Estado actual de los mecanismos para la solución de conflictos contractuales en el Estado colombiano - Núm. 19, Enero 2014 - Revista Dixi - Libros y Revistas - VLEX 704955909

Estado actual de los mecanismos para la solución de conflictos contractuales en el Estado colombiano

AutorLina Marcela Reyes-Sarmiento - Sara Patricia Guzmán-Suárez
CargoMagíster en Derecho Público General, Université Lumière Lyon II, Francia - Magíster en Leyes, University of Illinois, Estados Unidos. Docente de tiempo completo y directora del Centro de Conciliación, Universidad Pontificia Bolivariana, Bucaramanga, Colombia
Páginas19-35
Mecanismos alternativos de solución de conflictos
doi: http://dx.doi.org/10.16925/di.v16i19.729
Estado actual de los mecanismos para la solución de
conictos contractuales en el Estado colombiano
Lina Marcela Reyes-Sarmiento*, Sara Patricia Guzmán-Suárez**
* Magíster en Derecho Público
General, Université Lumière
Lyon II, Francia. Docente de
tiempo completo y coordinadora
de Investigaciones, Universidad
Ponticia Bolivariana,
Bucaramanga, Colombia.
Correo electrónico:
lina.reyes@upb.edu.co
** Magíster en Leyes, University of
Illinois, Estados Unidos. Docente
de tiempo completo y directora
del Centro de Conciliación,
Universidad Ponticia Bolivariana,
Bucaramanga, Colombia.
Correo electrónico:
sara.guzman@upb.edu.co
Recibido: 27 de febrero de 2014
Aprobado: 5 de mayo de 2014
Cómo citar este artículo:
Lina Marcela Reyes-Sarmiento & Sara
Patricia Guzmán-Suárez. Estado actual de los
mecanismos para la solución de conflictos
contractuales en el Estado colombiano.
DIXI. Junio 2014. Pág. 19. doi: http://dx.doi.
org/10.16925/di.v16i19.729
Resumen
El mecanismo de conciliación prejudicial en Colombia nace como la alternativa más ágil y
efectiva para la solución de conictos en relación con los procesos judiciales. En el ámbito
del derecho administrativo, son constantes las controversias entre entidades del Estado y los
particulares, especialmente en la celebración y ejecución de los contratos públicos. A pesar
del avance alcanzado con la creación de la conciliación prejudicial de la contratación estatal
(Ley 446 de 1998 reamada por la Ley 640 de 2001), esta gura jurídica no cuenta con el
apoyo cultural necesario, toda vez que siguen siendo escasos los trámites que resultan en
un acuerdo conciliatorio. Con el presente artículo, se presentarán los resultados del estado
actual preliminar elaborado sobre los mecanismos para la solución de los conictos que se
presentan en la contratación estatal en Colombia, en que la conciliación prejudicial parece
ser la solución alterna al sistema judicial más acogida por el derecho colombiano. Igual-
mente, se presentarán las principales discusiones en torno a los mecanismos alternativos de
solución de conictos, así como en relación con la concepción de la conciliación prejudicial
en asuntos administrativos.
Palabras claves: Área Metropolitana de Bucaramanga, conciliación, contratación pública,
prejudicial.
C S  C C R M   C S
Abstract
e pretrial conciliation mechanism in Colombia arose as a speedier and more eective alternative for
conict resolution compared to court proceedings. In the eld of administrative law, there are constant
disputes between state agencies and private parties, particularly in signing and executing public con-
tracts. Despite progress made through the creation of pretrial conciliation in state contracting (Law 640
of 2001), this legal form does not have the necessary cultural support, as there are few proceedings that
lead to a conciliatory settlement. is article presents the results of the current preliminary status of
conict resolution mechanisms in state contracting in Colombia, in which pretrial conciliation appears
to be the most frequently applied alternate resolution mechanism in Colombian law instead of resorting
to the judicial system. e main discussions regarding alternative conict resolution mechanisms are
also presented, as well as in relation to the concept of pretrial reconciliation in administrative matters.
Keywords: Metropolitan Area of Bucaramanga, conciliation, public contracting, pretrial.
E           E

