Actualidad Extranjera - Núm. 15, Enero 2016 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 736895573

Actualidad Extranjera

AutorAníbal Zárate, Juan Carlos Covilla
Páginas11-17
REVI STA DIGITAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, N. º 15, P RIMER SEM EST RE/ 2016, PP. 11-1 7
Actualidad extranjera
ANÍB AL Z ÁR ATE1
JUAN CAR LO S C OVI LL A2
La Autoridad de la Competencia francesa (AFC) en opinión n.º 16-A-05 del
16 de febrero de 2016 se pronunció sobre la conformidad con las normas de
competencia de las reglas de la contratación pública relativas a las ofertas
que no satisfacen exigencias y especificaciones contenidas en los pliegos de
condiciones.
La opinión de la Autoridad se da en respuesta a la consulta elevada por la
comuna de Saint-Germain-en-Laye3, la cual manifiesta que las normas de la
contratación pública contienen disposiciones excesivamente rígidas, en especial
las de los procesos de licitaciones públicas y de la regularización de aquellas
ofertas llamadas “no conformes”4, situación que ha llevado a la comuna en di-
1 Doctor en Derecho de la Universidad Panthéon-Assas, Paris II, Paris, Francia. Docente
investigador y director del Grupo de Investigación del Departamento de Derecho Admi-
nistrativo de la Universidad Externado de Colombia, Bogotá, Colombia. Correo-e: anibal.
zarate@uexternado.edu.co Para citar el artículo: Zárate, A. y Covilla, J. C. (2016). Actua-
lidad Extranjera. Revista digital de Derecho Administrativo n.º 15, primer semestre, Universidad
Externado de Colombia, pp. 11-17, DOI: http://dx.doi.org/10.18601/21452946.n15.03.
2 Abogado y magíster en Derecho Administrativo de la Universidad Externado de Colombia,
Bogotá, Colombia. Candidato a Doctor en Derecho y Ciencia Política de la Universidad
de Barcelona, Barcelona, España. Docente e investigador del Departamento de Derecho
Administrativo de la Universidad Externado de Colombia, Bogotá, Colombia. Correo-e:
juan.covilla@uexternado.edu.co
3 Mediante solicitud radicada el 8 de septiembre de 2015, con el número 15/0076A, y carta
de 15 de octubre de 2015.
4 En derecho francés, las ofertas no conformes corresponden a aquellas irregulares, inacep-
tables e inapropiadas: “Les offres dites ‘non conformes’ correspondent, en droit, au x offres irrégulières,
inacceptables et inappropriées” (AFC, Avis n.º 16-A-05, punto 27). La Directiva n.º 2004/18/CE
de 31 de marzo de 2004, relativa a la coordinación de procesos de selección para la ce-
lebración de contratos de obra, suministros y servicios, aplicable hasta abril de este año,
se refiere a las nociones de ofertas irregulares y ofertas inaceptables pero no las define.
En el derecho francés, el artículo 35 del Código de la Contratos Públicos (Code des marchés
publics) define la oferta no conforme como aquella que puede ser: 1. Una oferta irregular,
esto es, aquella que “a pesar de aportar una respuesta al poder adjudicador, está incompleta
o no respeta las exigencias formuladas en los pliegos de condiciones o en los documentos
del proceso”; 2. Una oferta inaceptable, la cual se presenta si las condiciones que están
previstas para su ejecución desconocen la legislación vigente o si los créditos presupues-
tales asignados al contrato luego de la evaluación de la necesidad que se busca satisfacer
no permiten al poder adjudicador financiarla; o bien, 3. Una oferta inapropiada, la cual

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