Acción de tutela contra Laudo Arbitral. Improcedencia por estar en curso el trámite del recurso de anulación del laudo arbitral - Núm. 1583, Mayo 2019 - Boletín Colegio de Abogados Comercialistas - Libros y Revistas - VLEX 830275705

Acción de tutela contra Laudo Arbitral. Improcedencia por estar en curso el trámite del recurso de anulación del laudo arbitral

AutorFelipe Pulido Cantero
Páginas13-15
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reglamento de arbitraje de la CCI, que fue el
que pactaron las partes expresamente.
4. El laudo es contrario al orden público
internacional. Los recurrentes alegaron que,
por no haberse decretado la prejudicialidad
en el proceso arbitral, ante la existencia de
una causa penal por estafa, se vulneró su
debido proceso y, por tanto, el orden público
internacional del país. Al respecto, señaló la
Corte Suprema de Justicia que la
prejudicialidad penal no hace parte del orden
público internacional de Colombia, pues el
Código General del Proceso la eliminó. Se
trata de una medida que únicamente procede
a instancia de parte y es eminentemente
temporal.
5. Nulidad por violación del procedimiento
acordado por las partes. Encontró la Corte
Suprema de Justicia que esta solicitud carece
de asidero, pues los hechos que le sirven de
sustento no se subsumen dentro de la causal
alegada, pues en lugar de cuestionar el
procedimiento seguido por los árbitros,
según el reglamento al cual debían
someterse, el recurrente criticó la
congruencia de la decisión frente a las
materias planteadas en la contestación de la
demanda.
6. Nulidad del laudo por ocuparse de
materias no sometidas a arbitraje. Los
recurrentes acusan la nulidad del laudo por
ocuparse de materias no sometidas a
arbitraje, en tanto las excepciones de nulidad
por causa ilícita, dolo y error fueron
excluidas del proceso al retirarse la demanda
de reconvención. Al respecto, señaló la
Corte Suprema de Justicia que conforme al
precedente SC5207, 18 ab. 2017, rad. N.º
2016-01312-00, la congruencia a que se
refiere la Ley 1563 se predica del pacto
arbitral y no de la demanda o contestación,
que es comprensivo de cualquier
controversia relativa a la ineficacia de los
contratos de transacción, por lo que era
posible estudiar la nulidad de mencionada.
Así, la Corte Suprema de Justicia, Sala de
Casación Civil, resolvió declarar infundado
el recurso de anulación.
El documento completo puede ser
consultado aquí:
http://www.cortesuprema.gov.co/corte/wp-
content/uploads/relatorias/ci/b12019/SC001-
2019%20(2016-03020-00).doc
Acción de tutela contra Laudo Arbitral.
Improcedencia por estar en curso el
trámite del recurso de anulación del laudo
arbitral
Consejo de Estado Sala de lo Contencioso
Administrativo (Sección Cuarta)
Acción de Tutela No. 11001-03-15-000-
2018-03738-00. 28 de marzo del 2019. C.P.
Stella Jeannette Carvajal Basto.
Por: Felipe Pulido Cantero
(Universidad del Rosario)
Los hechos que dieron lugar a esta sentencia
ocurrieron en el año 2008, cuando se celebró
un contrato entre Fiduprevisora S.A., quien
actuaba como administradora del patrimonio
autónomo del Fondo Nacional de
Prestaciones Sociales del Magisterio
(FOMAG), y la Unión Temporal del Norte
conformada por la Organización Clínica
General del Norte S.A. y la Clínica Las
Peñitas S.A.S. Este contrato tenía como
objeto la prestación de servicio de salud a
los beneficiarios y afiliados del FOMAG.

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