Resumo
O mecanismo de conciliação pré-judicial na Colômbia nasce como alternativa mais ágil e efetiva para
a solução de conitos em relação com os processos judiciais. No âmbito do direito administrativo, são
constantes as controvérsias entre entidades do Estado e os particulares, especialmente na celebração e
execução dos contratos públicos. Apesar do avanço alcançado com a criação da conciliação pré-judicial
da contratação estatal (Lei 446 de 1998 rearmada pela Lei 640 de 2001), esta gura jurídica não conta
com o apoio cultural necessário, toda vez que continuam sendo escassos os trâmites que resultam num
acordo conciliatório. Com o presente artigo, serão apresentados os resultados do estado atual preliminar
elaborado sobre os mecanismos para a solução dos conitos que se apresentam na contratação estatal
na Colômbia, na qual a conciliação pré-judicial parece ser a solução alternativa ao sistema judicial mais
aceita pelo direito colombiano. Além disso, serão apresentadas as principais discussões sobre os me-
canismos alternativos de solução de conitos, bem como em relação com a concepção da conciliação
pré-judicial em assuntos administrativos.
Palavras-chave: Área Metropolitana de Bucaramanga, conciliação, contratação pública, pré-judicial.
20
Mecanismos alternativos de solución de conflictos  / Volumen 16 Número 19 / enero-junio 2014
I
La contratación estatal es una de las actividades estatales
más importantes en el desarrollo de la función pública,
toda vez que con ella se concretan los nes del Estado,
especícamente objetivos, metas, planes, proyectos y
programas que se implementan en una política pública.1
Sin embargo, el desarrollo normativo de esta ac-
tividad estatal se ha visto impulsado por grandes es-
cándalos de corrupción, lo que ha llevado al Estado ha
incurrir en excesos legislativos y en el uso desmedido
de la potestad reglamentaria. Para Gómez Lee,2 sobre
contratación estatal en Colombia se han proferido más
de 143 leyes y 3800 reglas sin incluir los 27 decretos que
reglamentaban la Ley 80 de 1993.
Lo anterior ha llevado a la estructuración de pro-
cedimientos, tareas y actividades bastante complejos en
cada etapa de la contratación estatal junto con choques
o pugnas entre las partes del contrato estatal, antes, du-
rante o incluso después de la ejecución del contrato,
siendo necesaria la creación de mecanismos ágiles y
efectivos para la resolución de conictos contractuales.
Por una parte, encontramos las soluciones judicia-
les, tales como: el medio de control de reparación direc-
ta (para hechos precontractuales), la nulidad simple y
la nulidad con restablecimiento del derecho (para actos
precontractuales), el medio de control de controversias
contractuales (para la resolución de conictos con oca-
sión de la ejecución del contrato) y la acción ejecutiva
(para las reclamaciones pecuniarias frente a los docu-
mentos que prestan mérito ejecutivo durante la ejecu-
ción y nalización del contrato estatal).
Por otra parte, se han desarrollado mecanismos al-
ternativos para la solución de conictos que sobre con-
tratación estatal han resultado novedosos e interesantes
por la agilidad, economía y ecacia consecuentes con
su aplicación. Estos son los siguientes: el arreglo direc-
to, la transacción, el arbitramento, la amigable compo-
sición y la conciliación judicial o prejudicial.3
La gura jurídica de la conciliación nace en Colom-
bia a partir de la Ley 13 de 1825 como un mecanismo al-
ternativo y rápido para la solución ecaz de los conictos.
1. María Lorena Cuéllar. G    .
Procuraduría General de la Nación. (2012).
2. Iván Darío Gómez Lee. E     
 C. Legis. (2012).
3. Alain Duport. M      -
    . Tesis de grado presentada
en la Universidad Sergio Arboleda. Facultad de Derecho. (2001).
La Ley 446 de 1998 la dene en los siguientes términos:
la conciliación es un “mecanismo de resolución de con-
ictos a través del cual, dos o más personas gestionan por
sí mismas la solución de sus diferencias con la ayuda de
un tercero neutral y calicado, denominado conciliador”.4
Las modalidades de conciliación dependen del
criterio con el que se les clasique. Para Montoya y
Salinas,5 las conciliaciones pueden ser bilaterales o plu-
rilaterales según el número de partes que participan;
totales o parciales por el resultado obtenido; obligato-
rias o facultativas de acuerdo con la forma en que se
inician; válidas o invalidas teniendo en cuenta su apro-
bación; extrajudicial (prejudicial) o judicial en virtud
del momento en que se celebran, y en derecho o en
equidad según su contenido jurídico.
reconoce la conciliación como un mecanismo jurídico
válido para poner n a las controversias no sometidas
a la jurisdicción colombiana, situación que es regula-
da en materia administrativa con la Ley 23 de 1991.
Más adelante la Ley 446 de 1998 desarrolla la gura
estableciendo deberes, derechos, trámites, etapas y re-
glas, pero sólo a partir de la Ley 640 de 2001 se hace
obligatorio su uso previo a la presentación de algunas
demandas ante los jueces administrativos. Con la en-
trada en vigencia de la Ley 1437 de 2011 que contie-
ne el nuevo Código de Procedimiento Administrativo
y de lo Contencioso Administrativo (), se rear-
ma la obligación de acudir a la conciliación prejudicial
administrativa antes de presentar demandas de nuli-
dad y restablecimiento del derecho, reparación directa
y controversias contractuales ante la jurisdicción con-
tencioso-administrativa (art. 161). De lo contrario, la
demanda se inadmite (art. 170) y, en algunos casos, se
rechaza (art. 180).
Sin embargo, el mecanismo alternativo no cuen-
ta con el apoyo cultural necesario. A pesar de las múl-
tiples ventajas que trae para la Administración y para
los particulares el uso de la conciliación sobre contra-
tación estatal, en todo el territorio colombiano siguen
4. Ley 446 de 1998. Por la cual se adoptan como legislación permanen-
te algunas normas del Decreto 2651 de 1991, se modican algunas del
y del Decreto 2279 de 1989, se modican y expiden normas del Código
Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre des-
congestión, eciencia y acceso a la justicia. Julio 7 de 1998. DO n.° 43335.
Art. 64.
5. Miguel Ángel Montoya y Natalia Andrea Salinas. La guerra de los va-
lientes o el lugar de la conciliación. E  D. 2009.

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