Actualidad Extranjera - Núm. 14, Julio 2015 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 736895633

Actualidad Extranjera

AutorAníbal Zárate
Páginas15-23
REVI STA DIGITAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, N. º 14, S EGUNDO SE MES TRE /20 15, PP. 15-23
Actualidad extranjera
ANÍB AL Z ÁR ATE1
Entre los meses de abril y junio de 2015 la Autoridad de competencia francesa
(Autorité de la Concurrence, AFC) realizó una consulta al público2 sobre el
funcionamiento de la competencia en el sector de los procesos de normaliza-
ción y de certificación3, tendiente a recoger las observaciones de los actores
interesados4.
1 Doctor en Derecho de la Universidad Panthéon-Assas, Paris II, París, Francia. Docente
investigador y director del Grupo de Investigación del Departamento de Derecho Admi-
nistrativo de la Universidad Externado de Colombia, Bogotá, Colombia. Correo-e: anibal.
zarate@uexternado.edu.co Para citar el artículo: Zárate, A. (2015). Actualidad extranjera.
Revista Digital de Derecho Administrativo n.º 14, Universidad Externado de Colombia, pp. 15-
23. DOI: http://dx.doi.org/10.18601/21452946.n14.03
2 Para esto, la autoridad francesa publicó un documento titulado “Las actividades de nor-
malización y de certificación pro o anticompetitivas?”, en el cual presenta un diagnóstico,
así como las primeras recomendaciones para conciliar los procesos de normalización y
de certificación con el buen funcionamiento de la competencia. Estas recomendaciones
son el resultado de una primera investigación sobre el sector abierta en enero de 2014.
La autoridad administrativa busca evaluar el funcionamiento de dichos procesos desde
que las actividades que recubren fueron reglamentadas por los decretos n.º 2008-1401 de
diciembre de 2008 y n.º 2009-67 de enero de 2009.
3 En su documento, la AFC indica que la proximidad de estas dos materias no debe ocultar la
diferencia en cuanto a los aspectos competitivos que comportan. Mientras que la normali-
zación es por naturaleza no competitiva, como lo son generalmente todas las actividades
de carácter legislativo o reglamentario que buscan fijar una regla común, la certificación
es una actividad competitiva, toda vez que consiste en solicitar a un experto la verificación
de un cierto nivel de calidad o si un conjunto de normas técnicas son respetadas. Este úl-
timo servicio puede ser realizado por múltiples empresas, las cuales no estarían llamadas
a actuar en situación de monopolio (Autortié de la Concurrence, 2015, point 2).
4 Inspirándose en instituciones originadas en el derecho federal estadounidense (notice and
comment rulemaking de la Ley de procedimiento administrativo de 1946), las consultas al pú-
blico francesas son un mecanismo de participación del público en general y, en especial,
de ciertas industrias y actores regulados, que implica, de una parte, la publicación de los
temas o del contenido previsto en un proyecto de acto administrativo de carácter gene-
ral y, de otra parte, la recepción y tratamiento de las observaciones que el público haga
sobre el mismo; sobre el derecho comercial como una “amalgama” de rulemaking público
y privado, v. BÄSEDOW (2008). Las consultas al público se aproximan en sus objetivos al
deber de información previsto desde 2011 en el artículo 8.8 del CPACA, disposición que
exige la publicación de los proyectos de regulación con el fin de recibir comentarios del
público. Se observa cómo el procedimiento francés en este caso tiene una duración más
amplía que aquella que en la práctica algunas veces establecen las autoridades colombia-
nas, como la Superintendencia de Industria y Comercio, de 5 días hábiles; término que no

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