Activos - Contabilidad de entidades de economía solidaria - Libros y Revistas - VLEX 58522100

Activos

AutorHernán Cardozo Cuenca
Páginas19-121

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Los activos de un balance de las entidades del sector solidario, están conformados por las cuentas que representan los bienes, derechos y pertenencias, tangibles e intangibles, a los cuales se les ha asignado un valor para cuantificar lo que posee la entidad para desarrollar sus actividades.

Los rubros que integran esta clase, tendrán siempre saldo débito, con excepción de las cuentas de valuación (provisión, depreciación, agotamiento y amortización entre otras), que serán deducidas o asignadas a los correspondientes grupos de cuentas.

Los valores registrados en la cuenta 1904 -Sucursales y Agencias- se ajustarán de acuerdo con el UVR mensual, siempre y cuando correspondan a traslados de los conceptos activos sometidos a dichos ajustes, sin perjuicio de dar cumplimiento a las instrucciones que sobre dicha cuenta se encuentren vigentes.

Los intereses, la corrección monetaria y los ajustes por diferencia en cambio, así como los demás gastos financieros en los cuales se incurra para la adquisición o construcción de activos, constituirán un mayor valor del activo hasta cuando haya concluido el proceso de puesta en marcha o tales activos se encuentren en condiciones de utilización o enajenación. Después de este momento constituirán un gasto.

Los activos expresados en moneda extranjera o poseídos en el exterior, se deben reexpresar a la tasa de cambio que deba utilizarse para estos efectos; los expresados en UVR o en unidades equivalentes se ajustarán a la cotización de la unidad al cierre del respectivo mes; los demás activos no monetarios poseídos por la entidad, sobre los que se haya pactado un reajuste, se les aplicará el respectivo pacto de reajuste si es del caso.

Al finalizar cada mes, se efectuarán los siguientes ajustes:

  1. Teniendo en cuenta que los activos en ó denominados en moneda extranjera o poseídos en el exterior se registran a la tasa convenida en la operación o, en suPage 20 defecto, a la tasa representativa del mercado vigente para ese día, la diferencia en cambio, se reexpresará con base en la tasa de cambio que resulte de aplicar el procedimiento establecido para el efecto por la Superintendencia Bancaria, registrando dicho ajuste como un mayor valor del activo, con abono a la cuenta -415075- Diferencia en Cambio-, o como un menor valor del activo, con cargo a la misma cuenta, según corresponda. No obstante, la utilidad o pérdida que resulte con ocasión de la realización de activos en moneda extranjera (ventas, abonos, cancelaciones, etc.), se registrará abonando al código 415075 o cargando al código 514025, según se trate.

    Los activos expresados en otras monedas, deberán ser reexpresados a pesos colombianos.

  2. Los activos en UVR o con pacto de reajuste poseídos en el último día del mes se ajustarán con base en la cotización de la UVR para ese día o en el respectivo pacto de reajuste, registrándolo como un mayor valor del activo, con abono a la cuenta 415018-Reajuste monetario vivienda o a la cuenta 415080- Pacto de reajuste.

    El valor del ajuste por inflación con base en el PAAG, efectuado a los activos no monetarios, en su oportunidad, y después de haber aplicado la Circular Externa No. 008 de noviembre 27 de 2001, harán parte del saldo para todos sus efectos.

    Para asuntos fiscales.- El valor de los bienes objeto de ajustes integrales por inflación no se puede modificar, así se supere el valor comercial, el autoavalúo o el avalúo catastral. En el evento en que el contribuyente pase a ser una persona no obligada a aplicar dichos ajustes, deberá declararlos por su costo fiscal. (DIAN, concepto No. 96444 octubre 31 de 2001).

    De todas maneras el artículo 6º de la Ley 633 de 2000, adicionó el numeral 4 del artículo 19 del Estatuto Tributario con la siguiente frase: "El cálculo de este beneficio neto o excedente se realizará de acuerdo a como lo establezca la normatividad cooperativa".

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Disponible

En este grupo, se registran los recursos de liquidez inmediata, con que cuenta la entidad del sector solidario y se pueden utilizar para fines generales o específicos. Se encuentra el Fondo de liquidez que corresponde al valor de los depósitos de ahorro a la vista o a término que deben constituir las cooperativas con actividad financiera o aquellas multiactivas con sección de ahorro y crédito, en el porcentaje establecido. Estos son los activos realizados.

Caja

En esta cuenta se registra el dinero (moneda nacional o extranjera) en efectivo o en cheque que recibe la entidad por todo concepto, representan los recursos con que cuenta la entidad en un momento dado.

Si como resultado del arqueo de caja se llegan a presentar sobrantes, éstos se registrarán en la cuenta 279510; en caso contrario, es decir, si hay faltantes, se cargarán en el grupo 1985 mientras de acuerdo con la investigación resulte un responsable y se haga efectiva la recuperación.

La caja menor es un fondo fijo, con el propósito de atender pagos de menor cuantía, de acuerdo con el reglamento establecido por la entidad.

Ejercicio:

Una entidad del sector solidario, recibe la suma de $2 millones de un asociado para la constitución de una cuenta de ahorro.


CÓDIGO DESCRIPCIÓN DEBE HABER
1105 Caja
110505 Caja general $ 2.000.000
2105 Depósitos de ahorro
210505 Ordinarios activas $ 2.000.000

La misma entidad, consigna el cheque que recibió por concepto de la constitución del depósito del asociado, en una cuenta corriente:


CÓDIGO DESCRIPCIÓN DEBE HABER
1110 Bancos y otras entidades
111005 Bancos comerciales $ 2.000.000
1105 Caja
110505 Caja general $ 2.000.000

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Bancos y otras entidades

Representa la totalidad de los fondos que tiene la entidad, a su disposición, en entidades financieras u otras, como: bancos, cooperativas, corporaciones financieras, organismos cooperativos y otras entidades.

Los saldos crédito, originados en las cuentas corrientes como resultado del movimiento de las operaciones, se constituyen en obligaciones a favor de la respectiva institución y deben reflejarse en la cuenta 230525 Sobregiros, como exigibilidad inmediata a cargo de la entidad y a favor de la institución respectiva.

Igualmente, registra la existencia de fondos depositados a la vista, constituidos por la entidad en las diferentes entidades financieras, las cuales generalmente producen algún tipo de rendimiento.

Ejercicios:

Una entidad del sector...

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