Adopción homoparental en Colombia y principio de progresividad en materia de Derechos Humanos - Núm. 22, Enero 2019 - Revista Diálogos de Derecho y Política - Libros y Revistas - VLEX 777660941

Adopción homoparental en Colombia y principio de progresividad en materia de Derechos Humanos

AutorJorge David Vallejo Gómez
CargoAbogado, Especialista en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario
Páginas101-121
Adopción homoparental en Colombia y principio de
progresividad en materia de Derechos Humanos
Jorge David Vallejo Gómez1
Resumen
Colombia se suma a la lista de países que han dado vía libre a la adopción por parte de parejas del
mismo sexo con recientes sentencias de la Corte Constitucional. Sin embargo, algunos sectores
políticos y religiosos han emprendido diversas iniciativas para reformar la normatividad actual y
garantizar que a este procedimiento sólo puedan acceder parejas heterosexuales. ¿Puede a futuro
prohibirse a las parejas del mismo sexo que apliquen a la adopción? Este artículo busca responder a
esta pregunta, luego de exponer primero, como ha sido el proceso jurisprudencial, para llegar a la
adopción homoparental en Colombia. Con apoyo en la normatividad y en la doctrina en Derecho
Internacional de los Derechos Humanos, se plantea que, es importante hacer la reflexión sobre un
retroceso en esta posibilidad que hoy se presenta. De igual forma, con el artículo, se pretende
contribuir al debate, frente a este nuevo tipo de adopción, que beneficia no solo a los niños, niñas y
adolescentes en condición de orfandad, sino que también representa un avance en materia de igualdad
para las familias diversas.
Palabras clave: adopción homoparental; derechos humanos; igualdad; interés superior del niño;
progresividad.
1 Abogado, Especialista en Derechos Humano s y Derecho Internacional Humanitario. Correo electrónico:
jorgedavidvallejo123@gmail.com
Artículo presentado para optar por el título de Especialista en Derechos Humanos y Derecho Internacional
Humanitario en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia.
Citación de este artículo: Vallejo Gómez, J. D. (2019). Adopción homoparental en Colombia y principio
de progresividad en materia de Derechos Humanos. Diálogos de Derecho y Política (22), pp. 101-121.
Recuperado de: http://aprendeenlinea.udea.edu.co/revistas/index.php/derypol/article/view/338188
Diálogos de Derecho y Política \\ Número 22 \\ Año 9 \\ ISSN 2145-2784 \\ enero abril de 2019. Pág. 102
www.udea.edu.co/revistadialogos
Adopción homoparental en Colombia y principio de progresividad
en materia de Derechos Humanos
Introducción
Sin muchas expectativas, el Profesor, Sergio Estrada Vélez y un grupo de 12 estudiantes,
integrantes de la Clínica Jurídica de la Universidad de Medellín, presentaron una demanda
de inconstitucionalidad contra algunos artículos sobre adopción, del Código de Infancia y
Adolescencia, argumentando una omisión legislativa, en la medida en que el legislador no
contempló la posibilidad de que parejas conformadas por personas del mismo sexo pudieran
adoptar. Además, en entrevista al Profesor Estrada, dijo que: “históricamente el debate se
había concentrado en la reivindicación de los derechos de los homosexuales y no se había
puesto el radar sobre la situación de los niños huérfanos” (Revista Semana, 2015).
La Sala Plena de la Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-683 del 2015, declaró la
exequibilidad condicionada de los artículos demandados: el 64, 66 y 68 del Código de la
1990; bajo el entendido que, en virtud del interés superior del menor, dentro de su ámbito de
aplicación están comprendidas las parejas del mismo sexo que conforman una familia.
Gracias a este tipo de iniciativas desde la academia y al activismo judicial y de organizaciones
y personas líderes LGBTI (Lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales), se ha
dado en Colombia y en el mundo, un proceso de reconocimiento y protección de derechos de
las personas con orientación sexual e identidad de género no hegemónicas, “es decir al
conjunto de personas que no caben dentro de la categoría binaria heterosexista” (Ríos,
Correa, Chaparro, Bolívar y Carvajal 2013, p. 16). Sin embargo, el reconocimiento jurídico
de estos derechos, “no implica que haya plena convicción de que son sujetos de idénticos
derechos a los de las personas heterosexuales; o que se cuestionen los fundamentos del
paradigma heterosexista que legitima la desigualdad de las sexualidades y de género”
(Cornejo, 2012, p. 104). De hecho, a pesar de los avances, continua la criminalización en
algunos países y el rechazo por el creciente reconocimiento de derechos para las personas
sexualmente diversas; muestra de esto, es que “existen en el mundo 77 países, donde las
relaciones entre personas del mismo sexo son consideradas delito” (Veiga, 2017).
Al respecto, se señala como una de las causas de que esto todavía suceda, al hecho de que
“existen relaciones complejas establecidas entre una estructura psíquica de tipo autoritario y
una organización social que coloca a la heterosexualidad monogámica como único ideal
sexual y afectivo” (Cornejo, 2012, p. 99). Desvalorando otras concepciones diversas de
familia.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR