidencia de la
República en 2010, que ha sido focalizado en dos frentes de trabajo: por lado,
en revitalizar y relanzar la negociación con los paramilitares, que denotaba
índices de cansancio y fracaso, y por el otro, iniciar a nales de 2012 un proceso
de negociación y transición con los grupos guerrilleros, más concretamente
con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, Ejército del Pueblo
(-).
La pregunta de este capítulo está relacionada con una indagación acerca
del riesgo y las posibilidades que puedan existir alrededor de si la negociación
con los paramilitares y el proceso de paz que recién se inicia puedan ser pos-
teriormente objeto de judicialización internacional en el plano de los dere-
* Director línea de investigación Sistema Jurídico. Sistema Constitucional y de Protección, Facultad
de Jurisprudencia, Universidad del Rosario, Bogotá, Colombia. manuelf.quinche@urosario.edu.co
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chos humanos por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
y en el plano criminal, por la Corte Penal Internacional. La tesis es que si el
Estado colombiano no adopta en sus procesos de transición interna los com-
ponentes jurídicos de la justicia transicional, relacionados con los estándares
de protección a las víctimas que le fueron jados puntualmente por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos en la condenas por paramilitarismo
y en fallos posteriores de esa Corporación (a); si no ajusta el comportamiento y
los límites del fuero militar y la justicia penal militar a los estándares interna-
cionales (b), y si además no desarrolla un proceso de persecución judicial efec-
tiva sobre grupos de infracciones y de infractores plenamente identicados (c),
existe la posibilidad real de intervenciones y declaratorias de responsabilidad
internacional penal y por derechos humanos.
Tres hechos son determinantes para el tratamiento de la cuestión. El
primero es la jación de estándares internacionales por parte de la Corte In-
teramericana para Colombia en una doble dimensión: en la especíca de la
negociación con los grupos paramilitares1 y en la general de los derechos de
las víctimas que debe satisfacer todo Estado, haya o no transición.2 El segundo
hecho es de carácter normativo y está relacionado con la expedición de dos re-
formas constitucionales en Colombia, el Acto Legislativo 1 de 2012, que creó
el “marco jurídico para la paz” que, se supone, permitirá la implementación del
acuerdo de paz al que eventualmente se llegue con los miembros de las ,
y el Acto Legislativo 2 de 2012, por el que fue constitucionalizado el fuero
militar y la justicia penal militar, histór icamente vinculada en Colombia y en
el resto de América Latina con la impunidad por la comisión de crímenes y
violaciones graves de los derechos humanos. Y el tercer hecho tiene que ver
con tres cuestiones concurrentes: el inicio de la negociación del gobierno de
Santos con las , el informe de la Corte Penal Internacional sobre Colom-
bia (publicado en noviembre de 2012) y la adopción de medidas legislativas
y criterios de priorización por la Fiscalía General de la Nación de Colombia,
en la persecución interna de los crímenes de competencia de la Corte Penal
1 Estos estándares especícos fueron jados por la Corte Interamericana en la sentencia de fondo
del Caso de la Masacre de la Rochela contra Colombia. Sentencia del 11 de mayo de 2007, serie C, No. 163.
2 El estándar de protección y de satisfacción de estos derechos constituye la jurisprudencia en vigor
de la Corte Interamericana y es de continuo reiterada en sus fallos. Por vía de ejemplo basta la sentencia
de fondo proferida en el Caso Gelman contra Uruguay. Sentencia del 24 de febrero de 2011, Serie C,
No. 221.
La justicia de transición: concepto, instrumentos y experiencias
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Internacional (International Criminal Court, 2012), especialmente en lo re-
lacionado con los “falsos positivos”, so pena de hacer una inter vención y una
investigación directa contra Colombia.
La presentación del tema y el desarrollo de la tesis acontecen en tres sec-
ciones. En la primera se presenta a Colombia desde las características gene-
rales del conicto armado que padece desde los años cincuenta, en referencia
con los intentos más signicativos de paz. En la segunda hay una descripción
general de los dos últimos intentos de pacicación en el país, liderados por
los presidentes Uribe y Santos. Y la tercera parte los estándares jados por la
Corte Interamericana para la negociación paramilitar, a la vez que enuncia
los requerimientos hechos por la Corte Penal Internacional a Colombia, al-
rededor de la persecución de militares, paramilitares y guerrilleros autores de
crímenes de competencia de ese Tribunal.
Algunos elementos de contexto: Colombia, el conicto
interno y los intentos por la paz
Esta sección es un lugar común de descripciones. Colombia es un país ubicado
al norte de Suramérica, que al lado de Venezuela, Perú, Ecuador y Bolivia,
conforma la Región Andina del norte del continente. Como todos los de la
región, fue en el pasado parte de las colonias de España en América, y bajo
el nombre de Nueva Granada fue uno de los cuatro virreinatos existentes,
al lado de los de Nueva España, Lima y La Plata. El país inició el proceso
de independencia de España en 1810 y lo perfeccionó en 1819, cuando fue
declarada la República.
Al igual que los otros países de América Latina, tras el proceso de inde-
pendencia, Colombia acogió la forma republicana de gobierno y adoptó una
Constitución Política, que tuvo como modelo la Constitución Federal de Es-
tados Unidos de América de 1786 y las constituciones francesas del siglo .
Como ya se dijo, el país obtuvo la independencia de España en 1819 y adoptó
una Constitución escrita dos años después y la forma republicana de gobierno.
El régimen constitucional colombiano registra la expedición de un total
de nueve constituciones políticas nacionales, ocho de ellas en el siglo  (las
constituciones de 1821, 1830, 1832, 1843, 1853, 1858, 1863 y 1886) y una
en el siglo , la Constitución de 1991, actualmente vigente, que hasta 2013
había sido objeto de 37 reformas constitucionales.
La transición y el proceso de paz con los paramilitares y los guerrilleros en Colombia
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