Actuaciones gravadas y sus tarifas
Autor | Álvaro Jiménez Lozano |
Páginas | 429-438 |
ESTATUTO TRIBUTARIO 429
relacionadas con los impuestos y otros costos vinculados a la construcción y
negociación de vivienda y se expiden otras disposiciones. Artículo 24. Cesión
Artículo
39
reliquidación no constituye novación y no causa impuesto de timbre.
fomentar el incremento de las colecciones para el funcionamiento y desarrollo de
. Artículo 2º
Artículo 516. Quiénes son responsables.
Nota
Son responsables por el impuesto y las sanciones todos los agentes de retención, incluidos
aquellos, que aún sin tener el carácter de contribuyentes, deben cumplir las obligaciones
de éstos por disposición expresa de la Ley.
Normas concordantes de este Estatuto. Artículo 3º. Responsables.
de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y
retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones. Artículo 44. Obligación
retención.
Nota
autoricen, expidan, registren o tramiten actos o instrumentos sometidos al impuesto, o
quienes sin tener dicho carácter, desempeñen funciones públicas e intervengan en los
mencionados hechos.
TÍTULO II
ACTUACIONES GRAVADAS Y SUS TARIFAS
Artículo 518. Agentes de retención.
Nota
Deberán responder como agentes de retención, a más de los que señale el reglamento:
1. Las personas naturales y asimiladas, cuando reúnan las condiciones previstas en el
artículo 519 de este Estatuto, y las personas jurídicas y asimiladas, que teniendo el
carácter de contribuyentes del impuesto, intervengan como contratantes, aceptantes,
emisores o suscriptores en los documentos.
Decreto 1222 de 1976, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 0002 de 1976.
Artículo 9º. Impuesto de Timbre. Impresión de chequera por cuenta del correntista.
Decreto 1189 de 1988, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 0075 de 1986,
el Decreto 2503 de 1987 y se dictan otras disposiciones en materia tributaria.
. Impresor de chequeras. Agente de percepción o retención del impuesto
de timbre.
Decreto 2076 de 1992, por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario
y se dictan otras disposiciones. Artículo 22. Concepto de personas asimiladas.
Personas jurídicas y naturales.
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